Fallo a favor de los trabajadores de Fate entusiasma a la CGT en su pelea contra la reforma laboral
La decisión de la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro de revocar -por unanimidad- la orden de desalojo de los trabajadores de la fábrica de Fate , no solo es un fallo que representa un fuerte revés judicial para la compañía, sino que abre las expectativas del movimiento obrero organizado en su lucha contra la recientemente aprobada Ley de reforma Laboral.
La medida deja sin efecto lo dispuesto el 18 de febrero por el Juzgado de Garantías N°4 de San Isidro, luego de que el secretario general del Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino, Alejandro Crespo, apelara la decisión judicial al sostener que el conflicto debía encuadrarse en el ámbito laboral y no en el penal.
La Justicia reconoce el derecho constitucional a huelga en Fate
Los camaristas señalaron que la situación en la empresa de neumáticos se enmarca en un conflicto laboral vinculado a la defensa de los puestos de trabajo y destacaron que la huelga constituye una herramienta legítima reconocida por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, este es el punto donde la conducción de la Confederación General del Trabajo (CGT) pone el acento en su propia presentación judicial realizada hace días contra la reforma laboral.
Volviendo al caso Fate, según la medida oficial, el personal decidió ingresar a la planta como una medida de acción directa frente a la pérdida de empleo que podría afectar a entre 900 y 1.000 puestos directos.
Los magistrados también indicaron que ordenar el desalojo mientras está en vigencia la conciliación obligatoria y consideraron que resultaría una "decisión prematura" expulsar a los trabajadores del predio, generando un "gravamen irreparable" sobre un derecho constitucional, en referencia al derecho al trabajo y a la organización sindical.
La CGT celebra el fallo y acelera su batalla judicial
La CGT aprovechó la difusión del fallo para celebrarlo a través de las redes sociales, subrayando que la resolución de la Cámara reconoce el carácter laboral del conflicto y respaldó las acciones de los trabajadores en defensa de sus puestos. En tanto continúan los reclamos laborales y salariales, el SUTNA considera que la resolución judicial apoya su posición en el conflicto.
Una vez que entró en vigencia la Ley de Modernización Laboral, la conducción de la central obrera presentó un recurso de amparo ante la Justicia laboral para frenar su implementación y exigir que la norma sea declarada inconstitucional. Entre sus argumentos sostuvo que varios artículos de la ley vulneran derechos laborales garantizados por la Constitución y tratados internacionales.
El recurso de amparo fue radicado ante la Cámara Contencioso Administrativo Federal y, tras el sorteo de rigor, quedó asignado al Juzgado N°7, bajo la titularidad del magistrado Enrique Lavie Pico quien, a principios de 2024, desarticuló el capítulo laboral incluido en la Ley Bases impulsada por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger.
Los argumentos centrales del amparo cegetista
El escrito judicial, rubricado por el consejo directivo cegetista encabezado por el triunvirato integrado Jorge Sola (Seguros), Cristian Jerónimo (empleados del Vidrio) y Octavio Arguello (Camioneros) asegura que la reforma vulnera principios fundamentales de la Constitución Nacional (violación del artículo 14 bis), además de convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el Pacto de San José de Costa Rica.
Además, sostiene que la nueva ley viola el Principio de Progresividad, asegurando que supone un retroceso injustificado en derechos ya adquiridos. También plantea:
- Quiebre del Principio Protectorio: Sostienen que la norma ignora la desigualdad estructural entre empleador y trabajador
- Afectación de la jornada y el salario: Denuncian que la reforma habilita jornadas de hasta 12 horas, elimina el pago de horas extras y reduce de forma indirecta el salario real
- Desfinanciamiento de la Seguridad Social: Se cuestiona la eliminación de sanciones para empleadores que no realicen aportes y la implementación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) para pagar indemnizaciones en cuotas
Previendo un problema procesal, evitaron una presentación en el fuero laboral ya que había muchas chances de que todos los jueces se excusaran de intervenir, bajo la lógica de que tienen un interés evidente en una causa que cuestiona una ley que determina la desaparición del propio fuero.