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El feriado del 25 de mayo, ¿se traslada o es inamovible?

La fecha en la que se celebra la semana de la Revolución de Mayo cae en día sábado. ¿Qué ocurrirá con el transporte durante ese fin de semana?
17/05/2019 - 07:40hs
El feriado del 25 de mayo, ¿se traslada o es inamovible?

A fines de 2018, el Ministerio del Interior de la Nación confirmó qué días serán feriados inamovibles durante 2019, cuáles serán trasladables y aquellos días no laborables.

En el caso del 25 de mayo, que cae sábado, está dentro de los considerados inamovibles. Es decir que no será trasladado a otra fecha y deberá respetarse el día exacto en el que figura en el almanaque.

Además, en las últimas horas, desde la Unión de Tranviarios Automotor (UTA) confirmaron que ese día no habrá servicios de transportes en todo el país.

El calendario 2019 incluyó, desde principio de año, 19 feriados, entre los cuales sólo 3 fueron programados como "puente" con fines turísticos. Además, se establecieron otros 15 días que serán no laborables exclusivamente para integrantes de la comunidad armenia, judía e islámica.

Los feriados no laborables que quedan para 2019

-Junio:

Martes 4 de junio, día no laborable para la comunidad islámica por la Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán.

Lunes 17, feriado por Paso a la inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes.

Jueves 20, feriado por Paso a la inmortalidad del General Manuel Belgrano.

-Julio:

Lunes 8, feriado puente.

Martes 9, feriado por el Día de la Independencia.

-Agosto:

Sábado 17, feriado por Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín.

Lunes 19, feriado puente.

Sábado 31, año nuevo islámico.

-Septiembre:

Domingo 29 y lunes 30, Año Nuevo Judío.

-Octubre

Martes 1°, Año Nuevo Judío.

Martes 8, Miércoles 9, Día del Perdón.

Sábado 12, feriado por el Día del Respeto a la Diversidad Cultural.

Lunes 14, feriado puente.

–Noviembre:

Lunes 18, feriado por el Día de la Soberanía Nacional

–Diciembre:

Domingo 8, feriado por el Día de la Inmaculada Concepción de María.

Miércoles 25, feriado por Navidad.

Los feriados inamovibles y los feriados trasladables se rigen por la Ley 27.399, sancionada por el Congreso en 2017. En día no laboralble es una fecha donde el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines. En otras palabras, el descanso queda supeditado a la voluntad de la compañía.

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