FALLO JUDICIAL

Fallo ejemplar: cargó gasoil con agua, se averió el motor y dos empresas deberán pagar una indemnización millonaria

Un fallo civil condenó a dos empresas por combustible contaminado que dañó una camioneta y generó gastos, peritajes y daño integral
Por iProfesional
LEGALES - 29 de Junio, 2026

Un fallo del fuero civil porteño ordenó a dos compañías vinculadas al suministro de combustibles a indemnizar a un consumidor cuyo vehículo sufrió graves daños mecánicos tras cargar diésel contaminado en una estación de servicio. La Justicia consideró acreditada la responsabilidad dentro de la cadena de comercialización y fijó una reparación integral por perjuicios materiales, morales y psicológicos.

Una falla mecánica que terminó en conflicto judicial

El episodio se inició en diciembre de 2021, cuando el usuario cargó combustible en una estación ubicada sobre una ruta nacional mientras viajaba con su familia. A los pocos kilómetros, el rodado —una Toyota SW4 modelo 2019— comenzó a registrar advertencias vinculadas al sistema de inyección.

La situación se agravó días después, cuando el motor se detuvo en plena circulación, obligando a interrumpir el viaje y solicitar asistencia mecánica. El diagnóstico posterior determinó la presencia de agua en el sistema de combustible, lo que dejó el vehículo fuera de uso durante semanas.

Durante ese período, el propietario debió recurrir a un automóvil alquilado para poder sostener sus actividades habituales.

Peritajes, fallas en controles y evidencia técnica

La etapa probatoria incorporó informes mecánicos, químicos y ambientales que resultaron determinantes para el análisis del caso.

Entre los elementos relevantes, se detectaron inconsistencias en los controles de los tanques de almacenamiento de la estación, incluyendo documentación vencida vinculada a la hermeticidad del sistema. También se observaron diferencias entre los registros técnicos declarados y la configuración real de la instalación.

Los peritos señalaron además signos de deterioro en el sector de carga de combustible. A ello se sumaron testimonios coincidentes que describieron fallas del vehículo compatibles con la presencia de agua en el diésel, luego confirmadas por diagnóstico mecánico.

Fallo civil: responsabilidad solidaria y condena por $5,2 millones tras daño en un vehículo

El juzgado analizó el caso bajo el régimen de la Ley de Defensa del Consumidor, que establece una obligación de seguridad de carácter objetivo.

En ese marco, se concluyó que todos los integrantes de la cadena de comercialización pueden responder solidariamente frente a daños derivados de productos defectuosos, salvo que acrediten una causa ajena que los exima de responsabilidad.

En ese sentido,el Juzgado Nacional en lo Civil N° 41 tuvo por probado el daño sufrido y ordenó una indemnización integral, diferenciando distintos rubros:

  • Reparación del vehículo: $470.000
  • Privación de uso: $100.000
  • Desvalorización del rodado: $2.300.000
  • Daño psicológico: $1.600.000
  • Daño moral: $800.000

El monto total asciende a $5.270.000, más intereses y costas.

El tribunal descartó el reclamo por lucro cesante, gastos administrativos y daño punitivo, al no haberse acreditado conductas dolosas ni situaciones excepcionales de abuso por parte de las empresas demandadas.

La sentencia dispuso que los intereses se calculen desde la fecha del hecho hasta el pago efectivo, aplicando la tasa activa del Banco Nación, con diferenciación según la naturaleza de cada rubro indemnizatorio.

Criterio judicial: responsabilidad objetiva en la cadena de consumo

En su resolución, el juzgado remarcó que la obligación de seguridad en el consumo es de resultado. Por lo tanto, la sola acreditación del daño dentro de una relación de consumo activa la responsabilidad del proveedor, salvo prueba de caso fortuito o fuerza mayor.

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