• 15/5/2026
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Reforma laboral: qué indemnización le corresponde a los empleados contratados antes del cambio de ley

La reforma laboral reabrió el debate sobre qué régimen se aplica en los despidos de contratados hace años. Qué dicen la jurisprudencia y los laboralistas
Por S.A.
15/05/2026 - 10:49hs
Reforma laboral: qué indemnización le corresponde a los empleados contratados antes del cambio de ley

La discusión sobre qué normativa debe aplicarse para calcular una indemnización por despido volvió al centro del debate laboral tras los cambios incorporados por la Ley de Modernización Laboral. Especialistas en derecho del trabajo coinciden en que, según la interpretación predominante de la jurisprudencia argentina, la ley aplicable es la vigente al momento de la desvinculación y no la que regía cuando comenzó la relación laboral.

Ese criterio implica que, si el despido ocurre después de la entrada en vigor de la nueva reforma laboral, la indemnización debería calcularse bajo las nuevas reglas, incluso cuando el trabajador haya sido contratado años antes bajo otro régimen.

La cuestión adquirió relevancia por las modificaciones introducidas en el sistema indemnizatorio, los cambios en la actualización de créditos laborales, la eliminación de multas y la posibilidad de implementar fondos de cese laboral como alternativa al esquema tradicional.

La fecha del despido define qué ley se aplica

De acuerdo con la doctrina y la jurisprudencia laboral mayoritaria, el derecho a cobrar una indemnización bajo un determinado régimen no se consolida al momento de la contratación, sino cuando efectivamente ocurre el despido.

Los especialistas diferencian entre "derechos adquiridos" y "derechos en expectativa". Los primeros son aquellos ya incorporados al patrimonio de la persona trabajadora y que no pueden ser modificados en su perjuicio. En cambio, los derechos en expectativa dependen de que determinadas condiciones legales continúen vigentes hasta el momento en que se produzca el hecho que los activa.

En materia de despidos, la indemnización es considerada una expectativa hasta que la desvinculación se concreta. Por eso, el cálculo suele regirse por la normativa vigente en la fecha del despido.

El abogado laboralista Julián A. de Diego sostuvo que determinados aspectos de la reforma podrían encontrar límites cuando existan derechos adquiridos ya consolidados en contratos individuales o convenios colectivos.

Según explicó, el debate no se centra en la retroactividad de la ley, sino en su aplicación hacia adelante sobre relaciones laborales que continúan vigentes. En ese marco, indicó que las normas laborales de orden público y las condiciones más beneficiosas para el trabajador no pueden ser alteradas de manera perjudicial.

No obstante, la interpretación predominante entre académicos y especialistas sostiene que no existiría un doble régimen indemnizatorio, salvo que la propia ley establezca expresamente excepciones para contratos anteriores, algo que no aparece previsto en el texto con media sanción.

Cómo cambia la indemnización por despido con la reforma laboral

Uno de los ejes centrales de la reforma laboral es la modificación del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, que regula la indemnización por antigüedad.

La fórmula principal se mantiene: un sueldo por cada año trabajado o fracción mayor de tres meses. Sin embargo, cambia la composición de la base salarial utilizada para calcular esa indemnización.

Con el nuevo esquema, el cálculo se realiza sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año, pero se excluyen varios conceptos que antes generaban discusiones judiciales y podían incrementar significativamente el monto final.

Entre los conceptos excluidos aparecen:

  • aguinaldo,
  • bonos extraordinarios,
  • premios anuales,
  • pagos no habituales,
  • compensaciones excepcionales,
  • vacaciones no gozadas.

La modificación impacta especialmente en trabajadores con salarios variables o con remuneraciones complementadas mediante bonos, premios o pagos extraordinarios.

Fondos de cese laboral: la alternativa al sistema tradicional

La reforma también habilita la creación de sistemas alternativos para reemplazar la indemnización tradicional por despido.

Los convenios colectivos podrán implementar:

  • fondos de cese laboral,
  • seguros de despido,
  • sistemas mixtos,
  • fideicomisos laborales.

El modelo toma como referencia el sistema vigente en la industria de la construcción, donde el empleador realiza aportes mensuales a un fondo específico y no existe indemnización tradicional al finalizar la relación laboral.

La aplicación de estos mecanismos dependerá de cada actividad y de las negociaciones sindicales correspondientes, por lo que no entrarán automáticamente en vigencia para todos los trabajadores.

Qué es el Fondo de Asistencia Laboral

La Ley de Modernización Laboral incorporó además el denominado Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado a cubrir costos vinculados con:

  • indemnizaciones por despido,
  • integración del mes de despido,
  • preavisos,
  • otras obligaciones laborales.

El sistema prevé aportes empresariales diferenciados:

  • 1% del salario para grandes empresas,
  • 2,5% para pequeñas y medianas empresas.

El objetivo oficial es crear una herramienta financiera que permita afrontar costos derivados de desvinculaciones y reducir el impacto económico de litigios laborales.

Sin embargo, la normativa aclara que este fondo no reemplaza automáticamente la indemnización tradicional prevista en la Ley de Contrato de Trabajo.

Cómo se actualizarán las indemnizaciones laborales

Otro cambio relevante de la reforma afecta la actualización de créditos laborales y montos judicializados.

La modificación del artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que las deudas laborales deberán ajustarse mediante:

  • el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC,
  • más una tasa adicional del 3% anual.

Hasta ahora, existían diferencias importantes entre tribunales y jurisdicciones, ya que cada fuero aplicaba criterios distintos para calcular intereses.

Con la nueva normativa, el Gobierno busca unificar parámetros, reducir litigiosidad y limitar diferencias entre sentencias judiciales.

Pago de sentencias laborales en cuotas

La reforma laboral también incorporó la posibilidad de pagar determinadas condenas judiciales en cuotas.

Según el nuevo esquema, algunas sentencias laborales podrán abonarse hasta en seis cuotas mensuales consecutivas, ajustadas por IPC más una tasa anual del 3%.

La medida apunta a aliviar el impacto financiero inmediato sobre empresas condenadas a pagar sumas elevadas.

Sin embargo, sectores sindicales y laboralistas cuestionaron la iniciativa por considerar que puede demorar el cobro efectivo de créditos laborales.

Eliminación de multas por trabajo no registrado

Otro de los cambios con mayor impacto económico para empleadores es la derogación de diversas multas laborales vinculadas al empleo no registrado.

La reforma eliminó sanciones previstas en:

  • la Ley 24.013,
  • la Ley 25.323,
  • multas por registración deficiente,
  • sanciones por falta de entrega de certificados laborales.

Hasta ahora, esas penalidades podían multiplicar considerablemente el costo de una demanda laboral.

Con el nuevo esquema, el Gobierno busca reducir litigios y fomentar la formalización laboral mediante incentivos económicos.

Beneficios para empleadores que regularicen trabajadores

La reforma también creó un régimen especial de regularización laboral destinado a incentivar el blanqueo de trabajadores no registrados o deficientemente registrados.

Entre los beneficios previstos aparecen:

  • condonación de multas,
  • eliminación de sanciones administrativas,
  • salida del REPSAL,
  • posibles beneficios previsionales.

La intención oficial es promover la registración formal mediante reducción de costos y eliminación de penalidades.

Limitaciones a reclamos civiles complementarios

Otro aspecto relevante de la reforma es la limitación de acciones civiles complementarias vinculadas a conflictos laborales.

La nueva normativa establece incompatibilidades entre determinadas indemnizaciones laborales y reclamos adicionales basados en el Código Civil y Comercial.

El objetivo es evitar:

  • dobles indemnizaciones,
  • superposición de daños,
  • reclamos paralelos.

La modificación impacta especialmente en discusiones relacionadas con accidentes laborales y acciones por daños y perjuicios.

Qué ocurre si el trabajador es recontratado

La reforma también regula los casos en que un trabajador vuelve a ser contratado por la misma empresa luego de un despido.

En esas situaciones, la indemnización previamente percibida podrá descontarse, actualizada por IPC.

La medida busca evitar duplicaciones indemnizatorias cuando existe una nueva relación laboral posterior.

Ampliación del período de prueba

La ampliación del período de prueba es otro de los cambios relevantes incorporados por la reforma laboral.

Durante ese plazo, el empleador puede extinguir la relación laboral sin pagar indemnización por antigüedad.

La reforma extendió esos períodos en distintos regímenes, incluido el trabajo en casas particulares, ampliando así el tiempo durante el cual las empresas pueden desvincular personal con menor costo económico.

Los puntos más cuestionados de la reforma laboral

Diversos artículos de la Ley de Modernización Laboral ya comenzaron a ser discutidos en tribunales laborales.

Los cuestionamientos principales se concentran en:

  • la reducción de la base indemnizatoria,
  • la eliminación de multas,
  • el pago de sentencias en cuotas,
  • la limitación de reclamos civiles,
  • la implementación de fondos de cese laboral.

Sectores sindicales sostienen que algunas medidas podrían afectar el principio protectorio del derecho laboral argentino, mientras que cámaras empresarias consideran que la reforma reduce costos y brinda mayor previsibilidad jurídica.

En ese contexto, la definición sobre qué ley se aplica para calcular una indemnización aparece como uno de los aspectos centrales del nuevo escenario laboral argentino. La posición predominante entre especialistas y antecedentes judiciales sostiene que la fecha del despido será el elemento decisivo para determinar qué régimen corresponde aplicar en cada caso.

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