FALLO EN RÍO NEGRO

Ruidos molestos y convivencia: sus gatos molestaban todas las noches y los condenaron a indemnizar a su vecino

La resolución judicial en Río Negro instaló límites claros sobre la convivencia urbana y cómo resolver conflictos vecinales persistentes
Por S.A.
LEGALES - 31 de Marzo, 2026

Un tribunal de Río Negro condenó a una pareja a pagar $900.000 por daño moral a su vecino. La razón: los ruidos molestos que provocaban sus gatos durante la noche.

El Juzgado de Paz de la Segunda Circunscripción de Ingeniero Huergo dictó sentencia en una causa que se extendió por varios meses. Los magistrados determinaron que las molestias superaron los límites razonables de convivencia entre vecinos.

Además de la indemnización económica, la resolución judicial obligó a los demandados a prevenir y hacer cesar las molestias vecinales. Las costas del proceso también quedaron a su cargo.

Qué pasó entre estos vecinos que terminaron en los tribunales

El conflicto arrancó en julio de 2024, cuando el afectado promovió una acción de menor cuantía contra los dueños de los animales. Su propiedad lindaba con la de los demandados.

Según el expediente, las molestias comenzaron en 2023. Los gatos ingresaban al terreno del demandante, caminaban por los techos, peleaban entre sí y dejaban restos orgánicos en distintos sectores de la propiedad.

El actor sostuvo que la situación afectaba su descanso y su salud. También impactó en un departamento que tenía destinado a alquiler.

De hecho, hubo rescisiones de contratos de locación. Con otro inquilino tuvo que renegociar el canon de alquiler debido a las molestias constantes.

El demandante había realizado denuncias ante la Justicia de Faltas local. En esa instancia se dictaron resoluciones ordenando adecuar la conducta a la normativa vigente.

Los propietarios de los gatos rechazaron los hechos. Negaron que sus animales fueran responsables de las molestias y afirmaron cumplir con las normas de tenencia responsable.

También cuestionaron la atribución de responsabilidad. Señalaron que en la zona había superpoblación animal, lo que dificultaba determinar la procedencia exacta de los gatos.

Qué pruebas presentaron y cómo las evaluó la Justicia

Durante el proceso judicial se produjo prueba documental y testimonial. También se incorporaron antecedentes administrativos relevantes.

Entre los elementos considerados constan actuaciones en sede de faltas. Allí se había sancionado a una de las demandadas por infracciones a una ordenanza local vinculada a la tenencia de animales.

El tribunal valoró especialmente el testimonio de un ex inquilino del actor. Este testigo refirió que durante su estadía en el inmueble —entre 2023 y 2024— sufría ruidos nocturnos diarios.

Los maullidos y peleas de gatos en el techo le impedían descansar, lo que motivó su decisión de mudarse antes de finalizar el contrato.

También se analizó la ubicación de los inmuebles y las características de las construcciones. Según la sentencia, la configuración física facilitaba el tránsito de animales entre ambas propiedades.

La jueza encuadró el caso en el artículo 1973 del Código Civil y Comercial de la Nación. Esta norma regula las inmisiones entre vecinos.

El punto clave del análisis fue determinar si las molestias denunciadas excedían la normal tolerancia conforme a las condiciones del lugar.

Cuándo los ruidos superan la tolerancia razonable entre vecinos

El fallo concluyó que los ruidos acreditados superaron los límites razonables de convivencia. La decisión se basó en criterios específicos.

Se consideró la frecuencia diaria de las molestias. Los ruidos no eran esporádicos sino constantes y sistemáticos.

También pesó el horario nocturno. Las molestias se producían durante el período de descanso, afectando el sueño del vecino.

La prolongación en el tiempo fue otro factor determinante. Las molestias se extendieron por más de un año sin que se tomaran medidas efectivas para solucionarlas, lo que configuró una intromisión que afectó el descanso y la vida cotidiana del demandante.

El tribunal tuvo en cuenta el incumplimiento previo de disposiciones dictadas en sede administrativa. Los demandados no habían acatado las resoluciones de la Justicia de Faltas.

La sentencia también consideró el impacto económico. La imposibilidad de mantener inquilinos estables representó un perjuicio patrimonial concreto para el actor.

En ese marco, se consideró configurada una intromisión que afectó tanto el uso de la propiedad como la salud y el bienestar del vecino afectado.

Qué estableció la condena y qué sigue ahora

El Juzgado de Paz resolvió hacer lugar a la demanda de manera parcial. La condena incluye varios aspectos.

Los demandados deben abonar $900.000 en concepto de daño moral. Este monto busca reparar el perjuicio causado al descanso y la calidad de vida del vecino.

También se les impuso la obligación de prevenir y hacer cesar las molestias vecinales. Esto implica tomar medidas concretas para evitar que los gatos sigan generando ruidos e inmisiones.

Las costas del proceso quedaron a cargo de la parte demandada. Esto incluye los honorarios profesionales y gastos del juicio.

La resolución se inscribe en el marco de los conflictos por convivencia urbana. Aplica normas sobre inmisiones que contemplan tanto el cese de molestias como la reparación de daños.

El pronunciamiento considera antecedentes administrativos y fija criterios vinculados a la frecuencia, intensidad y horario de los ruidos. Estos parámetros sirven para evaluar cuándo se supera el umbral de tolerancia entre vecinos.

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