• 2/3/2026
ALERTA

¿ARCA te cambia de categoría en el Monotributo por Mercado Pago? La aclaración oficial

El Gobierno explicó qué tipo de movimientos en billeteras virtuales pueden derivar en una recategorización de oficio. Cuáles son los plazos para apelar
Por P.L.
02/03/2026 - 17:00hs
¿ARCA te cambia de categoría en el Monotributo por Mercado Pago? La aclaración oficial

La reciente actividad de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en alerta a miles de pequeños contribuyentes en todo el país. Tras el cierre del período de recategorización del monotributo en enero, el organismo comenzó a enviar notificaciones de cambios de escala "de oficio" a aquellos usuarios cuyos movimientos bancarios y digitales no coincidían con lo declarado. Esta situación generó una ola de dudas y versiones cruzadas en redes sociales sobre qué es lo que realmente observa el fisco al momento de auditar las billeteras virtuales.

Ante la incertidumbre, el Gobierno nacional, a través de sus canales oficiales de respuesta, salió a precisar los criterios que aplica el organismo para decidir un salto de categoría. La aclaración busca llevar tranquilidad a quienes utilizan estas herramientas para fines personales, separando de manera tajante los movimientos de dinero por afectos o transferencias propias de aquellos que representan una actividad comercial no registrada bajo el régimen simplificado.

Qué mira ARCA y qué operaciones quedan afuera de los controles

Desde el organismo recaudador fueron categóricos: el análisis de los sistemas de fiscalización se centra exclusivamente en las operaciones comerciales. Esto incluye los cobros realizados a través de tarjetas de crédito, débito o pagos mediante código QR. El objetivo de ARCA es detectar inconsistencias reales entre los ingresos bancarizados por ventas o servicios y lo que el contribuyente efectivamente factura mes a mes. Si el volumen de cobros digitales excede sistemáticamente el tope de la categoría declarada, el sistema dispara la recategorización automática.

Por el contrario, el fisco aclaró que no se utilizan las transferencias personales para este fin. Movimientos habituales como el envío de dinero entre familiares, regalos, propinas, préstamos personales debidamente documentados o transferencias entre cuentas del mismo titular (propias) no forman parte del esquema de fiscalización que deriva en una recategorización. Según la normativa vigente, ARCA no recibe datos de transferencias de usuarios por montos inferiores a los 50 millones de pesos mensuales, lo que deja a la gran mayoría de los movimientos cotidianos fuera de este radar impositivo.

Plazos y cómo actuar ante una notificación de cambio de categoría

En caso de recibir una notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico informando una recategorización de oficio, el contribuyente no debe desesperar, pero sí actuar con celeridad. El organismo otorga un plazo de 15 días hábiles administrativos para presentar un recurso de apelación. Durante este periodo, el usuario tiene la posibilidad de justificar el origen de los fondos que el sistema consideró como "ingresos no declarados".

Para frenar el cambio de escala, es fundamental contar con documentación respaldatoria que demuestre que el dinero en cuestión no proviene de una venta. Comprobantes de préstamos, escrituras por venta de bienes registrables (como un auto o propiedad), o simplemente la acreditación de que se trata de transferencias familiares, son elementos clave para el descargo. Mientras el recurso esté en trámite, la recategorización no queda firme, permitiendo al monotributista mantener su condición anterior hasta que se resuelva la presentación digital.

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