Fallo inédito: le cancelaron una compra y Mercado Libre y Andreani ahora deben pagarle una suma millonaria
Un fallo judicial dictado en Choele Choel encendió una señal de alerta para el ecosistema del comercio electrónico en Argentina. La Justicia Civil de Río Negro condenó solidariamente a Mercado Libre, Andreani y a la firma vendedora Jobu S.A. a pagar más de $3,2 millones por cancelar de manera unilateral una compra online realizada por un consumidor, que se quedó sin el producto mientras su valor de mercado se duplicaba por la inflación.
La sentencia, firmada por la jueza Natalia Costanzo, cuestiona de manera directa uno de los argumentos históricos de las plataformas digitales: el de considerarse simples intermediarias tecnológicas sin responsabilidad sobre las operaciones concretadas dentro de sus sistemas. Para la magistrada, tanto la plataforma de e-commerce como la empresa logística forman parte de la cadena de comercialización y, por lo tanto, deben responder frente al consumidor final.
La compra frustrada que terminó en juicio
El caso comenzó el 3 de julio de 2022, cuando un vecino de Choele Choel compró un lavavajillas Whirlpool a través de Mercado Libre. El electrodoméstico costó $131.900 y, sumando IVA y envío, el monto total ascendió a $167.913, abonados mediante Mercado Pago.
Según surge del expediente, el comprador buscaba incorporar el equipo para aliviar las tareas domésticas en una casa con cuatro hijos y frecuentes reuniones familiares. Sin embargo, días después de la operación, el producto nunca llegó a destino y la compra apareció cancelada dentro de la plataforma sin consentimiento del usuario.
Aunque el consumidor rechazó la devolución y exigió la entrega del producto adquirido, Mercado Libre reembolsó automáticamente el dinero bajo el sistema de "Compra Protegida". Para ese momento, el mismo lavavajillas ya costaba cerca de $300.000, más del doble del valor originalmente abonado.
Frente a esa situación, inició una demanda por daños y perjuicios contra el vendedor, Mercado Libre y Andreani, empresa encargada de la logística y distribución del envío.
El argumento de Mercado Libre y la respuesta judicial
Durante el proceso, Mercado Libre sostuvo que su única función consiste en ofrecer herramientas tecnológicas para conectar compradores y vendedores, y que no participa directamente en la venta, el embalaje ni el transporte de los productos. También afirmó que sus términos y condiciones limitan cualquier responsabilidad derivada del extravío o incumplimiento de la operación.
Andreani, por su parte, argumentó que el caso debía tramitar ante la Justicia Federal por tratarse de un operador postal y alegó que el paquete había sido devuelto al remitente por pedido del vendedor bajo la figura de "rescate de cliente".
La jueza rechazó todas las defensas.
En uno de los puntos centrales del fallo, sostuvo que Mercado Libre "no se trata de un simple intermediario", sino de "un eslabón fundamental en la cadena de comercialización". Según la resolución, la empresa organiza, estructura y lucra con las operaciones realizadas dentro de su ecosistema digital, por lo que no puede desentenderse frente a los consumidores cuando la operación fracasa.
Respecto de Andreani, la magistrada entendió que la compañía también integra la cadena de consumo al prestar el servicio esencial de transporte y entrega física del bien adquirido.
Un fallo con impacto para el e-commerce
La resolución aplicó el artículo 40 de la Ley de Defensa del Consumidor y estableció responsabilidad solidaria para todos los actores involucrados en la operación comercial.
El monto total de la condena asciende a $3.282.870 más intereses y costas judiciales, distribuidos entre:
- Daño emergente
- Privación de uso
- Daño moral
- Daño punitivo de $2 millones, impuesto por considerar que existió una conducta "objetivamente descalificable"
Para la jueza, las empresas no demostraron haber realizado esfuerzos reales para resolver el conflicto ni para garantizar el cumplimiento efectivo de la compra realizada.
El fallo podría transformarse en un antecedente relevante para futuras demandas vinculadas al comercio electrónico, especialmente en un contexto donde las plataformas digitales concentran cada vez más operaciones comerciales y servicios logísticos integrados.
La decisión también pone bajo la lupa los tradicionales términos y condiciones utilizados por las grandes tecnológicas para intentar limitar responsabilidades frente a los usuarios. Para esta instancia de la Justicia rionegrina, esas cláusulas no pueden prevalecer sobre el sistema protectorio previsto por la Ley de Defensa del Consumidor.
Aunque todo indica que el fallo recorrerá todavía un largo camino judicial y será apelado por las empresas demandadas, la sentencia ya envía un mensaje claro: los consumidores pueden y deben hacer valer sus derechos frente a los gigantes del comercio electrónico.