Gas: quiénes tendrán descuentos del 50% y del 20% con el nuevo régimen

La normativa beneficiará a millones de hogares en regiones con bajas temperaturas, sumando alivio al costo mensual para quienes cumplan requisitos
Gas: quiénes tendrán descuentos del 50% y del 20% con el nuevo régimen

Puntos importantes

Checkbox Checked El Gobierno estableció nuevas bonificaciones de gas por Zona Fría (50% y 20%) para usuarios, mediante Resolución 299/2026.
Checkbox Checked El 50% de descuento aplica a usuarios residenciales de la Región Patagónica, Malargüe (Mendoza) y la Puna.
Checkbox Checked Un 20% adicional es para hogares con subsidios energéticos focalizados en zonas específicas y entidades sin fines de lucro.

El Gobierno nacional estableció nuevas bonificaciones para las facturas de gas natural por redes y gas propano indiluido por redes, en el marco de la modificación del Régimen de Zona Fría. La medida fue oficializada por la Secretaría de Energía mediante la Resolución 299/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial.

La normativa fija una bonificación del 50% del precio del gas para los usuarios residenciales alcanzados por el régimen en la Región Patagónica, el departamento mendocino de Malargüe y la región de la Puna. Además, establece un descuento adicional del 20% para determinados hogares que reciben subsidios energéticos y cumplen con los requisitos establecidos.

La resolución lleva la firma de la secretaria de Energía, María Carmen Tettamanti, y reglamenta la aplicación de los beneficios previstos en la Ley 27.828, que modificó el esquema de subsidios para las zonas frías.

Quiénes tendrán el descuento del 50% en el gas

El artículo 1 de la resolución establece una bonificación equivalente al 50% del precio del gas natural y del gas propano indiluido por redes para los consumos alcanzados por el Régimen de Zona Fría.

El beneficio comprende a los usuarios residenciales del servicio de gas por redes y a los usuarios del Servicio General P de las localidades abastecidas con gas propano indiluido por redes, dentro de las siguientes regiones:

  • La Región Patagónica
  • El departamento de Malargüe, en Mendoza
  • La región conocida como Puna

Las distribuidoras y subdistribuidoras deberán aplicar la bonificación directamente en las facturas de los usuarios alcanzados, de acuerdo con el procedimiento previsto en la reglamentación.

Cómo funciona el descuento adicional del 20%

La resolución también establece una bonificación adicional equivalente al 20% del Precio Anual Uniforme (PAU) del gas natural y del precio del gas propano indiluido por redes correspondiente a los consumos base.

Este beneficio no alcanza automáticamente a todos los usuarios de las zonas frías. Para acceder, los hogares deberán cumplir simultáneamente con cuatro condiciones: estar inscriptos en el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), tener el suministro ubicado en subzonas bioambientales específicas, no estar en las regiones con bonificación del 50% y cumplir al menos uno de los criterios de elegibilidad previstos en la Ley 27.828.

  • Estar inscriptos en el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF)
  • Tener el suministro ubicado en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI, definidas por la norma IRAM 11.603/12
  • No estar comprendidos en las regiones que reciben la bonificación del 50% establecida para la Patagonia, Malargüe y la Puna
  • Cumplir al menos uno de los criterios de elegibilidad previstos en la Ley 27.828 para recibir el beneficio adicional

La bonificación del 20% será complementaria al subsidio que corresponda dentro del régimen SEF y se aplicará sobre los consumos base determinados por la normativa vigente.

Qué pasa con los clubes y las entidades sin fines de lucro

La resolución también contempla a las entidades de bien público, los clubes de barrio y de pueblo y otras categorías de usuarios sin fines de lucro asimilables.

Para estos usuarios, la bonificación adicional del 20% se aplicará sobre la totalidad del volumen consumido, sin límites de consumo, de acuerdo con las disposiciones de las leyes 27.098 y 27.218 y del decreto 943/2025.

La medida busca adecuar el tratamiento de estos usuarios a las reglas específicas que regulan las tarifas de las entidades de bien público y los clubes de barrio.

Cómo se identificarán los hogares beneficiarios

La Secretaría de Energía dispuso que la identificación de los hogares y suministros alcanzados se realice mediante el cruce de información del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) con los datos correspondientes a la ubicación del suministro y las zonas bioambientales contempladas por el régimen.

La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética deberá instrumentar los mecanismos para identificar, incorporar, actualizar, revisar y excluir a los hogares que correspondan.

A partir de esa información, se elaborará un padrón que será puesto a disposición del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE). El organismo deberá comunicarlo a las distribuidoras y subdistribuidoras para que apliquen la bonificación adicional en las facturas correspondientes.

Las empresas también tendrán que informar, con carácter de declaración jurada, los consumos y descuentos aplicados a los usuarios incluidos en el padrón.

Cuándo entran en vigencia los descuentos por Zona Fría

La Resolución 299/2026 entra en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial, el 27 de octubre de 2026. Sin embargo, establece que las bonificaciones se aplicarán a los consumos comprendidos desde la entrada en vigencia de la Ley 27.828, publicada el 13 de octubre de 2026.

La norma se enmarca en la reforma del Régimen de Zona Fría introducida por esa ley, que modificó el artículo 75 de la Ley 25.565 y derogó varios artículos de la Ley 27.637.

La reglamentación fue aprobada mediante el Decreto 1.266/2026, del 25 de octubre, que facultó a la Secretaría de Energía a determinar las bonificaciones y compensaciones correspondientes.

Con la nueva resolución, el Gobierno definió los porcentajes de descuento, los criterios de acceso al beneficio adicional y el procedimiento que deberán seguir los organismos y las empresas para identificar a los usuarios y aplicar las bonificaciones en las facturas.

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