Manuel Adorni justificó ante la Justicia su patrimonio y explicó el origen de sus dólares
Manuel Adorni presentó ante la Justicia la documentación con la que busca justificar la evolución de sus bienes en la causa en la que se investiga un presunto enriquecimiento ilícito. El escrito fue presentado dentro del plazo establecido por el fiscal federal Gerardo Pollicita, quien había enviado al exfuncionario un cuestionario de 20 puntos.
La investigación está a cargo del juez federal Ariel Lijo y también alcanza a la esposa de Adorni, Bettina Angeletti. Si las explicaciones entregadas no resultaran suficientes para la Justicia, la causa podría avanzar hacia una instancia de indagatoria.
El abogado del exjefe de Gabinete, Matías Ledesma, sostuvo en la presentación que "se demostrará" que "la evolución patrimonial de Manuel Adorni durante el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2023 y el 27 de junio de 2026 encuentra sustento razonable y verificable en la prueba documental, contable y técnica que se acompaña, y en la que oportunamente se incorporará, sin que exista enriquecimiento apreciable alguno que no admita explicación".
La defensa acompañó documentación y desarrolló los fundamentos con los que pretende acreditar el origen de los bienes, fondos, gastos e inversiones observados durante el período analizado.
Manuel Adorni explicó ante la Justicia el origen de sus dólares declarados
Uno de los puntos planteados por la Fiscalía está relacionado con los dólares estadounidenses declarados en efectivo en las declaraciones juradas patrimoniales.
La defensa debía explicar la procedencia de u$s565.000, u$s513.000 y u$s388.961,52, correspondientes respectivamente al inicio y cierre de 2023 —incluida una declaración rectificativa— y al cierre de 2024, también mediante una rectificativa.
Esos montos habían sido consignados bajo el concepto "venta de activos". Por eso, el requerimiento incluyó información sobre qué bienes fueron vendidos, cuándo se realizaron las operaciones, quiénes fueron los compradores, cuáles fueron los valores involucrados y qué respaldo bancario, registral o bursátil existe.
También se pidió precisar cuándo y con qué documentación se efectuaron las rectificaciones. De acuerdo con el descargo, esos ahorros son además el origen declarado de distintos pagos y adquisiciones posteriores.
Los préstamos familiares
Otro de los aspectos cuestionados fueron los mutuos que Adorni declaró con dos familiares: Silvia Pais y Norma Zuccolo.
La defensa sostiene que se trata de contratos privados regulados por los artículos 1525 y siguientes del Código Civil y Comercial. Según el planteo, este tipo de acuerdos no requiere escritura pública ni una inscripción especial para ser válido entre las partes.
El escrito agrega que ambos préstamos fueron documentados y también incluidos en las declaraciones juradas impositivas presentadas por Adorni ante el organismo recaudador.
Sobre esa base, la defensa sostiene que existe sustento para considerar verosímil la explicación, aun cuando no exista una formalidad adicional vinculada con la instrumentación, fecha cierta o establecimiento de intereses. En particular, menciona el vínculo entre madre e hijo existente en el caso de Silvia Pais como contexto de la operación.
Cómo se pagó el Jeep Compass
La compra del Jeep Compass también fue incluida entre los puntos que debían ser explicados.
Según la presentación, el vehículo fue obtenido mediante una permuta por un Renault Captur que Adorni y Angeletti habían comprado en 2021. No se habría abonado el valor total del nuevo rodado en efectivo, y la operación quedó documentada mediante una factura de $18.300.000.
La defensa detalló tres desembolsos vinculados con la operación:
- $1.000.000, transferidos el 3 de abril de 2024 desde la caja de ahorro de Adorni en Banco Galicia.
- $1.000.000, enviados el 5 de abril de 2024 desde la cuenta de Angeletti en Banco Galicia.
- Un pago realizado en marzo de 2024 a Detroit 1925 SA, efectuado con tarjeta Visa en seis cuotas de $200.000.
El escrito señala que los movimientos pueden ser respaldados mediante los resúmenes de la cuenta bancaria y de la tarjeta Visa.
El lote en el Country Indio Cuá
La defensa también explicó cómo se habría financiado la compra del lote 380 del Country Indio Cuá, adquirido por u$s120.000.
La operación se habría compuesto de dos fuentes: un préstamo con garantía hipotecaria sobre el inmueble ubicado en Asamblea 1132, instrumentado mediante la Escritura N° 119, por u$s100.000, y otros u$s20.000 abonados en efectivo con dinero que estaba bajo custodia de Bettina Angeletti.
En las declaraciones juradas rectificativas presentadas el 10 de junio de 2026, la propiedad y la deuda hipotecaria fueron asignadas en partes iguales entre ambos integrantes del matrimonio: 50% del activo y 50% del pasivo para cada uno.
La defensa sostiene que esa modificación tuvo como finalidad reflejar la situación de la sociedad conyugal y que se trató de una rectificación, no de un intento de ocultar patrimonio.
A ese desembolso se suma la tasa de ingreso al emprendimiento, de u$s5.000, que, según el descargo, aparece incorporada al flujo de fondos presentado en la causa.
La remodelación y los pagos al contratista
Otro capítulo del requerimiento fiscal se refiere a la remodelación de la vivienda construida en el lote 380 y, específicamente, a los u$s245.000 que figuraban como pagos a Matías Tabar por los trabajos.
La defensa sostiene que los recursos destinados a esas obras provinieron de los ahorros de Adorni ya detallados en la explicación sobre sus dólares en efectivo.
Sin embargo, plantea una diferencia respecto del monto consignado en el requerimiento. Según el escrito, las obras efectivamente abonadas no habrían alcanzado los u$s245.000.
Para fundamentar esa posición, la defensa menciona tanto la documentación entregada por Tabar como el análisis forense realizado sobre la extracción de su teléfono. Según el descargo, ambos elementos permitirían establecer que el monto realmente pagado fue inferior al informado inicialmente por el contratista.
La diferencia es atribuida a inconsistencias detectadas en los recibos y presupuestos aportados por Tabar durante la investigación.
El departamento de Miró 550 y los muebles
También se requirió precisar el origen de los dólares utilizados para adquirir el inmueble de Miró 550 y para pagar los muebles destinados a esa propiedad.
Respecto del mobiliario, la defensa afirma que el dinero entregado en efectivo y en dólares a Matías Tabar salió de los mismos ahorros explicados en el primer punto del descargo.
En cuanto a la compra del inmueble, se indicó que los u$s30.000 abonados en efectivo —correspondientes a la Escritura N° 118 del 24 de noviembre de 2025— provenían de dólares ahorrados y disponibles de Adorni.
Ingresos que no tributaron Ganancias
La defensa también abordó los ingresos que fueron declarados como no alcanzados por el impuesto a las Ganancias o exentos.
Según la explicación presentada, allí se incluyen principalmente diferencias de valuación generadas por el tipo de cambio sobre activos en moneda extranjera. La defensa aclara que esas variaciones no representan nuevos fondos, sino una actualización en pesos del valor de bienes que ya existían.
El detalle también incorpora resultados obtenidos por la venta de monedas digitales, rendimientos de fondos comunes de inversión, depósitos y billeteras virtuales. Para el ejercicio 2024 se agrega el resultado de la permuta del automóvil explicada en otro apartado.
Los importes consignados fueron:
- 2023: $28.129.772,88
- 2024: $148.686.687,93
- 2025: $270.785.214,13
Gastos cotidianos y utilización de terceros
La presentación también intenta explicar cómo se financiaron distintos gastos realizados en efectivo, tanto en pesos como en moneda extranjera. Entre ellos figuran viajes al exterior, alquileres temporarios, expensas, cuotas y matrículas escolares.
La defensa atribuye esos desembolsos a los ahorros previamente declarados y a los ingresos de Adorni y Angeletti informados ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) durante los períodos fiscales correspondientes.
El escrito incorpora además una explicación sobre las operaciones realizadas mediante terceros para efectuar compras y pagos en nombre del exfuncionario y su familia.
La defensa sostiene que recurrir a otras personas para determinadas gestiones administrativas no implica por sí mismo una maniobra de ocultamiento patrimonial, siempre que pueda acreditarse el posterior reintegro de los fondos.
En ese marco, recuerda que la propia Fiscalía convocó como testigos a Gisela Kocsis, Laura Daniela Schiuma y Luis Enrique Aluju, luego de detectar operaciones entre ellos y Adorni o movimientos vinculados con sus nombres en información bancaria y de Mercado Libre.
Según la presentación, los testigos explicaron el contexto de esas operaciones, con particularidades propias de cada caso.
Las operaciones con criptomonedas
Uno de los puntos de mayor extensión en el descargo está dedicado a los criptoactivos y, específicamente, al origen del dinero utilizado para comenzar esa operatoria.
La defensa sostiene que las operaciones de Adorni con criptomonedas comenzaron antes de la apertura de las cuentas detectadas en exchanges regulados. El escrito menciona las fechas de apertura de cuentas en Binance, Buenbit y Lemon: 23 de junio de 2020, marzo de 2021 y febrero de 2022, respectivamente.
Como respaldo, incorpora un informe técnico sobre ocho direcciones de Bitcoin. De acuerdo con ese análisis, registraron movimientos on-chain entre el 21 de octubre de 2014 y el 10 de septiembre de 2018, varios años antes de la apertura de aquellas cuentas.
La explicación de la defensa es que esa diferencia temporal resulta compatible con la forma en que se adquirían bitcoins en los primeros años del mercado argentino. Según el planteo, entre 2014 y 2018 las compras minoristas se realizaban en buena medida fuera de exchanges locales regulados, mediante operaciones entre particulares, foros, grupos de intercambio y plataformas internacionales.
También señala que algunas de esas plataformas dejaron de funcionar y que actualmente no necesariamente conservan registros históricos accesibles.
El escrito agrega dos dificultades para reconstruir esas operaciones: las billeteras de autocustodia no exigían entonces una verificación de identidad equivalente al sistema KYC de los exchanges regulados y muchas transacciones se pagaban en efectivo, sin que quedara asentado en una cuenta bancaria que se trataba de una compra de Bitcoin.
La conciliación entre ingresos, gastos y patrimonio
Finalmente, la defensa presentó una conciliación de los ingresos y egresos del grupo familiar para intentar demostrar que el nivel de consumo registrado resulta compatible con los recursos declarados.
El análisis comprende los ejercicios 2024 y 2025 y el primer semestre de 2026, con un detalle elaborado semestre por semestre.
Según el descargo, allí se contemplan los ingresos provenientes del sueldo correspondiente al cargo público de Adorni, los honorarios y la facturación de Angeletti y los rendimientos financieros, además de los ahorros en moneda extranjera que fueron explicados en el inicio de la presentación.
La conclusión de la defensa es que, al considerar en conjunto esos recursos y los gastos realizados, no aparecen egresos sistemáticamente superiores a la capacidad económica declarada por el matrimonio.