Escribanos alertan que un simple "copy-paste" de una firma digital puede facilitar el robo de identidad
En el imaginario popular y en la historia del fútbol mundial, quedó grabado a fuego el día en que un jovencísimo Lionel Messi selló su primer vínculo con el Barcelona en una servilleta de papel húmeda en un café catalán. Aquel pedazo de celulosa improvisado contenía una firma, un "gancho" que exteriorizaba una voluntad inquebrantable de ambas partes. Para el derecho civil y para la tradición humana, ese trazo con tinta sobre cualquier superficie -incluso si fuera mermelada sobre un mantel- constituye una firma hológrafa válida, la manifestación física del consentimiento.
Sin embargo, el vertiginoso salto al mundo digital en los últimos años ha creado una peligrosa ilusión: la de creer que cualquier clic, cualquier imagen pegada sobre un PDF o cualquier verificación en una aplicación extranjera constituye una firma segura y jurídicamente vinculante. Mientras la ciudadanía desliza el dedo por pantallas táctiles firmando contratos de alquiler, convenios y compromisos comerciales de forma automatizada, detrás de la pantalla acecha un vacío de seguridad alarmante que nos expone al fraude, al robo de identidad y a dolorosas batallas judiciales.
Para hacer frente a esta realidad desregulada, el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires (CECBA) ha decidido patear el tablero institucional. En la última Expo Real Estate, con la participación de su presidenta, Magdalena Tato, y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, se presentó oficialmente la Plataforma Ciudadana de Firmas (PCF).
Pero lejos de ser sólo un anuncio corporativo sobre "despapelización", la trastienda de este lanzamiento, revelada en una reciente charla de café con periodistas y notarios, destapa una cruda radiografía sobre la vulnerabilidad informática de los argentinos, el fracaso de los marcos regulatorios importados y la necesidad de rescatar el valor del "gancho" en la era del algoritmo.
Firma digital: por qué cuestionan el modelo que nació con la ley de 2001
"De los acá presentes nadie sacó su certificado digital en 25 años", explicaba de manera categórica el escribano Joaquín Romero Pierri, uno de los líderes del proyecto de la plataforma durante el encuentro, refiriéndose a la Ley de Firma Digital N° 25.506, sancionada en el año 2001 en Argentina. Aquella normativa, que en su momento fue considerada de vanguardia, buscaba establecer un patrón de seguridad basado en certificados criptográficos de clave pública y privada otorgados principalmente por el Estado o por un puñado de empresas autorizadas.
¿Por qué fracasó un sistema teóricamente perfecto? La respuesta es tan sociológica como jurídica: la idiosincrasia argentina. "Importamos conceptos jurídicos del norte creyendo que porque vienen de ciertos lugares son perfectos", señaló Romero Pierri. En los pueblos sajones, la confianza mutua y el honor personal suelen estructurar los contratos comerciales de manera más lineal. En la Argentina, en cambio, domina una desconfianza histórica y una realidad donde, lamentablemente, "la picardía criolla es la que manda".
El ciudadano argentino no confía en un certificado criptográfico intangible que se ejecuta en el fondo de una computadora y que no puede ver. Quiere "poner el gancho". Al poner la firma física, la persona lee lo que firma, asume la responsabilidad del acto y siente la seriedad del compromiso.
La Ley de Firma Digital del 2001 diseñó un esquema donde nadie iba a firmar jamás un documento digital bajo esos estándares burocráticos y centralizados. Hoy, cuando firmar documentos digitales -recibos de sueldo, contratos de alquiler, contratos societarios- pasó a ser la regla y no la excepción, la sociedad civil quedó desamparada, recurriendo en masa a plataformas comerciales extranjeras que ofrecen "comodidad" a expensas de la seguridad más básica.
El peligro del "copy-paste": qué pasa con las firmas electrónicas
El diagnóstico que hacen los notarios porteños sobre las plataformas de firmas electrónicas comerciales que inundan el mercado -muchas de ellas con nombres sumamente populares y que son el estándar en el sector inmobiliario- es lapidario: "El estándar de seguridad jurídica que está teniendo la sociedad cuando usa otras plataformas es bajísimo".
En esas plataformas comerciales, lo que el usuario común considera "firmar" no es más que la inserción de una imagen plana que imita un trazo caligráfico sobre un documento PDF. Los escribanos invitan a realizar una prueba perturbadora: tomar un documento firmado mediante estas plataformas de firmas electrónicas genéricas y hacer copy-paste. El resultado es escalofriante: la firma se extrae limpia, como una imagen independiente, lista para ser pegada en cualquier otro documento, contrato, pagaré o autorización sin que el titular jamás se entere. "Eso ni siquiera es una firma porque no tiene los datos grafométricos", advierten.
No hay presión, no hay velocidad, no hay aceleración registradas que permitan probar la autoría.
Pero el riesgo no termina en la vulnerabilidad de la firma. Para "validar" la identidad, estas aplicaciones suelen exigirle al usuario que suba una fotografía de su DNI de ambos lados y una selfie. Al final del proceso, el documento firmado viaja de regreso acompañado de las fotos del documento de identidad.
De esta forma, cualquiera que tenga acceso al contrato firmado accede también a lo que hoy representa el dato más sensible y codiciado por los ciberdelincuentes: el número de trámite del DNI. Con el número de trámite expuesto en una pantalla y una firma fácilmente extraíble, la mesa está servida para la suplantación de identidad, la toma de créditos fraudulentos o la apertura de cuentas bancarias apócrifas.
Contratos y datos personales: quién guarda la información
A esto se le suma un dilema de soberanía de datos e intimidad. ¿Quién almacena realmente estos contratos privados una vez firmados?
La mayoría de las corporaciones privadas que dominan el mercado de firmas electrónicas conservan la documentación en servidores ubicados en el exterior, bajo legislaciones extranjeras y expuestos a hackeos masivos.
Situaciones cotidianas como el "rompamos la reserva y borremos el documento" se vuelven imposibles en la nube digital privada: el usuario puede borrar el archivo de su panel, pero no tiene control sobre quién, dónde ni por cuánto tiempo se almacenará esa información sumamente confidencial que detalla transacciones de dinero, patrimonios y datos personales.
Cómo funciona la nueva Plataforma Ciudadana de Firmas
Frente a este escenario de desprotección masiva, el Colegio de Escribanos porteño comprendió que la solución no era "salir a pelear contra la realidad", sino mejorarla y ofrecer una alternativa segura y gratuita para el ciudadano de a pie. Con ese propósito nació la Plataforma Ciudadana de Firmas (PCF).
La PCF se diferencia de las alternativas comerciales del mercado en dos pilares fundamentales:
- La propiedad del documento es de las partes (Regla de las 48 horas): la plataforma del Colegio de Escribanos no funciona como un depósito permanente ni un archivo de contratos. Una vez que las partes firman el acuerdo de mutuo acuerdo, el sistema dispara automáticamente un correo electrónico a los involucrados con el archivo firmado en formato PDF. El documento queda disponible en el servidor de la PCF durante un plazo estricto de 48 horas únicamente para contingencias de descarga, y luego se elimina definitivamente del sistema. La seguridad reside en que el documento privado le pertenece exclusivamente a los particulares que contrataron, eliminando cualquier base de datos centralizada expuesta a filtraciones
- Inexcindibilidad y datos grafométricos biométricos: a diferencia del "dibujo" plano que se puede copiar y pegar, la PCF utiliza tecnología que captura los datos biométricos y grafométricos de la firma hológrafa realizada sobre el soporte digital -la presión, la velocidad del trazo y la aceleración del movimiento al firmar con el dedo o un lápiz óptico-. Estos datos viajan encriptados mediante certificados digitales internos y quedan indisolublemente ligados al documento. Si alguien intenta adulterar una sola letra del PDF o separar la firma para usarla en otro archivo, la firma digital y su encriptación desaparecen por completo, rompiendo la integridad del documento
Qué pasa con estas firmas cuando un conflicto llega a la Justicia
La validez jurídica de los acuerdos firmados digitalmente suele ponerse a prueba cuando una de las partes incumple lo pactado y el conflicto se traslada a los tribunales. Allí se revela otra diferencia crucial entre la firma digital, la firma electrónica comercial y la firma hológrafa en soporte digital, como la PCF.
Bajo la legislación argentina (Ley 25.506), la firma digital -criptográfica con clave estatal- goza de una presunción de autoría casi absoluta: si alguien desconoce la firma, es el supuesto firmante quien debe cargar con la difícil tarea de probar que un tercero abusó de su clave o robó su dispositivo.
Por el contrario, en la firma electrónica comercial común, la carga de la prueba se invierte: quien invoca el documento firmado electrónicamente en un juicio debe probar que efectivamente pertenece a la otra parte, lo cual es sumamente complejo debido a la falta de datos técnicos de calidad.
La Plataforma Ciudadana de Firmas (PCF) ofrece jurídicamente una firma hológrafa en soporte digital. Equivale exactamente al papel firmado entre particulares en una mesa de café.
Si en un juicio de desalojo o cobro de pesos una de las partes intenta dilatar los plazos y declara "esa no es mi firma", el juez puede ordenar dos medidas probatorias sin precedentes: pericia informática para constatar la inalterabilidad del archivo PDF desde su creación mediante el sellado de tiempo (timestamp) y los certificados de seguridad incorporados; y pericia caligráfica con datos biométricos, donde el juez puede oficiar al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires para que se desencripten los datos biométricos y grafométricos de la firma en disputa.
De este modo, un perito calígrafo puede comparar científicamente el trazo y sus patrones de presión y velocidad con un cuerpo de escritura que el propio sospechoso realice sobre el mismo software y soporte.
El escribano no desaparece: cómo funciona la certificación a distancia
Es fundamental comprender que la PCF por sí sola no reemplaza la intervención notarial; es una herramienta de seguridad para los contratos privados entre particulares -como contratos de alquiler o convenios menores- que hoy ya se firman sin escribano.
Sin embargo, para aquellos actos de mayor relevancia patrimonial o donde se requiera certificar la firma para evitar cualquier posibilidad futura de litigio o desconocimiento, la PCF puede escalarse e integrarse con el Sistema Digital de Firmas (SDF), la herramienta de certificación notarial a distancia lanzada por el Colegio.
Mediante el SDF, el escribano interviene de manera remota a través de una plataforma de videoconferencia encriptada de extremo a extremo. El profesional de la fe pública constata la identidad del firmante -cruzando datos biométricos faciales en tiempo real contra el Registro Nacional de las Personas, RENAPER-, evalúa su discernimiento, capacidad y voluntad, y certifica el acto de firma digital.
"Cuando la firma está certificada por un escribano, ya sea firma hológrafa o digital, ningún juez va a dudar. El conflicto se termina en el acto", asegura sin dudar Magdalena Tato.
La plataforma será gratuita para los usuarios: cómo se financiará
El Colegio de Escribanos ha determinado que la Plataforma Ciudadana de Firmas (pcf.com.ar) sea completamente gratuita para el ciudadano común, permitiendo un uso razonable de firmas anuales -se analiza un límite de unas seis firmas al año, cantidad más que suficiente para un individuo que firma un contrato de locación cada dos años o declaraciones juradas ocasionales-.
Aquellos que utilicen la plataforma de manera intensiva con fines comerciales o corporativos -como grandes pymes o empresas- deberán abonar una tasa de uso que servirá, precisamente, para subsidiar la gratuidad de la plataforma para la comunidad.
La innovación tecnológica no requiere obligatoriamente la descarga de aplicaciones móviles pesadas que saturan el almacenamiento de los teléfonos de los usuarios. La PCF funciona directamente como una plataforma web ágil, segura y accesible desde cualquier navegador, adaptándose a las necesidades de conectividad actuales.
En definitiva, con el lanzamiento de la PCF, el notariado argentino reafirma su rol histórico como custodio de la seguridad jurídica -función que desempeña desde hace 160 años- pero adaptándose con firmeza a los desafíos del siglo XXI.
En un mundo digital inundado de vulnerabilidades invisibles, "copy-paste" sin control y exposición de datos personales, la certeza de un escribano y el resguardo del auténtico "gancho" demuestran que la confianza nunca fue analógica: siempre fue, y seguirá siendo, enteramente humana.