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Legales

Abogado confió en la IA, pero citó fallos inventados, fue descubierto y quedó bajo la lupa

La jueza Andrea García Vior detectó dos precedentes inexistentes. Sus colegas fueron más allá y enviaron el caso al Tribunal de Disciplina

23/09/2026
Actualizado 16:28hs

La inteligencia artificial ya forma parte del trabajo cotidiano de estudios jurídicos, empresas y profesionales. Pero utilizarla sin verificar sus respuestas puede tener consecuencias que van mucho más allá de perder un argumento en un expediente.

Un reciente fallo de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo acaba de convertir ese riesgo en una advertencia concreta para los abogados.

Todo comenzó cuando la jueza Andrea García Vior, primera mujer en presidir el colegio de abogados porteños, al analizar la apelación presentada por una empresa condenada en un juicio por despido, intentó verificar los precedentes utilizados por su defensa para sostener el recurso. Había un problema: los fallos citados no existían.

García Vior vinculó lo ocurrido con el "uso irreflexivo de herramientas de inteligencia artificial" y advirtió sobre la responsabilidad profesional que supone presentar ante la Justicia información generada por estos sistemas sin comprobar previamente su veracidad.

Pero la historia no terminó allí.

Al momento de votar, otro integrante de la Cámara, José Alejandro Sudera, decidió redoblar la apuesta. Consideró que el episodio no debía quedar limitado a una advertencia dentro de la sentencia y propuso remitir los antecedentes al Tribunal de Disciplina del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF).

El tercer juez, Leonardo Ambesi, adhirió a esa propuesta y conformó la mayoría necesaria para avanzar con la medida.

Así, un juicio laboral relativamente habitual terminó abriendo una discusión mucho más amplia: qué responsabilidad tienen los abogados por los contenidos producidos con inteligencia artificial que incorporan a sus presentaciones judiciales.

Fallo Pulpería Quilapán: por qué la Cámara rechazó las pruebas de pago de la indemnización

El expediente también permitió a la Cámara pronunciarse sobre otra cuestión de impacto para empresas y trabajadores: la aplicación de las modificaciones indemnizatorias introducidas por la Ley 27.742, conocida como Ley Bases.

El caso se había iniciado a partir de una demanda por despido contra Pulpería Quilapán S.R.L.

En primera instancia, el juez Santiago Docampo Miño hizo lugar parcialmente al reclamo, aunque rechazó determinados recargos indemnizatorios. Tanto la parte trabajadora como la empresa apelaron y el expediente llegó a la Sala II.

Al estudiar el recurso presentado por Pulpería Quilapán, García Vior reparó en los antecedentes jurisprudenciales utilizados por la defensa para respaldar sus argumentos.

Uno de ellos era "Cabral c/ Sanatorio Modelo", supuestamente resuelto por la Sala V de la Cámara laboral en 2023. El segundo, "Falcón c/ Siderca S.A.I.C.", habría sido dictado por la propia Sala II en 2022.

La búsqueda realizada en los registros de la Cámara arrojó un resultado contundente: ninguno de esos precedentes existía.

Para García Vior, no se trataba simplemente de una equivocación en una fecha, una carátula o una cita.

La utilización de jurisprudencia inexistente comprometía el deber de lealtad procesal y revelaba que las fuentes incorporadas al escrito no habían sido verificadas antes de su presentación.

Las "alucinaciones" de la inteligencia artificial llegaron a la Justicia laboral

La jueza vinculó expresamente el episodio con un fenómeno conocido en el desarrollo de modelos de inteligencia artificial generativa: las denominadas "alucinaciones".

Estos sistemas pueden generar respuestas perfectamente estructuradas y aparentemente convincentes que contienen datos falsos. En el ámbito jurídico, el riesgo adquiere una dimensión particular: una herramienta puede inventar una sentencia, construir una carátula plausible, atribuirla a determinado tribunal e incluso presentar argumentos jurídicos que parecen compatibles con ese supuesto precedente.

El problema aparece cuando ese contenido pasa de una pantalla a un escrito judicial sin que exista una comprobación humana de la fuente.

García Vior fue categórica sobre ese punto: la utilización de tecnología no elimina la responsabilidad del profesional que firma la presentación.

La sentencia recordó incluso el conocido caso estadounidense "Mata vs. Avianca Airlines Inc.", que tuvo repercusión internacional luego de que abogados presentaran ante un tribunal precedentes inexistentes generados mediante ChatGPT.

Un juez tomó la advertencia y decidió ir más allá

Hasta allí, el voto de García Vior dejaba planteada una fuerte advertencia sobre los límites del uso profesional de la inteligencia artificial.

Pero Sudera decidió avanzar un paso más.

El camarista consideró que la incorporación de jurisprudencia inexistente podía involucrar normas éticas y procesales que regulan el ejercicio de la abogacía y sostuvo que la cuestión no debía agotarse en las consideraciones formuladas dentro de la sentencia.

Por eso propuso extraer copias certificadas del memorial de apelación presentado por la empresa y enviarlas al Tribunal de Disciplina del CPACF para que analice la actuación del abogado firmante y determine si corresponde adoptar alguna medida.

Ambesi acompañó la propuesta.

De esa manera, la advertencia inicial sobre el uso de inteligencia artificial terminó convirtiéndose, por decisión de la mayoría de la Sala, en una derivación disciplinaria concreta.

Ahora será el Tribunal de Disciplina el encargado de determinar si la conducta merece algún tipo de sanción profesional.

Qué resolvió la Cámara sobre las indemnizaciones tras la Ley Bases

El caso tiene, además, otro capítulo relevante para el mundo laboral.

La desvinculación se había producido el 11 de julio de 2024, apenas días después de la publicación de la Ley Bases en el Boletín Oficial, ocurrida el 8 de julio.

Posteriormente se realizaron las intimaciones vinculadas con el pago de la indemnización por despido y la entrega de los certificados laborales.

La reforma había derogado distintas multas y agravantes que hasta entonces podían incrementar las indemnizaciones laborales, entre ellas la Ley 25.323.

La Cámara aplicó el artículo 7 del Código Civil y Comercial, referido al efecto inmediato de las nuevas leyes sobre las consecuencias de relaciones jurídicas existentes que todavía no se encuentran consolidadas.

Como las intimaciones fueron posteriores a la entrada en vigencia de la reforma, el tribunal entendió que los recargos reclamados ya no resultaban aplicables y confirmó su rechazo.

La empresa tampoco logró demostrar correctamente el pago final

Eso no significó que la decisión fuera favorable para la empresa.

Pulpería Quilapán sostuvo que había abonado $1.335.182 en agosto de 2024 en concepto de liquidación final e intentó demostrarlo mediante documentación bancaria, recibos y una pericia contable.

La Cámara consideró insuficientes esas pruebas.

Entre otras cuestiones, observó que el monto invocado no reflejaba correctamente todos los conceptos que debían integrar la liquidación y que los resúmenes bancarios habían sido desconocidos por la contraparte sin que la empresa produjera prueba informativa suficiente ante las entidades financieras para acreditar las transferencias.

Por ese motivo, la Sala II confirmó la condena económica establecida en primera instancia.

Responsabilidad profesional, las consecuencias éticas de usar inteligencia artificial en escritos judiciales

Más allá de la discusión laboral que originó el expediente, el fallo introduce un interrogante que comienza a atravesar a estudios jurídicos y departamentos legales: ¿qué ocurre cuando un abogado incorpora a un expediente información falsa producida por inteligencia artificial?

La respuesta que surge de esta sentencia tiene dos niveles.

El primero aparece en el voto de García Vior: la tecnología puede utilizarse como herramienta, pero no reemplaza el deber profesional de verificar las fuentes.

El segundo surgió de sus colegas. Sudera entendió que, frente a jurisprudencia inexistente incorporada a un escrito judicial, la cuestión podía trascender el expediente y entrar en el terreno disciplinario. Ambesi acompañó esa posición y convirtió la propuesta en mayoría.

La secuencia es significativa porque muestra cómo un problema tecnológico puede transformarse rápidamente en un problema profesional.

La inteligencia artificial puede buscar información, resumir documentos, sugerir argumentos y colaborar en la elaboración de escritos. Pero, al menos para la Sala II de la Cámara laboral, hay una frontera que permanece intacta: el algoritmo puede escribir; quien firma sigue respondiendo.