• 25/3/2026
ALERTA

PAMI deberá restablecer cobertura total de medicamentos tras fallo que elimina restricciones para jubilados

La justicia dispuso que todos los afiliados de la obra social accedan sin restricciones económicas a sus tratamientos y remedios en todo el país
Por S.A.
25/03/2026 - 13:16hs
pami

El PAMI deberá volver a garantizar la cobertura del 100% en medicamentos para jubilados y pensionados en todo el país, tras una resolución judicial que dejó sin efecto las restricciones económicas y patrimoniales aplicadas en los últimos meses.

La medida surge a partir de una acción de amparo presentada en la provincia de Tucumán por el diputado Carlos Cisneros junto a la asociación civil REDECU, quienes reclamaron la restitución del acceso gratuito a los medicamentos frente a los cambios implementados por el organismo.

Qué implica la decisión judicial

El fallo ordena al PAMI retrotraer el esquema vigente y garantizar nuevamente el acceso pleno a medicamentos sin costo, eliminando los requisitos vinculados a ingresos, patrimonio y trámites adicionales.

En la práctica, esto significa que:

  • Los afiliados vuelven a tener cobertura total sin necesidad de demostrar su situación económica
  • Se simplifica el acceso, evitando gestiones burocráticas que antes podían demorar o impedir la entrega de medicamentos
  • Se amplía el vademécum, es decir, la lista de remedios incluidos dentro de la cobertura gratuita

La resolución también obliga al organismo a aplicar la medida de forma inmediata en todas sus delegaciones.

Los argumentos clave del fallo

La decisión judicial se apoya en una serie de fundamentos vinculados al derecho a la salud y a la protección de los adultos mayores.

En primer lugar, el tribunal consideró que las restricciones impuestas por el PAMI resultaban irrazonables y desproporcionadas, ya que limitaban el acceso a medicamentos esenciales para un sector particularmente vulnerable como jubilados y pensionados.

Además, se señaló que el organismo no podía introducir cambios que implicaran un retroceso en derechos ya reconocidos, como el acceso gratuito a tratamientos médicos. En ese sentido, el fallo remarca el principio de progresividad en materia de derechos sociales, que impide adoptar medidas regresivas sin una justificación suficiente.

Otro de los puntos centrales fue la afectación directa al derecho a la salud, considerado un derecho fundamental. La Justicia entendió que condicionar la entrega de medicamentos a requisitos patrimoniales o trámites complejos podía poner en riesgo la continuidad de tratamientos y, en consecuencia, la integridad física de los afiliados.

También se cuestionó el carácter burocrático y restrictivo del nuevo sistema, que obligaba a los beneficiarios a acreditar su situación económica mediante documentación adicional, generando demoras e incluso exclusiones arbitrarias.

Por último, el fallo destacó que el PAMI, como organismo público, tiene la obligación de garantizar prestaciones médicas de manera efectiva, oportuna y sin discriminación, especialmente tratándose de personas mayores.

El conflicto judicial

El proceso se desarrolló en distintas instancias. En un primer momento, el Juzgado Federal N° 2 de Mendoza ordenó restablecer la cobertura total. Sin embargo, ante demoras en su aplicación, el caso avanzó en la Justicia Federal de Tucumán, donde incluso se evaluó una posible desobediencia judicial por parte de las autoridades del PAMI.

En ese contexto, el organismo presentó un acuerdo de "reparación integral", mediante el cual se comprometió a cumplir con la restitución del beneficio y evitar sanciones penales.

Para garantizar que la decisión se cumpla, la Dirección Ejecutiva del organismo distribuyó un memorándum interno a todas las Unidades de Gestión Local con la orden de aplicar de forma urgente las nuevas disposiciones en cada jurisdicción. El objetivo es claro: impedir nuevas dilaciones y asegurar que los afiliados accedan sin obstáculos a los medicamentos que necesitan.

Por qué se habían restringido los medicamentos

El conflicto se originó cuando el PAMI modificó el sistema de acceso a medicamentos gratuitos, incorporando requisitos económicos y patrimoniales. Entre otras condiciones, se exigía:

  • No superar cierto nivel de ingresos
  • No poseer más de una propiedad o bienes considerados de alto valor
  • Presentar documentación adicional para acreditar la situación socioeconómica

Estas medidas dejaron afuera a un grupo significativo de jubilados y pensionados, lo que generó reclamos de organizaciones sociales y dirigentes políticos.

Quiénes podrían quedar excluidos

Si bien la resolución judicial elimina las restricciones vigentes hasta ahora, el esquema previo que había sido implementado por el PAMI contemplaba exclusiones para:

Por ingresos:

  • Personas con ingresos superiores a 1,5 haberes mínimos
  • Hasta 3 haberes mínimos en casos de convivir con personas con discapacidad

Por patrimonio:

  • Titulares de más de un inmueble
  • Propietarios de vehículos con menos de 10 años
  • Personas con bienes de lujo, como embarcaciones o aeronaves

Por cobertura de salud:

  • Afiliados con medicina prepaga o doble cobertura

Con la nueva resolución, estos criterios dejan de aplicarse, aunque el cumplimiento efectivo de la medida continuará bajo monitoreo judicial.

Impacto en los jubilados

La decisión representa un cambio relevante en el acceso a la salud para los afiliados al PAMI, especialmente para quienes habían quedado excluidos del sistema en los últimos meses.

Además de restablecer la gratuidad, el fallo refuerza el principio de acceso universal a medicamentos dentro del sistema público para adultos mayores y marca un límite a la posibilidad de introducir restricciones que afecten derechos adquiridos en materia de salud.

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