• 30/9/2024

Empleados de comercio: cuáles son las ramas que cerraron aumentos para octubre 2024

Quiénes son los empleados de comercio que cobrarán con aumento de sueldo en octubre y cómo queda la escala salarial en cada rama.
Por PK
27/09/2024 - 09:21hs
aumento de sueldo para empleados de comercio

Algunos de los empleados de comercio afiliados a la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) cobrarán con aumento de sueldo en octubre. pero el beneficio en el salario no será para todos por igual.

El de empleados de comercio es el gremio más numeroso del país, con más de 1,2 millones de afiliados. Esto es así porque su representación incluye no solo a quienes se desempeñan en locales comerciales tradicionales sino también a otras ramas, como los call centers y las empresas de turismo. 

Hasta el cierre de este artículo, solo dos de las ramas de empleados de comercio tendrán un aumento en el salario de septiembre, que se cobra en octubre, como resultado de negocioaciones paritarias anteriores.

Quiénes son los empleados de comercio que cobrarán con aumento y cómo queda la escala salarial en cada rama. 

Empleados de comercio: cuáles son las ramas que cerraron aumentos 

Mientras FAECYS sigue negociando paritarias para las ramas más numerosas de empleados de comercio, hay dos de ellas que cobrarán con aumento en octubre los sueldos de septiembre: la de acopio de cerelaes y la de agencias de turismo.

Esos aumentos serán en torno al 4% mensual y son fruto de negociaciones paritarias salariales llevadas a cabo en julio pasado. 

Agencias de turismo

Los afiliados al Sindicato de Comercio por la rama de agencias de turismo (CCT 547/08) cerraron en julio un aumento de sueldo no remunerativo del 13,5% a pagar de la siguiente manera: 

  • 5% para los sueldos de julio,
  • 4,5% para los de agosto
  • 4% en septiembre.

Esto significa que la escala salarial para esta rama en septiembre será la siguiente: 

  • Administrativo A1 - Superior: $ 852.065,63
  • Administrativo A2 - Administrativo 1°: $ 842.758,85
  • Administrativo A2 - Administrativo 2°: $ 836.410,43
  • A4 - Recepcionista: 826.257,16
  • A5 - Cadete: $ 823.718,85
  • A6 - Maestranza: $ 819.061,62
  • B1 - Supervisor: $ 852.065,63
  • B2 - Supervisor: $ 842.758,85
  • B3 - Supervisor: $ 838.527,06
  • B4 - Promotor: $ 825.832,34
  • C1 - Supervisor: $ 852.065,63
  • C2 - Auxiliar 1°: $ 838.527,06
  • C3 - Auxiliar 2°: $ 830.910,86
  • C4 - Conductor: $ 842.758,85
  • C5 - Encargado de vehículo: $ 830.064,53

Ese 4% de incremento salarial llegará a los bolsillos en octubre, y sobre dicho aumento se abonarán también los adicionales de antigüedad, presentismo al tiempo que tomados en cuenta para el cálculo del SAC.

Acopio de cereales

Para los afiliados al gremio de empleados de comercio comprendidos en el Convenio Colectivo en la Actividad Cerealera Anexo al 130/75, el acuerdo en julio también fue del 13,5% a repartir de la siguiente manera: 

  • 5% en julio

  • 4,5 % a partir de agosto 

  • 4% para septiembre

En ese marco, la escala de sueldos de los afiliados en la rama acopio de empleados de comercio será la siguiente en septiembre:

  • Maestranza 25.000 Tn: $ 964.590,96

  • Administrativo 25.000 Tn: $ 1.049.999,50

  • Cajeros 25.000 Tn: $ 1.001.399,85

  • Personal auxiliar 25.000 Tn: $ 1.032.577,15

  • Auxiliar especializado 25.000 Tn: $ 1.013.545,73

  • Vendedores 25.000 Tn: $ 1.018.148,02  

Al igual que ocurre con la rama de turismo turismo, sobre dicha actualización se abonarán los adicionales de antigüedad, presentismo y será tomado en cuenta para el SAC.

Por otra parte, algo que impactará los sueldos de empleados de comercio en octubre es que se incorporan al básico sumas no remunerativas que fueron liquidadas a principios de año. Las mismas,que son de distintos montos de acuerdo a la categoría del empleado, se integrarán a los salarios básicos en tres pagos mensuales, distribuidos entre los meses de septiembre, octubre y noviembre.

Los empleados de comercio de la categoría "A" -que incluye a los cajeros- percibirán sumas no remunerativas de $168.259,25, las cuales se dividirán en tres pagos de $56.086 que se añadirán a sus salarios. En tanto, los empleados de la categoría "B", que corresponde a vendedores, también verán un aumento en sus haberes. En este caso, recibirán una suma no remunerativa de $171.865,09.

FAECYS se encuentra todavía negociando nuevos ajustes salariales para la rama más numerosa de los mercantiles. Pero a fines de septiembre no se sabe si los mismos llegarán a tiempo para impactar los haberes del prómo mes o si se negociará en retroactivo. Las últimas mejoras fueron acordadas para los meses de junio a agosto inclusive.

Las negociaciones las conduce Armando Cavalieri por parte del Sindicato de Empleados de Comercio, con los representantes de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (EUDECA).

Fuentes gremiales consultadas por iProfesional no descartaron que el Sindicato de Comercio siga la modalidad de otros gremios -como el de los plásticos y el de maestranza- que sellaron paritarias más largas y no ya bimestrales  trimestrales, como se produjo comunmente en 2024. 

En el caso de los mercantiles se está hablando de un semestre (terminaría en marzo), con cláusula de revisión en diciembre.

En caso de que se pacte una mejora del sueldo para octubre, noviembre y diciembre (como pretenden la Federación), la misma podría tener un piso del 6 por ciento y un techo del 10 por ciento

Cuándo es el día del empleado de comercio

El Día de Empleado de Comercio es el 26 de septiembre, que este año cae jueves. En esa fecha los agremiados a FAECYS tienen un franco, y por eso permanecen cerrados los grandes comercios y supermercados. 

El año pasado esta jornada de los empleados de comercio fue adelantada al lunes 25 para formar un fin de semana largo. Pero este año no se correrá la fecha, así que será el jueves 26 de septiembre

El Día del Empleado de Comercio se celebra cada 26 de septiembre desde la sanción de la Ley 26.541, el 11 de noviembre de 2009. Algunos supermercados, tiendas de ropa o calzado, bazares, kioscos, jugueterías, almacenes y shoppings van a permanecer cerrados. Ese día "los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales", indica el artículo 2 de la ley.

Quienes trabajan en el rubro pueden gozar del día feriado y tienen derecho a no trabajar ese día. Los dueños que decidan que de todas maneras se trabajará ese jueves, deben pagar la jornada como un día feriado.

Mientras tanto, continúan las discusiones paritarias para determinar las nuevas subas de salario que corresponderán a los empleados de comercio en los últimos meses del año. 

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