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ALERTA

Entró en vigencia el nuevo Régimen Penal Juvenil y Bullrich afirmó que "se terminó la impunidad"

Nueva normativa modifica el abordaje sobre delitos cometidos por adolescentes y propone medidas con eje en la reinserción social y educativa
05/09/2026 - 12:07hs
Patricia Bullrich hablando frente a un microfóno en el Congreso

Este sábado comenzó a regir en todo el país el nuevo Régimen Penal Juvenil, que reemplaza la normativa vigente desde 1980 y establece que los adolescentes de 14 y 15 años podrán ser imputados por delitos. La entrada en vigencia de la reforma fue celebrada por la jefa del bloque de senadores de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, quien sostuvo que con el nuevo esquema "se terminó la impunidad".

"Desde hoy no importa la edad: si delinquis, las pagás", escribió Bullrich en su cuenta de la red social X, en referencia a la reducción de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años.

La senadora afirmó que "se terminó la excusa de la edad para delinquir" y sostuvo que "el que roba, mata o lastima, responde por lo que hace". También señaló que durante años los menores que cometían delitos tuvieron "impunidad" y planteó que el nuevo régimen implica un cambio en la respuesta del Estado frente a los delitos cometidos por adolescentes.

"Se terminó la impunidad", reiteró Bullrich, quien agregó que para las víctimas de delitos cometidos por menores y sus familias habrá "una pizca de la justicia que nunca van a tener".

La entrada en vigencia del nuevo régimen se produce después de la sanción de la Ley 27.801, que establece un sistema específico para adolescentes de entre 14 y 18 años y reemplaza el esquema establecido por la Ley 22.278, vigente desde 1980.

Qué cambia con la nueva ley

El principal cambio es la edad a partir de la cual una persona adolescente puede quedar sometida a un proceso penal. Hasta ahora, los menores de 16 años eran considerados inimputables. Desde este sábado, el régimen alcanza a quienes tengan 14 años o más al momento de cometer el hecho.

La normativa establece un sistema penal especial para adolescentes, diferente del régimen aplicable a los adultos. Las sanciones deberán contemplar la responsabilidad por el delito cometido y, al mismo tiempo, objetivos vinculados con la educación, la resocialización y la integración social.

La posibilidad de ser imputado desde los 14 años no significa que todos los adolescentes que cometan un delito deban cumplir una pena de prisión. El nuevo régimen contempla distintas sanciones y medidas alternativas según las características del caso y la pena prevista para el delito.

Penas de hasta 15 años y sin prisión perpetua

Entre los cambios establecidos por la nueva normativa se encuentra la prohibición de aplicar prisión o reclusión perpetua a adolescentes.

El máximo de las penas privativas de la libertad será de 15 años. Además, se contempla la posibilidad de acceder a la libertad condicional después de cumplir dos tercios de la condena, siempre que se verifiquen las condiciones exigidas por la ley.

El régimen también incorpora un esquema de sanciones alternativas a la privación de la libertad. Entre ellas figuran las restricciones de acercamiento, la reparación del daño causado a la víctima, las reglas de conducta y la obligación de participar en actividades educativas y comunitarias.

También se incorpora la amonestación, que consiste en un llamado de atención formal acompañado por otras medidas previstas en la normativa.

Monitoreo electrónico y nuevas reglas de alojamiento

La nueva ley incorpora el monitoreo electrónico como herramienta para controlar el cumplimiento de determinadas sanciones o medidas dentro del régimen penal juvenil.

Cuando corresponda la privación de la libertad, los adolescentes deberán permanecer en establecimientos acondicionados específicamente para menores y con personal especializado. Además, no podrán compartir espacios de encierro con personas mayores de edad.

El alojamiento podrá concretarse en institutos abiertos, establecimientos especializados de detención o, en determinados casos, bajo arresto domiciliario.

La normativa mantiene, además, la protección de la identidad de los adolescentes sometidos a procesos penales. No podrán difundirse sus nombres, apodos, filiación, parentesco, domicilio ni imágenes que permitan identificarlos.

Las víctimas tendrán mayor participación en las causas

El nuevo régimen también amplía la participación de las víctimas durante el proceso judicial. Podrán intervenir en el trámite y recibir información sobre el avance de la causa.

A su vez, la normativa establece la responsabilidad civil de los padres de los niños, niñas y adolescentes sometidos a un proceso penal por los daños derivados de los hechos ilícitos que se les atribuyan.

El desafío de implementar el nuevo régimen

La puesta en marcha del sistema plantea además desafíos operativos para la Justicia y para las instituciones encargadas de ejecutar las medidas previstas.

En distintos juzgados de menores existen dudas sobre la disponibilidad de recursos humanos, infraestructura y dispositivos necesarios para atender el nuevo universo de causas. Entre las cuestiones pendientes aparecen también la disponibilidad de pulseras electrónicas, la designación de supervisores especializados y la articulación entre la nueva normativa nacional y los sistemas procesales de las provincias.

Para la implementación del régimen, el Congreso estableció una partida de $23.739.155.303,08.

Mientras algunas provincias avanzaron con protocolos, mesas de trabajo y proyectos de adecuación normativa, a nivel nacional continúan las conversaciones entre el Poder Judicial y el Ministerio Público Fiscal para establecer criterios de aplicación.

Con la entrada en vigencia de la Ley 27.801, la Argentina comienza así una nueva etapa en materia de responsabilidad penal adolescente: la posibilidad de imputar desde los 14 años, con un régimen específico de sanciones, límites para la privación de la libertad y medidas orientadas a la educación y la resocialización.