SEGURIDAD SOCIAL

Jubilados, con fechas confirmadas de cobro para agosto

La ANSES estableció el esquema de liquidación de haberes para el próximo mes de agosto según la terminación del documento de identidad
Por P.L.
LEGALES - 25 de Julio, 2026

El esquema previsional para el próximo mes de agosto quedó oficialmente establecido para todos los jubilados y pensionados del país. La organización de la liquidación mantendrá su habitual modalidad por número de documento, asegurando una distribución escalonada a lo largo de las semanas para evitar aglomeraciones en las entidades bancarias y facilitar las operaciones.

En este período de cobro se aplicará un nuevo reajuste en los haberes de la clase pasiva, derivado de los índices de actualización vigentes por movilidad. Asimismo, el esquema contempla las variaciones en las escalas de acuerdo a las pautas económicas recientes, otorgando certeza sobre las sumas finales que percibirán los beneficiarios en cada una de las franjas de ingresos.

Junto con la confirmación de los días asignados, los beneficiarios también monitorean la acreditación de adicionales extraordinarios orientados a reforzar los ingresos más bajos del sistema. Con este panorama, la planificación financiera de millones de personas cuenta con certezas respecto a las fechas de cobro asignadas por el organismo previsional.

Fechas de cobro para jubilados que perciben el haber mínimo

Los pagos para las jubilaciones de menor cuantía comenzarán a liquidarse desde el segundo lunes del mes de acuerdo a la finalización del documento nacional de identidad del titular:

  • DNI terminados en 0: lunes 10 de agosto
  • DNI terminados en 1: martes 11 de agosto
  • DNI terminados en 2: miércoles 12 de agosto
  • DNI terminados en 3: jueves 13 de agosto
  • DNI terminados en 4: viernes 14 de agosto
  • DNI terminados en 5: martes 18 de agosto
  • DNI terminados en 6: miércoles 19 de agosto
  • DNI terminados en 7: jueves 20 de agosto
  • DNI terminados en 8: viernes 21 de agosto
  • DNI terminados en 9: lunes 24 de agosto

Vale destacar que las prestaciones mínimas recibirán un aumento del 1,9 por ciento, un porcentaje establecido en base a la medición inflacionaria correspondiente a junio. Con este ajuste, el monto base se ubicará en $419.827,12. Asimismo, para aquellos que perciben el haber mínimo se contempla la continuidad del bono extraordinario de $70.000, lo que elevaría el ingreso total a $489.827,12 en caso de confirmarse su otorgamiento oficial.

Calendario para quienes superan el haber mínimo e incrementos

Para aquellos beneficiarios cuyo haber mensual supere el monto mínimo garantizado, las fechas de acreditación se organizarán durante el tramo final del mes en grupos de a dos terminaciones de documento por jornada:

  • DNI terminados en 0 y 1: martes 25 de agosto
  • DNI terminados en 2 y 3: miércoles 26 de agosto
  • DNI terminados en 4 y 5: jueves 27 de agosto
  • DNI terminados en 6 y 7: viernes 28 de agosto
  • DNI terminados en 8 y 9: lunes 31 de agosto

En esta categoría de haberes también se aplica el incremento porcentual fijado por la fórmula de movilidad, impactando en el cálculo total del beneficio acorde a los escalafones correspondientes. A diferencia de las jubilaciones mínimas, este sector no es alcanzado por los pluses adicionales de monto fijo, manteniéndose la escala en proporción al haber registrado.

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