• 18/12/2025
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Qué derechos laborales tiene una persona en período de prueba

Con la reforma laboral, surgen muchas dudas sobre cuáles son los cambios y qué derechos laborales tienen las personas en período de prueba
Por IM
10/08/2025 - 18:00hs
trabajo

Si bien desde la gestión de Javier Milei hubo algunos cambios en materia laboral, muchos otros dependen de la aprobación e implementación de una reforma laboral completa. Sin embargo, a través del decreto 847, se publicó en el Boletín Oficial, el capítulo laboral de la Ley Bases, hubo algunas modificaciones, especialmente en los trabajadores en período de prueba.

Desde iProfesional te contamos los derechos laborales que tienen las personas en período de prueba y las modificaciones introducidas por el Gobierno.

Cambios en los trabajadores en período de prueba

La principal modificación del decreto es que se extendió de tres a seis meses el período de prueba de los trabajadores. Además, se contempla que ese plazo, si existe acuerdo convencional, se extienda hasta ocho meses en las empresas de 6 a 100 empleados, y de hasta un año para las unidades con hasta cinco empleados.

A su vez, no está admitido que el empleador pueda contratar al mismo empleado más de una vez usando el período de prueba, ya que, de hacerlo, se considera que este renunció al período y cuenta como trabajo en relación de dependencia. De esta forma, se mantiene el resto de las condiciones para los trabajadores en período de prueba.

Los derechos laborales que le corresponde a los trabajadores en período de prueba

La Ley de Bases no modificó la normativa con respectos los derechos laborales, sino que dejó en claro que el trabajador a prueba tiene los mismos beneficios y coberturas que el trabajador registrado en relación de dependencia.

Por lo tanto, la única diferencia es el plazo que las partes tienen para extinguir la relación laboral sin estar obligados a revelar la causa y sin derecho a indemnización por parte del empleado, con motivo de la extinción. En otras palabras, no se genera un vínculo de relación de dependencia.

Derecho a un salario justo

El salario acordado con el empleador no puede ser inferior al convenio colectivo de trabajo ni al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). De esta forma, el trabajador tiene los mismos derechos en materia salarial que cualquier otro empleado de dicho rubro.

Queda prohibida la discriminación salarial por motivos de género, origen étnico, religión, orientación sexual, entre otras condiciones.

Jornada laboral y horas extras

Al igual que los empleados en relación de dependencia, los trabajadores en período de prueba no pueden exceder las 8 horas diarias o las 48 horas semanales. Por lo tanto, si el tiempo excede esos límites, constituye horas extraordinarias.

Las horas extras se abonan con un recargo del 50% sobre el valor de la hora habitual para los días hábiles y del 100% para las que se trabajen en domingos y feriados. A su vez, entre el cese de una jornada y el comienzo de la otra, debe mediarse un descanso mínimo de 12 horas consecutivas.

Descansos obligatorios, vacaciones y licencias

Los trabajadores tienen derecho a un descanso semanal obligatorio, Además, todo empleado tiene derecho a un día de descanso semanal completo, el cual suele ser el domingo, aunque depende del rubro. En el caso de trabajar en esa jornada, el salario corresponde con un recargo del 100%.

En paralelo, también está garantizadas las vacaciones remuneradas proporcionales al tiempo trabajado. Además, hay derechos que se mantienen, como las licencias especiales por maternidad y paternidad, fallecimiento de familiares, matrimonio, entre otros. Cabe mencionar que, en el presente 2025, hubo un fallo que obligó a indemnizar a una trabajadora que estaba en período de prueba por ser despedida con motivo de embarazo.

Aportes a la seguridad social y la salud

Durante ese período, el trabajador tiene derecho a que el empleador le realice los debidos aportes patronales a la seguridad social, los cuales incluyen:

  • Jubilación (ANSES)
  • Obra social o medicina prepaga
  • Seguro de desempleo
  • Asignaciones familiares
  • Cobertura de salud: el empleado tiene derecho a acceder a la cobertura de salud a través de la obra social correspondiente a su actividad o sindicato
  • Riesgos del trabajo: ante un accidente o enfermedad laboral, el trabajador está amparado por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), que debe cubrir la atención médica, rehabilitación e indemnizaciones en caso de invalidez

Cabe mencionar que, para que el período de prueba se considere aplicable, la relación debe estar registrada como tal ante los organismos competentes. De lo contrario, se considera que el empleador renunció a dicho período. Por último, en el caso de cese laboral, el empleador no tiene que abonar una indemnización por despido ni dar detalles de los motivos de la desvinculación.

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