JUSTICIA

Revocaron el sobreseimiento de Espinoza y deberá ir a juicio oral por presunto abuso sexual

La Cámara de Casación dispuso que se realice el debate oral en la causa y cuestionó la exclusión de la víctima como parte acusadora en el proceso
Por iProfesional
LEGALES - 17 de Julio, 2026

La Cámara Nacional de Casación revocó este viernes el sobreseimiento del intendente de La Matanza, Fernando Espinoza. El máximo tribunal penal del país ordenó que se realice a la mayor brevedad el juicio oral por la denuncia de abuso sexual de Melody Rakauskas.

La decisión reinstala a Rakauskas como querellante en la causa. Había sido apartada del proceso en febrero pasado.

La Sala 3 de Casación consideró arbitraria la decisión de separar a la denunciante del expediente. El tribunal que la había apartado argumentó que carecía temporalmente de abogado, pero Casación interpretó que esa situación la colocaba en posición de vulnerabilidad y no debió usarse en su contra.

La denuncia se remonta al 10 de mayo de 2021. Rakauskas se desempeñaba como secretaria privada de Espinoza desde finales de abril de ese año.

Según su relato, el jefe comunal se presentó en su departamento con una excusa laboral. Una vez allí, intentó abusar sexualmente de ella.

El intendente negó los hechos desde el primer momento. Mantiene esa postura hasta hoy.

Por qué apartaron a la víctima como querellante y cómo revirtió la situación

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 16 había separado a Rakauskas de su rol de querellante en febrero pasado. La razón: no designó un nuevo abogado tras la renuncia de su letrado.

Esa renuncia ocurrió el 17 de diciembre de 2025. El tribunal la intimó a nombrar nuevo patrocinio en 72 horas, en plena semana previa a las fiestas de fin de año.

La feria judicial de enero estaba a días de comenzar. Rakauskas no cumplió el plazo.

Como era la única parte acusadora en el expediente, el TOC 16 sobreseyó a Espinoza por falta de acción en febrero de 2025. Desde entonces, el caso parecía cerrado.

Rakauskas designó después a Ignacio Barrios como su nuevo abogado. Recurrió a Casación para revertir el apartamiento.

Se realizó una audiencia el último jueves. Ella concurrió en persona. Este viernes llegó el fallo que la repone en su rol.

Qué argumentó Casación para revocar el sobreseimiento

La Sala 3 de Casación resolvió por mayoría con los votos de los jueces Alberto Huarte Petite y Horacio Días. Revirtieron la decisión del TOC 16.

"La inconducta procesal de la víctima en esa época puede explicarse por su situación de indigencia letrada", sostuvo el camarista Días. Para él, esa condición la colocaba en vulnerabilidad y no debía usarse como fundamento para apartarla.

Huarte Petite destacó que la conducta de Rakauskas reveló "una intención de mantener su participación en las actuaciones". Según el juez, el tribunal no respaldó suficientemente su conclusión sobre la presunta falta de interés de la denunciante.

El magistrado Pablo Jantus votó en disidencia. Consideró que el apartamiento no fue "antojadizo ni intempestivo". Para él, fue resultado de diversas diligencias que la querellante resistió activamente.

Jantus también cuestionó la figura del querellante exclusivo. Se trata de aquella situación en que la acusación privada actúa sin el Ministerio Público Fiscal.

Cómo quedó la causa después del fallo de Casación

La fiscal de instrucción Mónica Cuñarro se pronunció el 11 de febrero de 2025 por el sobreseimiento de Espinoza. Argumentó falta de pruebas.

Desde ese momento, la causa quedó con la actuación en solitario de la acusación privada. Rakauskas era la única que impulsaba el proceso judicial contra el intendente de La Matanza.

A fines de 2025, su abogado renunció. El TOC 16 la convocó en reiteradas ocasiones para que designara nuevo patrocinio.

Incluso le informó las maneras de obtenerlo gratuitamente por su calidad de presunta víctima. Ante la falta de respuesta, la separaron del rol de querella.

Ahora, con el fallo de Casación, Rakauskas vuelve al expediente. El máximo tribunal penal ordenó que se realice el juicio oral a la mayor brevedad.

Cuántos años de pena podría recibir Fernando Espinoza

Si el intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, es condenado en el juicio oral por la causa en la que está procesado, podría enfrentar una pena de hasta 5 años de prisión, de acuerdo con las escalas previstas en el Código Penal para los delitos que se le imputan.

Espinoza está procesado por los delitos de abuso sexual simple y desobediencia a una orden judicial, imputaciones que serán analizadas de manera conjunta durante el debate oral.

Las escalas penales para los delitos atribuidos al jefe comunal son las siguientes:

  • Abuso sexual simple (artículo 119, primer párrafo): prevé una pena de 6 meses a 4 años de prisión.
  • Desobediencia a una orden judicial (artículo 239): establece una pena de 15 días a 1 año de prisión.

Al tratarse de un concurso real, dos delitos independientes juzgados en un mismo proceso, las penas pueden acumularse, por lo que el máximo teórico asciende a 5 años de prisión.

No obstante, durante el juicio oral tanto la fiscalía como la querella podrán fijar el monto de la pena que solicitarán en caso de condena. Si plantean agravantes que el tribunal considere procedentes, podrían requerir una sanción más severa dentro de los márgenes que habilite la legislación aplicable.

Te puede interesar

Secciones