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ALERTA

La AFA ganó la batalla legal que le permite escapar del control de la IGJ y mudarse a provincia

La Cámara Nacional en lo Civil falló a favor de la entidad y dejó sin efecto la designación de veedores del Ministerio de Justicia
18/06/2026 - 09:55hs
La AFA ganó la batalla legal que le permite escapar del control de la IGJ y mudarse a provincia

La Asociación del Fútbol Argentino ganó una batalla judicial decisiva para concretar su mudanza a la provincia de Buenos Aires. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil falló este jueves a favor de la entidad y dejó sin efecto todas las resoluciones que impedían el traslado.

El tribunal ordenó cancelar la inscripción de la AFA en el Registro Público a cargo de la Inspección General de Justicia (IGJ). Además, declaró nulas las resoluciones que habían rechazado el cambio de domicilio.

Como consecuencia directa del fallo, también quedó sin efecto la designación de veedores que había ordenado el Ministerio de Justicia. Esos interventores debían supervisar el funcionamiento de la asociación durante 180 días hábiles.

La Cámara estableció que el control de legalidad sobre la AFA corresponde ahora a la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la provincia de Buenos Aires, no a la IGJ nacional.

Ese organismo provincial ya había aceptado la inscripción del cambio de jurisdicción. La decisión fue adoptada por la Asamblea General de la entidad durante 2024.

Cómo empezó el conflicto entre la AFA y la IGJ

Todo comenzó el 17 de octubre de 2024. Ese día, la Asamblea General de la AFA aprobó por unanimidad modificar su estatuto para trasladar el domicilio social.

El cambio implicaba mudarse desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hacia la localidad bonaerense de Pilar. La votación no tuvo votos en contra ni abstenciones.

Semanas después, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas autorizó formalmente la inscripción. Lo hizo mediante la Resolución 9000/2024, que consolidó la radicación de la entidad en territorio bonaerense.

Pero la IGJ rechazó ese movimiento. El organismo nacional se negó a inscribir la reforma estatutaria y a cancelar la matrícula de la AFA en CABA.

La Inspección inició además un proceso de fiscalización. Cuestionó la validez del nuevo domicilio social y pidió verificaciones adicionales.

A partir de un informe elaborado por la IGJ, el Ministerio de Justicia dio un paso más. En marzo de 2026 dictó una resolución que designaba veedores para supervisar el funcionamiento institucional de la asociación.

La AFA no se quedó quieta. Presentó distintos recursos judiciales solicitando la nulidad de todas esas medidas administrativas.

Qué resolvió la Cámara en el fallo sobre la AFA

Los camaristas Gabriel Rolleri, Maximiliano Caia y Juan Manuel Converset analizaron los planteos de la entidad. Los tres jueces votaron a favor de la AFA.

El tribunal declaró la nulidad de la Resolución Particular 140/26 de la Inspección General de Justicia. Esa norma había sido emitida el 18 de febrero de 2026.

Como consecuencia directa, dispusieron tener por cancelada la inscripción de la Asociación del Fútbol Argentino en el Registro Público administrado por la IGJ.

La Cámara también anuló la Resolución 128/2026 del Ministerio de Justicia. Esa norma, firmada el 16 de marzo de 2026, había dispuesto la designación de veedores para controlar la entidad.

Los jueces entendieron que una vez que la Dirección Provincial autorizó el cambio de jurisdicción, la IGJ perdió competencia para revisar esa decisión o realizar inspecciones sobre el nuevo domicilio social.

Por qué la IGJ no puede seguir fiscalizando a la AFA

El fallo establece un principio claro sobre competencias administrativas. La Cámara sostuvo que los actos de organismos provinciales tienen la misma validez que los nacionales dentro de sus respectivas jurisdicciones.

Esa validez se mantiene mientras no sean impugnados judicialmente. Y en este caso, nadie cuestionó ante la Justicia la resolución de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.

Los magistrados concluyeron que la IGJ no puede ejercer facultades revisoras sobre decisiones adoptadas por autoridades bonaerenses. Tampoco puede mantener bajo su órbita a una entidad cuyo domicilio ya fue trasladado legalmente.

Según el tribunal, el cambio de jurisdicción produjo plenamente sus efectos jurídicos. Eso consolidó la competencia del organismo bonaerense para ejercer el control institucional sobre la asociación.

La sentencia es clara: mientras la AFA tenga su domicilio en provincia de Buenos Aires, corresponde a las autoridades provinciales fiscalizar su funcionamiento.

Qué pasa con los estados contables de la AFA

La Cámara también se pronunció sobre el control de los estados contables. Este punto había generado debates durante el conflicto.

Los jueces señalaron que esa facultad no corresponde de manera exclusiva a la IGJ. Depende del organismo competente según dónde esté radicada la persona jurídica.

En consecuencia, cualquier observación o inconsistencia sobre la documentación contable deberá ser analizada por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas. No por la Inspección nacional.

El tribunal remarcó un punto importante: las obligaciones de la entidad no desaparecen por el solo hecho del cambio de domicilio. La AFA sigue teniendo que presentar balances y cumplir requisitos legales.

Simplemente cambió la autoridad ante la cual debe rendir cuentas. Antes era la IGJ, ahora es el organismo provincial.

La existencia de un proceso de fiscalización abierto no constituye un impedimento para que una asociación modifique válidamente su jurisdicción, porque ese procedimiento puede continuar ante el organismo competente de la nueva jurisdicción.

Dónde queda la nueva sede de la AFA en Pilar

El traslado de la sede social se concretó hacia un inmueble ubicado en la localidad bonaerense de Pilar. El edificio fue cedido por el municipio local.

La Municipalidad de Pilar firmó un contrato de comodato el 27 de septiembre de 2024. Ese acuerdo otorgó a la asociación el uso del inmueble para instalar oficinas administrativas y dependencias institucionales.

El comodato es una figura legal que permite usar un bien ajeno sin pagar alquiler. En este caso, la AFA puede ocupar el edificio sin costo durante el plazo establecido en el contrato.

Ese inmueble funciona ahora como domicilio legal de la entidad. Es la dirección que figura en los registros provinciales y la que determina qué autoridad tiene jurisdicción sobre la asociación.

Qué alcance tiene este fallo judicial

La resolución de la Cámara Nacional en lo Civil se limita al conflicto administrativo. Resuelve tres cuestiones específicas: el domicilio legal de la AFA, la competencia para su fiscalización y la validez de las resoluciones de la IGJ.

El fallo no modifica ni afecta otras investigaciones judiciales que continúan tramitando contra la entidad o algunos de sus dirigentes. Esas causas siguen su curso en distintos fueros.

Entre ellas hay causas penales vinculadas a presuntos delitos económicos. Esas investigaciones mantienen su rumbo conforme a las decisiones adoptadas por los tribunales competentes.

La victoria judicial de la AFA es específica: logró consolidar su mudanza a provincia de Buenos Aires y escapar del control de la IGJ. Pero no cierra otros frentes legales que permanecen abiertos.