Destacan los cambios introducidos en el contrato de tiempo parcial

Para Andrea Mac Donald la reforma protege a los empleados bajo esta modalidad al extenderles la prohibición de realizar horas extras
Por iProfesional
LEGALES - 26 de Enero, 2009

Luego de su reciente sanción legislativa, producida en diciembre pasado, el Gobierno oficializó la reforma a la Ley de Contrato de Trabajo mediante la publicación de la ley 26474. Se trata de una modificación realizada sobre los alcances del contrato de trabajo "a tiempo parcial" y establece qué requisitos deben producirse para que una relación de trabajo pueda ser considerada como celebrada bajo esa condición.El contrato a tiempo parcial es aquel que reviste como caracterí­stica principal la de obligar al trabajador a prestar su actividad a través de una determinada cantidad de horas al dí­a, a la semana o al mes siempre que las mismas sean inferiores a las dos terceras partes de la jornada habitual de la jornada laboral. Uno de los agregados que introduce la Ley 26474 al artí­culo mencionado en su primer párrafo es "si la jornada pactada supera esa proporción, el empleador deberá abonar la remuneración correspondiente a un trabajador de jornada completa". Aquí­ destacamos que el legislador introdujo en la reforma del artí­culo 92 ter. de la LCT, la idea de jornada de trabajo completa aquella que abarca el tiempo puesto a disposición del empleador, no considerándose tiempo trabajado aquel en el cual el dependiente puede disponer en beneficio propio, siendo en caso de incumplimiento de parte del empleador, se encontrará obligado a abonar dicha remuneración como a un trabajador de jornada de trabajo completa. En el segundo item del artí­culo 92 ter de la LCT se introduce otra de las variantes de la actual reforma en donde se expresa que "los trabajadores contratados a tiempo parcial no podrán realizar horas "suplementarias" o extraordinarias, salvo el caso del artí­culo 89 de la presente ley". El término "horas suplementarias" es aquella que excede la jornada de 8 horas o bien la jornada prevista en el convenio colectivo de trabajo. De modo tal que ahora con la reforma, se extiende la prohibición de realizar horas suplementarias o extraordinarias aquellos trabajadores que estén bajo la modalidad de los contratos a tiempo parcial, manteniéndose la excepción prevista por el artí­culo 89 de la LCT el cual hace referencia cuando el trabajador este obligado a prestar auxilios que se requieran en caso e peligro grave o inminente para las personas o para las cosas incorporadas a la empresa, siendo el mismo una situación o hecho excepcional en este caso. Otra de las modificaciones a la actual reforma del artí­culo 92 ter de la LCT es en el item 4 en el último párrafo cuando expresa " los aportes y contribuciones para la obra social será la que corresponda a un trabajador de tiempo completo de la categorí­a en que se desempeñe el trabajador". Dicho párrafo es otra de las modificadas introducidas por la Ley 26474 al mencionado artí­culo. Por último, otra de las modificaciones al artí­culo 92 ter de la LCT es "los convenios colectivos de trabajo determinarán el porcentaje máximo de trabajadores a tiempo parcial que en cada establecimiento se desempeñarán bajo esta modalidad contractual...". En el texto anterior del mencionado artí­culo, no existí­a la obligación de parte de los convenios colectivos de trabajo en la determinación del porcentaje máximo para los trabajadores que trabajen contratados a tiempo parcial. A nuestro parecer, las modificaciones introducidas por la Ley 26.474 al artí­culo 92 ter. de la LCT, han sido acertadas por el legislador, otorgándole a los trabajadores que estén contratados bajo la modalidad a tiempo parcial, más protección ante incumplimientos de parte de los empleadores en determinados casos y en materia de seguridad social.Andrea Mac Donald, jefa de Trabajos Prácticos de la cátedra Análisis Económico y Financiero y de Elementos de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Buenos Aires.Especial para iProfesional.com 

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