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El impacto de la reforma laboral: beneficios que prometen reactivar las operaciones inmobiliarias

La medida tiene efecto retroactivo al 1 de Enero, lo que significa que los contribuyentes podrían beneficiarse en operaciones realizadas desde esa fecha
Por Vanina Babajano – Abogada, especialista en Planificación Patrimonial
LEGALES - 10 de Marzo, 2026

La reciente Ley de Modernización Laboral N°27.802 ya publicada en el Boletín Oficial, no solo introdujo cambios en su sector sino que, entre sus disposiciones, el artículo 192 incorpora modificaciones impositivas que afectan directamente al mercado inmobiliario argentino.

Hasta ahora, quienes vendían un inmueble adquirido a partir del año 2018 debían pagar el denominado "Impuesto Cedular", que gravaba con una alícuota del 15% la ganancia obtenida en la operación. Es decir, si una persona compraba una propiedad por 100.000 dólares y luego la vendía por 200.000, debía tributar 15.000 dólares sobre esa diferencia.

Con la nueva normativa, ese impuesto queda exento para las personas humanas que no realizan actividad inmobiliaria habitual. En otras palabras, quien vende una propiedad de manera ocasional ya no deberá pagar ese tributo sobre la ganancia obtenida.

La reforma también introduce un cambio relevante para quienes alquilan propiedades destinadas a vivienda. Hasta ahora, los ingresos obtenidos por alquiler estaban alcanzados por el Impuesto a las Ganancias. Con la nueva ley, esos ingresos quedan exentos, lo que aumenta la rentabilidad para los propietarios.

Por lo tanto, quedarán exentos del Impuesto a las Ganancias tanto quienes vendan un inmueble en una operación ocasional como quienes perciban ingresos por alquileres destinados a vivienda, siempre que se trate de personas humanas.

Además, la medida tiene efecto retroactivo al 1 de enero de 2026, lo que significa que los contribuyentes podrían verse beneficiados incluso respecto de operaciones realizadas desde esa fecha.

Sin embargo, hay dos cuestiones importantes que los ciudadanos deben tener en cuenta. La primera es que no se trata de una eliminación definitiva del impuesto, sino de una exención legal. Esto significa que, en el futuro, otro gobierno podría modificar la norma y restablecer la obligación tributaria. La segunda es el concepto de habitualidad. Quienes compran y venden propiedades de forma frecuente (por ejemplo, desarrolladores, inversores profesionales o sociedades) continúan alcanzados por el régimen general del Impuesto a las Ganancias.

Más allá del impacto fiscal inmediato, estas medidas pueden generar un efecto más amplio: reactivar operaciones inmobiliarias que estaban frenadas por la carga tributaria o la incertidumbre normativa.

Para quienes están pensando en vender, comprar o invertir en una propiedad, este nuevo escenario abre una oportunidad que merece ser analizada con detenimiento. Porque detrás de cada operación inmobiliaria no solo hay números: también hay decisiones patrimoniales que pueden tener consecuencias legales y fiscales a largo plazo.

La pregunta que surge entonces es inevitable: si el contexto impositivo cambia, ¿no sería un buen momento para revisar cómo estás planificando tu patrimonio y tus inversiones inmobiliarias?

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