MUNDO LABORAL

Reforma laboral, cambios clave a las indemnizaciones y el rol de los sindicatos

En caso de aceptar el fondo de cese laboral, cuál es el rol de los sindicatos en el marco de la reforma laboral de Javier Milei
Por Z.L.L
MANAGEMENT - 05 de Septiembre, 2025

La Ley de Bases aprobada en 2024 dio inicio a una reforma laboral más profunda que quiere desarrollar el gobierno de Javier Milei. Desde entonces se fueron sedimentando varios cambios clave que modifican la legislación laboral en temas como las indemnizaciones a los trabajadores. ¿Cuáles son los cambios hasta ahora y cuál es el rol de los sindicatos?

Cambios clave con la reforma laboral en 2025

La reforma laboral iniciada en 2024 con la Ley 27.742 tiene varios objetivos respecto del panorama laboral. El principal es crear un entorno propicio para generar un aumento del empleo registrado en la Argentina. Para ello, se redujeron las multas, gastos y riesgos para empleadores, además de tomar medidas para reducir la litigiosidad laboral. 

De acuerdo a la consultora Arizmendi, los siguientes son algunos de los cambios clave que se oficializaron con la reforma laboral hasta este momento. 

  • Presunción de relación laboral (art. 23 de la Ley de Contrato de Trabajo, LCT, N°20.744): ya no opera automáticamente en todos los casos. Si existen contratos de locación de servicios, facturas, y pagos bancarios habituales, el trabajador deberá aportar mayores pruebas.
  • Nueva indemnización por despido discriminatorio (art. 245 bis): se crea una indemnización agravada por despido discriminatorio que se fija entre un 50% y hasta un 100% sobre la indemnización por antigüedad del Art. 245 de la LCT.
  • Derogación de multas laborales: se eliminan multas a favor del trabajador por trabajo no registrado, falta de certificados o demoras en el pago de indemnizaciones.
  • Modificación de los topes indemnizatorios
  • Período de prueba: se extendió de 3 a 6 meses.
  • Fondos de cese laboral: habilitados como alternativa a las indemnizaciones tradicionales.

Para Arizmendi, el impacto de estos cambios se notará en la mayor complejidad judicial (con la eliminación de sanciones tarifadas, disminuyen los incentivos económicos de los juicios, pero puede haber más reclamos por reparación integral) y con una carga probatoria más exigente en los litigios: la presunción laboral ya no alcanza en ciertos casos, por lo que la acreditación del vínculo será más difícil.

Qué cambia con el fondo de cese laboral

La LCT establece que ante un despido sin justa causa, el empleador debe abonar al trabajador una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de antigüedad o fracción mayor a tres meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada. A esto se suman otros rubros como el preaviso, la integración del mes de despido y las vacaciones no gozadas, entre otros.

Tras la reforma laboral de Javier Milei ese régimen indemnizatori sigue vigente. Solo se amplió la posibilidad a que, de común acuerdo entre sindicatos y empleadores, se adope un sistema distinto que lo reemplaza: el fondo de cese laboral. 

En lugar de tener que pagar una indemnización, con este sistema el empleador realizaría aportes mensuales con un tope en relación al salario del empleado, a una cuenta individual del trabajador. Se formaría así un fondo al cual éste accedería en caso de despido. Al mismo tiempo, se propuso que esos Fondos de Cese Laboral puedan cotizar en el mercado de capitales. De esta forma, los empleados podrán decidir cómo invertir ese monto que se les aporta en previsión de su desvinculación.

Recientemente la Comisión Nacional de Valores dio un importante paso para concretar este cambio clave de la reforma laboral: reglamentó la creación y funcionamiento de estos instrumentos a través del Decreto 847/2024 y la Resolución General 1071/2025.

Las dos figuras principales que se crearon para estos fondos son:

  • Fondos Comunes de Inversión (FCI) Abiertos de Cese Laboral:
  • Son un tipo de fondo que reúne el dinero de muchos aportantes (en este caso, empleadores y trabajadores) para invertirlo en diversos instrumentos financieros. Estos FCI no cotizan en bolsa, pero invierten en activos que sí lo hacen (acciones, bonos, instrumentos de deuda, etc.). El valor de la "cuotaparte" (la parte del fondo que le corresponde a cada trabajador) varía en función del rendimiento de estas inversiones. 

    2. Fideicomisos Financieros (FF) de Cese Laboral:

    Son estructuras más flexibles donde un fiduciario administra los aportes del empleador en beneficio de los trabajadores. Estos fideicomisos tampoco cotizan en bolsa, pero pueden emitir "valores fiduciarios" que se negocian en el mercado.

    Esto permitiría que los empleadores que adopten el fondo de cese laboral en detrimento de la indemnización tradicional inviertan el capital que el empleador va aportando a su cuenta de la mejor forma que vean, de manera de generar rendimientos y aumentar su valor. 

    Indemnizaciones y el rol de los sindicatos

    En los cambios de la reforma laboral, los sindicatos en Argentina juegan un papel crucial, sobre todo en lo que refiere a la implementación del nuevo régimen de fondo de cese laboral.

    Este sistema, impulsado por el Gobierno, no es de aplicación obligatoria general, sino que depende de la negociación colectiva, y es entonces donde los gremios pueden defender el sistema tradicional de indemnizaciones o aceptar el cambio a la modalidad de fondo de cese laboral.

    El nuevo régimen de fondo de cese laboral se introduce como una alternativa al sistema indemnizatorio tradicional del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo. Para que se aplique en un sector o empresa, los sindicatos deben acordarlo con las cámaras empresariales correspondientes a través de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo (CCT). Es en estas negociaciones donde los sindicatos definen:

    • Adhesión o no al sistema: pueden decidir si adoptan este fondo o si prefieren mantener el régimen de indemnización por antigüedad.
    • El porcentaje de aporte: el decreto establece un tope de hasta el 8% de la remuneración mensual del trabajador para los aportes, pero el porcentaje exacto se determina en el CCT. En algunos sectores como la construcción (representada por la UOCRA), los aportes pueden ser mayores, alcanzando hasta el 12% durante el primer año.
    • Las condiciones de administración y funcionamiento: aunque existen marcos regulatorios (como la Comisión Nacional de Valores y el Banco Central de la República Argentina), los sindicatos influyen en cómo se implementará el fondo, incluyendo su posible administración a través de fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros.

    El papel del sindicato no termina con la negociación del convenio. También se extienden a la protección de los derechos de los trabajadores en el nuevo sistema, que presenta tanto beneficios como riesgos.

    • Resguardo del fondo: Los sindicatos son responsables de velar para que los fondos aportados por el empleador sean inembargables y estén siempre en poder del trabajador, asegurando que se mantengan disponibles para el cese de la relación laboral, sin importar el motivo.
    • Supervisión y transparencia: A través de la negociación, los sindicatos pueden buscar mecanismos para garantizar la supervisión del sistema y la transparencia en la gestión de los fondos, asegurando que no se produzcan fraudes o que se perjudique al trabajador.

    Por todos estos motivos, los sindicatos son actores clave para la puesta en marcha del fondo de cese laboral en Argentina, ya que su implementación depende directamente de su participación y acuerdo en las negociaciones colectivas. De lo contrario, la reforma laboral solo abrirá una opción más en el mercado de trabajo a la que podrán adherir, por ejemplo, nuevos gremios y actividades, en caso de que así lo definan en la negociación paritaria. 

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