INVESTIGACIÓN

Cómo es el presunto fraude de las "falsas franquicias" por el que acusan a supermerados DIA en Argentina

El expediente judicial expuso una operatoria que involucraría documentación falsa y contratos supuestamente irregulares para reducir gastos laborales
Por Vanina Save
LEGALES - 30 de Abril, 2026

La Justicia determinó esta semana que la cadena de supermercados DIA Argentina S.A. habría montado una estructura de "simulacro" para ocultar relaciones laborales de dependencia bajo el ropaje de contratos de franquicia, concesión o consignación y así evadir al fisco. Estableció además que utilizó para ese fin incluso a jubilados que no tenían perfil empresarial pero sí propiedades y familiares que podían trabajar.

Así surge del procesamiento dictado contra la empresa -al que accedió este medio- en el cual se señala que el objetivo sería "atomizar su nómina salarial, minimizar costos laborales y eludir el pago de aportes y contribuciones a la seguridad social".

A la famosa cadena de retail se la acusa de presunta evasión previsional simple (por períodos no abonados en 2016 y 2017 superiores a los $7.000.000) y evasión previsional agravada por interpósita persona (por períodos no pagados entre 2015 y 2018 superiores a los $14.000.000). Sus bienes resultaron embargados en $800 millones.

Tras una investigación que estuvo delegada en el fiscal Pablo Turano, el juez en lo Penal Económico Pablo Yadarola entendió que DIA Argentina S.A. "habría desplegado una maniobra ardidosa, consistente en la simulación sistemática de vínculos comerciales para encubrir verdaderas relaciones de dependencia laboral".

Así, señala que los supuestos "franquiciados", "concesionarios" o "consignatarios" eran, en rigor de verdad, empleados subordinados a la firma, valiéndose la misma de la figura del contrato de franquicia "como una pantalla jurídica idónea para ocultar su calidad de empleador real y, de esta forma, evadir fraudulentamente el pago de las obligaciones de la seguridad social a su cargo".

Cómo se hacía el presunto fraude al fisco

Este ardid operó en una doble dimensión:

  • Le permitió a la firma omitir el ingreso de los aportes y contribuciones correspondientes a las personas físicas que eran declaradas falsamente como titulares de las franquicias
  • Operó como un mecanismo de interposición de personas, utilizando a estos falsos empresarios como un "escudo" para colocar en su cabeza a la totalidad del personal que prestaba servicios en los locales

Mediante esta fragmentación artificial de la nómina salarial, DIA Argentina S.A. ocultó "su verdadera envergadura como empleador" frente a ARCA, que ya lo había empezado a investigar en 2015 por denuncia de uno de estos damnificados, según surge del procesamiento dictado.

Para los investigadores, la idoneidad del engaño se perfeccionó, además, mediante la obtención de un beneficio fiscal indebido derivado directamente de la maniobra de interposición, ya que la compañía fragmentó a sus dependientes bajo la C.U.I.T. de múltiples sujetos insolventes. Como consecuencia directa de este accionar, se produjo un perjuicio patrimonial efectivo a las arcas del Estado.

Las pruebas más relevantes del expediente surgieron tras un allanamiento en el que se secuestró el listado completo de tiendas, contratos celebrados entre 2014 y 2018 (bajo modalidades de franquicia, gerenciamiento y consignación) y una voluminosa cantidad de archivos informáticos y correos electrónicos corporativos.

De este material, se obtuvo acceso a las auditorías realizadas por una empresa externa sobre el personal de las tiendas, revelando que el supermercado mantenía el control operativo sobre la totalidad de ellos aunque estaban formalmente registrados por terceros.

"El control era tan estricto que el sector de Recursos Humanos de DIA Argentina S.A. evaluaba y rechazaba a los empleados de confianza de los franquiciados, así como también que otorgaba permanentemente anticipos de dinero a los titulares de las tiendas para que pudieran hacer frente a los gastos corrientes de los locales, dejando en evidencia su total insolvencia y dependencia económica", señaló el fiscal.

Posteriormente, se realizó un exhaustivo cruzamiento de datos a raíz del cual se detectó que, sobre un universo de 1.072 supuestos franquiciados, existía una práctica sistemática de rotación donde diversos sujetos se hacían cargo de una misma tienda o un mismo sujeto era titular de múltiples tiendas de forma indistinta, según el arbitrio de la compañía.

Asimismo, el análisis de las nóminas de empleados permitió comprobar que 2.267 trabajadores prestaron servicios para más de un franquiciado, lo que demostró que la dependencia técnica y jurídica era directa con DIA Argentina S.A., siendo los franquiciados meros "empleados de mayor jerarquía" o jefes de sucursal.

"El trabajo de fiscalización, basado en la documentación secuestrada y en decenas de declaraciones testimoniales, expuso que los candidatos a franquiciados carecían de perfil empresario y solvencia económica, siendo reclutados incluso entre jubilados o personas sin experiencia previa", destacó Turano en su dictamen.

Agregó que "la inversión inicial era ínfima o nula -limitándose en muchos casos a la firma de un pagaré en blanco- y que la firma ejercía facultades exclusivas de selección de personal, fijación de horarios, recaudación de caudales y decisión sobre el cierre de locales".

Tiendas que no se podían elegir y sólo un 5% de comisión

De las declaraciones testimoniales tomadas en la causa, el fiscal enumeró las siguientes conclusiones:

  • Los "franquiciados" no elegían la tienda, sino que les era impuesta
  • Los trámites de locación y habilitación comercial los realizaba exclusivamente DIA Argentina S.A.
  • Los tickets y controladores fiscales operaban a nombre del supermercado
  • La empresa determinaba la cantidad de empleados a contratar
  • Todo el dinero en efectivo era retirado por empresas de caudales contratadas por DIA, recibiendo ellos solo un 5% de comisión (sujeto a descuentos por diferencias de inventario)
  • Ante conflictos o demandas laborales de los empleados, era DIA quien negociaba y arribaba a acuerdos directos, actuando como el verdadero empleador

Además, el fiscal destaca un correo electrónico donde el área de expansión de DIA proponía utilizar contactos con directores del PAMI para reclutar jubilados como "socios estratégicos".

Sobre este punto, Turano subrayó que el interés de la empresa no radicaba en el capital o la experiencia comercial de los jubilados (que era nula), sino en que poseían "garantía propietaria" y familiares para trabajar.

Por su parte, se incorporó el análisis de once sentencias definitivas del fuero laboral que ya habían declarado la nulidad de estos contratos por simulación y fraude (artículos 14 y 29 de la Ley de Contrato de Trabajo), reconociendo a DIA Argentina S.A. como empleadora directa.

Los abogados de los damnificados, por su parte, entendieron que "la empresa se benefició ilegalmente al aplicar una alícuota de contribuciones patronales reducida (17%), cuando por su envergadura le correspondía tributar el 21%".

El descargo de DÍA

En su descargo, DIA argumentó que la compañía utiliza "un esquema de comercialización lícito, habitual y amparado por el principio de libertad de formas y el Código Civil y Comercial de la Nación" y que los franquiciados "operan de manera independiente, asumen el riesgo económico de su propia actividad comercial y son quienes seleccionan, contratan, organizan y remuneran a su propio personal dependiente".

Los representantes de la cadena de retail también sostuvieron que los controles sobre las tiendas "no implicaban una subordinación jurídica, técnica o económica que denote una relación de dependencia" sino que tenían una finalidad preventiva para resguardar la imagen de la marca, pero el juez descartó esos argumentos.

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