REGLAS NUEVAS

Sueldo, indemnización y período de prueba de una empleada doméstica: qué cambia con la reforma laboral

Nuevas condiciones para el empleo en el hogar: cómo se redefine la relación laboral, el proceso de alta y la gestión de liquidaciones
Por A.L.
LEGALES - 09 de Mayo, 2026

La reforma laboral volvió a la cancha. Un fallo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 dejó sin efecto la cautelar que había frenado la Ley de Modernización Laboral N°27.802. Más de 80 artículos quedaron reactivados y sus efectos ya se sienten en uno de los sectores más sensibles: el régimen de empleadas domésticas.

Las trabajadoras de casas particulares tiene un esquema propio, distinto al del resto. Sin embargo, varios cambios introducidos por la norma impactan directamente en cómo se contrata, se liquida y se despide en este rubro.

Los empleadores que tienen personal en su casa enfrentan ahora reglas nuevas. Las trabajadoras, por su parte, ven modificadas condiciones básicas de su estabilidad laboral.

La reactivación judicial pone en marcha modificaciones que afectan desde el primer día de trabajo hasta el momento de una eventual desvinculación, pasando por la forma en que se documentan los pagos mes a mes.

Período de prueba: de un mes a seis meses para una empleada doméstica

El cambio más significativo afecta a quienes contratan personal por primera vez o reemplazan a una empleada. Hasta ahora, el período de prueba en casas particulares tenía plazos cortos y diferenciados según el tipo de contratación.

Las reglas anteriores establecían:

  • 30 días corridos para personal sin retiro (que duerme en la casa)
  • 15 días de trabajo efectivo para personal con retiro, dentro de un plazo máximo de tres meses

Con la reforma laboral vigente, ese esquema desaparece. El período de prueba se extiende ahora a seis meses calendario, sin importar si la trabajadora duerme en el domicilio o no.

Durante esos seis meses, el empleador debe cumplir con todas las obligaciones formales. Eso significa registrar a la trabajadora en ARCA (ex AFIP), pagar los aportes correspondientes y respetar el salario mínimo del régimen.

Pero al mismo tiempo, podrá finalizar la relación laboral en cualquier momento sin pagar indemnización ni dar preaviso. La trabajadora, en ese escenario, solo cobra lo proporcional de salarios y aguinaldo hasta su último día efectivo.

Para las empleadas domésticas, esto representa una ventana más larga de inestabilidad. Seis meses sin garantías de continuidad laboral antes de quedar completamente efectivizadas.

Qué cambia para quienes trabajan pocas horas por semana

Otro punto que genera impacto es el de las jornadas reducidas. En el régimen de casas particulares, la forma de liquidar el salario varía según la cantidad de horas trabajadas.

El criterio vigente hasta ahora dividía:

  • Hasta 24 horas semanales: pago por hora
  • Más de 24 horas semanales: pago proporcional mensual

La nueva normativa laboral introduce mayor flexibilidad en los contratos de jornada parcial y elimina algunas referencias previas sobre límites horarios que se usaban como criterio complementario para interpretar casos intermedios.

Esto podría modificar la forma en que algunos empleadores calculan y liquidan jornadas que están en el límite de ese umbral de 24 horas. La flexibilización apunta a simplificar esquemas mixtos, pero también abre interrogantes sobre cómo aplicar los nuevos parámetros en situaciones reales.

Los especialistas en derecho laboral recomiendan revisar contratos existentes para asegurarse de que las liquidaciones se ajusten al nuevo marco.

Recibo de sueldo digital: obligatorio para empleadas domésticas

La documentación de los pagos también cambia. Hasta ahora, los empleadores de personal doméstico tenían dos opciones para cumplir con la entrega del recibo de sueldo.

Podían usar el formulario en papel tradicional o, si preferían, generar un recibo digital de manera optativa. Muchos seguían con el papel por costumbre o desconocimiento de las plataformas disponibles.

Con la nueva reglamentación, esa opción desaparece. El recibo deberá emitirse obligatoriamente en formato electrónico a través del sistema de ARCA.

El objetivo oficial es doble: formalizar aún más el registro de pagos y reducir conflictos posteriores por falta de documentación respaldatoria. En caso de un juicio laboral, contar con recibos digitales trazables puede facilitar la defensa del empleador.

La transición al formato digital implica que los empleadores deberán familiarizarse con la plataforma oficial. ARCA ya cuenta con manuales y tutoriales para facilitar el proceso, pero muchos usuarios aún desconocen su funcionamiento.

Ropa de trabajo: nueva opción de pago en efectivo

La legislación original del régimen de casas particulares obligaba al empleador a entregar ropa y herramientas necesarias para realizar las tareas domésticas. Eso incluía uniformes, calzado adecuado, y elementos de limpieza cuando correspondiera.

Con la reforma laboral, se habilita una alternativa. El empleador puede optar por pagar una suma no remunerativa en reemplazo de esos elementos físicos.

Esa suma no integra la base salarial ni genera aportes. Se abona como un concepto separado, una vez finalizado el período de prueba de seis meses.

La medida busca dar mayor flexibilidad a los empleadores que prefieren que la trabajadora elija su propia ropa de trabajo, en lugar de proveerla directamente. También simplifica la logística para quienes tienen empleadas con horarios reducidos o rotativos.

Sin embargo, el monto de esa suma no remunerativa no está fijado por ley. Deberá acordarse entre las partes o ajustarse a lo que indiquen las futuras reglamentaciones sectoriales.

Indemnizaciones por despido: qué conceptos quedan afuera del cálculo

El último cambio relevante afecta al momento más conflictivo de la relación laboral: el despido sin causa. La reforma modifica algunos criterios para calcular la indemnización que debe recibir la trabajadora.

La base sigue siendo el mejor salario mensual, normal y habitual. Pero ahora quedan expresamente excluidos del cálculo algunos conceptos que antes generaban discusiones judiciales:

  • Aguinaldo
  • Vacaciones no gozadas
  • Horas extras
  • Bonificaciones extraordinarias

Esto podría reducir el monto final que recibe una empleada doméstica en caso de despido, especialmente en situaciones donde venía cobrando horas extras de manera habitual o había recibido bonos adicionales en los meses previos.

La exclusión de estos conceptos busca homogeneizar el criterio y evitar que se inflen artificialmente las indemnizaciones con pagos atípicos. Pero desde la perspectiva de las trabajadoras, representa una limitación en sus derechos indemnizatorios.

Los abogados laboralistas ya anticipan que este será uno de los puntos más litigados en los próximos meses. La jurisprudencia anterior solía incluir algunos de estos conceptos cuando se probaba que formaban parte del salario habitual, pero con la nueva norma ese criterio queda descartado por ley.

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