"Las retenciones son inconstitucionales y confiscatorias"

Ignacio Fernández Borzese y Verónica Curci, de TWR Abogados señalan que las medidas dispuestas por el Gobierno podrí­an corregirse en la justicia
Por iProfesional
LEGALES - 28 de Marzo, 2008

La gran adhesión al paro agropecuario en las rutas y en las calles, deberí­a ser acompañada con la interposición de medidas judiciales por las que se cuestione la constitucionalidad del abusivo mecanismo de gobierno: las retenciones móviles al agro.En este punto del conflicto, que pareciera no solucionarse mediante la conciliación polí­tica, resulta necesaria la intervención de la justicia en la cuestión. En efecto, en el debate sobre el aumento de las retenciones sobre la soja y girasol, subyace un análisis sobre la legitimidad de la Resolución del Ministerio de Economí­a 125/2008 (del 10.03.2008) y sus normas complementarias.Las condiciones están dadas para recurrir al Poder Judicial. La flagrante ilegitimidad de la implementación de las retenciones, y más aún su reciente aumento, vulnera derechos y garantí­as constitucionales.

  • Principio de legalidad: Atento que las retenciones, y sus incrementos, fueron establecidas por decretos y resoluciones y no por el dictado de una ley del Congreso de la Nación, se viola el principio constitucional de legalidad que impide que los impuestos (entre los que se incluyen las retenciones) o sus elementos sustanciales (aumentos de tasas o alí­cuotas) sean creados por el Poder Ejecutivo (ya sea nacional o local).
  • Principio de no confiscatoriedad: Las actuales retenciones tienen efectos confiscatorios, pues se superponen, y exceden, al impuesto a las ganancias. Incluso, podrí­a absorber una parte sustancial de la renta de los productores.
  • Principio de igualdad: En tanto tratan de forma desigual (y más gravosa) al productor agropecuario con relación a los restantes sectores del campo. Esta discriminación ante las cargas públicas se encuentra prohibida por la Constitución Nacional.
  • Principio de capacidad contributiva: Las retenciones, al aplicarse sobre los ingresos brutos (valor de venta), no toman en cuenta la situación patrimonial de los productores ni la utilidad de las explotaciones agropecuarias. Así­, olvidan el principio reconocido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en cuanto que los impuestos deben observar la manifestación de riqueza que absorben.

La violaciones perpetuadas por el poder polí­tico obligan a defender nuestros derechos mediante la interposición de acciones judiciales, como la acción declarativa de certeza, y la solicitud de medidas cautelares en la que se requiera la inmediata suspensión de los aumentos sobre las retenciones. Es momento de intentar por ví­a judicial poner coto final a la arbitrariedad y los conflictos entre el Poder Ejecutivo y el campo.Ignacio Fernández Borzese y Verónica Curci, TWR AbogadosEspecial para infobaeprofesional.com

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