Revisión de la cuota alimentaria: ¿cuándo se puede pedir un aumento o una reducción del monto?
En un contexto económico complicado, tanto por la inflación, el encarecimiento del costo de vida en términos reales y los despidos productos de la recesión económica, la cuota alimentaria pasa a ser un inconveniente en muchas familias.
Por un lado, se necesita más dinero para criar a los hijos, pero, por otro lado, si la persona que paga la cuota alimentaria tuvo un cambio importante en su economía como, por ejemplo, perder su trabajo, es posible que solicite una reducción.
En esta nota te contamos en qué casos se puede solicitar un aumento o disminución de la cuota alimentaria y cómo se diga.
Cuota alimentaria: cuándo se puede solicitar un aumento y en qué casos una reducción
El aumento de la cuota alimentaria puede solicitaren varios casos. Uno de ellos es que, si existe un acuerdo de alimentos y este no tuvo una modificación o actualización, tanto porque se tenga el acuerdo fijado en una suma de dinero en pesos todos los meses como si se ha establecido un porcentaje de los ingresos del alimentante (aunque este último es menos probable).
Otro de los casos se da cuando progenitor que pasa la cuota de alimentos no colabora con las tareas de cuidado de los hijos, es decir, las actividades de crianza que la otra parte lleva con sus hijos. En estos casos, lo más común es que, además de solicitar el aumento, se tengan en cuenta y se cuantifiquen las tareas de cuidados que esta persona hace con sus hijos.
Por último, también suele darse cuando transcurrieron varios años desde que se acordó la cuota de alimentos, ya sea verbalmente con el progenitor o judicialmente, y los hijos tienen gastos más elevados, ya sea porque realizan más actividades o por distintas cuestiones.
En paralelo, la reducción de la cuota alimentaria también es posible, en especial cuando existen modificaciones en las circunstancias que justificaron el acuerdo inicial, como puede ser una disminución considerable en los ingresos de la persona que paga la cuota, como, por ejemplo, perder el trabajo o sufrir una reducción salarial.
Otro de los casos, aunque menos habitual, se da cuando los gastos de los hijos han disminuido. Por ejemplo, si uno de los hijos requería de cuidados especiales y ahora se recuperó. También puede solicitarse cuando el progenitor obligado tuvo más hijos y la cuota afecta su capacidad económica de forma considerable. Por ejemplo, no puede alimentar a sus nuevos hijos.
Por último, si el hijo alcanza la mayoría de edad y ya no cumple con los requisitos para recibir alimentos (por ejemplo, si ha terminado sus estudios y no se encuentra en situación de dependencia económica), se podría solicitar la reducción e incluso la finalización del pago de la cuota.
Los parámetros para fijar la cuota alimentaria
La cuota alimentaria puede establecerse de forma privada entre los padres, llegando a un acuerdo en el monto o porcentaje, la periodicidad (generalmente mensual) y la forma de pago. Sin embargo, para que este acuerdo tenga validez legal y sea exigible, debe ser homologado por un juez en el fuero de familia.
Ante la falta de consenso o uno de los progenitores incumple con su responsabilidad, la vía judicial es fundamental. En esos casos, el juez determina el valor de la cuota alimentaria, teniendo en cuenta factores como las necesidades del hijo o hija, los ingresos de ambos padres y el nivel de vida previo a la separación.
Y, si bien como tal no existe un monto fijo ni universal, la Justicia argentina suele calcular la cuota alimentaria tomando como referencia parámetros económicos. Por ejemplo, si el alimentante trabaja en relación de dependencia, se suele fijar entre el 20% y el 30% del ingreso neto, según número de hijos y nivel de vida anterior.
Este valor puede parecer genérico, pero responde a una evaluación judicial minuciosa que contempla múltiples cuestiones como las necesidades del hijo o hija (educación, salud, alimentación y recreación), los ingresos de ambos progenitores, el nivel de vida previo a la separación, la cantidad de hijos y el régimen de cuidado y visitas.
No obstante, algunos tribunales usan índices como la canasta de crianza del INDEC o el salario mínimo, vital y móvil como referencia de automodificación. Tanto para solicitar un aumento o reducción, puede darse entre los padres, si no hubo intervención de un juez. Sin embargo, lo más aconsejable es que, sea en cualquiera de los dos casos, consultar con un abogado especializado en la materia.