• 18/12/2025
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¿Se puede anular un adelanto de herencia en Argentina? Casos en que la ley lo permite

Las donaciones en vida han ganado terreno en el último tiempo, aunque, si hay arrepentimiento, la situación puede complicarse bastante
Por IM
30/08/2025 - 17:50hs
herencia

Cada vez es más común hablar de un "adelanto de herencia". No obstante, en la práctica, suele ser una donación que la persona hace en vida a un futuro heredero. Por ejemplo, un padre le dona un inmueble a su hijo.

El mismo se rige por el Código Civil y Comercial (CCyC) y tiene algunas limitaciones, en especial con respecto a su revocación.

¿Cuándo se puede anular una donación?

Dejar sin efecto una donación solo se da en casos excepcionales como los siguientes:

  • Falta de forma: las donaciones de inmuebles, muebles registrables o prestaciones periódicas/vitalicias tienen que hacerse por escritura pública, ya que, de lo contrario, son nulas
  • Vicios del consentimiento o capacidad: si hubo de por medio fuerza o intimidación (violencia, amenazas) o actos de personas con incapacidad en condiciones que la ley prevé, genera la nulidad de la donación, aunque debe probarse
  • Incumplimiento de cargos, si la donación tenía obligaciones a cargo del donatario y este no las cumple, se revoca la donación
  • Ingratitud: ante casos particulares como un atentado grave contra el donante, negarle alimentos, entre otras acciones, pueden revocar la donación
  • Supernacencia de hijos solo si se pactó expresamente en la donación

Fuera de casos particulares como estos, la donación es válida y no se puede anular. No obstante, si afecta a la legítima, entran en juego conceptos como la colación y/o la reducción.

El primero consiste en un mecanismo intra-familia para igualar entre coherederos lo que alguno recibió en vida. Quien recibió una donación "trae" (en valor) ese beneficio a la masa hereditaria para repartir en forma equitativa.

Se encuentran obligados los descendientes y el cónyuge que concurren a la sucesión, salvo dispensa válida. En el caso de la reducción, se da cuando una donación excede lo que el causante podía regalar sin afectar la legítima. Es decir, si la donación a un descendiente o cónyuge supera porción disponible + legítima del donatario, está sujeta a colación y la diferencia se compensa en dinero.

¿Es posible dejar sin herencia a los hijos y/o cónyuge?

Ayelen H. Paez Pieri, escribana, asegura que no es obligatorio dejar herencia. Es decir, la persona puede gastar todo su patrimonio en cualquier momento, sin que exista derecho a reclamo alguno. Sin embargo, si al momento del fallecimiento, existiesen bienes, estos tendrán una porción obligatoria para los herederos.

En este sentido, la ley argentina, mediante su Código Civil y Comercial, garantiza el derecho de "Legítima" de los familiares directos, como herederos forzosos. Por este motivo, aquellos que quieran disponer de sus bienes, como, por ejemplo, dejarle bienes a una entidad sin fines de lucro, solo podrán hacerlo en parte.

Por ejemplo, el patrimonio que se puede dejar a terceros como amigos o entidades sin fines de lucro, por poner dos casos, es del 50% en caso de que sus herederos forzosos sean los padres o un cónyuge, y el 33,3% en caso de que sean sus hijos.

El resto de esos porcentajes irá, como dicta la ley, a sus familiares directos. Si el testador no tiene herederos legitimarios, puede dejar la totalidad de sus bienes a modo de legado solidario. De esta forma, para aquellos que no quieran dejarle una herencia a sus hijos, tienen que vender y gastar sus bienes en vida.

Por ejemplo, si se quiere donar la totalidad del patrimonio, es posible realizar donaciones en vida, las cuales no pueden ser reclamadas por los herederos forzosos. Es importante tener presente que, en Argentina, solo es posible desheredar por indignidad, lo que requiere de una resolución judicial. Algunas de estas causales son que el heredero atente contra la vida del causante, cometa delitos contra este o su familia, niegue alimentos sin causa justificada y/o acuse falsamente de un delito con pena grave al causante.

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