SALARIOS

Empleadas domésticas registradas: cuánto hay que pagar en octubre 2025 según categoría

Empleadas domésticas recibirán con 1% de aumento los sueldos de septiembre, que se abonan en octubre. Cobrarán también la última cuota del bono
Por PK
MANAGEMENT - 29 de Septiembre, 2025

Las empleadas domésticas en Argentina recibirán un nuevo ajuste salarial en octubre de 2025, correspondiente al tramo final de su último acuerdo paritario. Este incremento impacta directamente en los valores por hora y mensuales de todas las categorías, incluyendo a las empleadas domésticas con más categoría y a quienes realizan tareas generales.

En su última Resolución, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares definió aumentos escalonados bajo el siguiente esquema: 

  • actualización fija del 3,5% sobre los sueldos de junio,
  • aumento acumulativo del 1% en los meses de julio, agosto y septiembre, aplicable sobre las remuneraciones mínimas vigentes desde enero de 2025.
  • bono no remunerativo en julio, agosto y septiembre de 2025. 

Como empleador, es crucial conocer las nuevas escalas para garantizar la correcta liquidación de sueldos y cumplir con los requisitos de la ARCA y el régimen de trabajo registrado.

Los siguientes son todos los detalles a tener en cuenta para abonar adecuadamente el salario de las empleadas domésticas por el trabajo realizado durante septiembre. 

Escala salarial de octubre 2025 por hora y por mes

Los nuevos valores salariales de octubre 2025 se liquidan con una base de cálculo actualizada y afectan tanto a la modalidad "con retiro" (sin pernoctar) como "sin retiro".

A continuación, se detallan las escalas vigentes a partir de octubre de 2025, según la categoría, para el personal con retiro:

Supervisor (coordinación y control de personal)

  • $3.683,21 por hora

  • $459.471,73 por mes

Personal para tareas específicas (cocineros/as, jardineros/as, etc.)

  • $3.487,00 por hora
  • $426.875,19 por mes

Asistencia y cuidado de personas (cuidado de ancianos, enfermos o niños)

  • $3.293,99 por hora
  • $416.485,63 por mes

Personal para tareas generales (limpieza, cocina y mantenimiento del hogar)

  • $3.052,99 por hora
  • $374.541,36 por mes

Y los siguientes son los valores mínimos a pagar en octubre, por el trabajo de septiembre, al personal de casas particulares, según la categoría y sin retiro:

Supervisor 

  • $4.034,05 por hora
  • $511.800,22 por mes

Personal para tareas específicas 

  • $3.822,91 por hora
  • $475.184,56 por mes

Caseros (tareas inherentes al cuidado de una casa. No existe esta categoría con retiro)

  • $3.293,99 por hora
  • $416.485,63 por mes

Asistencia y cuidado de personas 

  • $3.683,21 por hora
  • $464.129,59 por mes

Personal para tareas generales

  • $3.293,99 por hora
  • $416.485,63 por mes

Puntos clave para la liquidación del sueldo de octubre

Al liquidar el sueldo de octubre de 2025, los empleadores deben considerar los siguientes conceptos, además del salario básico según la categoría:

1. Adicional por Antigüedad

Se debe aplicar un adicional del 1% por cada año de antigüedad de la relación laboral. Este porcentaje se calcula sobre los salarios mínimos de la categoría correspondiente para el mes de octubre.

2. Adicional por Zona Desfavorable

Se aplica un recargo del 30% sobre los salarios mínimos para el personal que preste servicios en las siguientes provincias y territorios: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

3. Bono de septiembre

En la última paritaria del personal auxiliar de casas particulares se definió el pago de un bono no remunerativo durante los meses de julio, agosto y septiembre. El mismo está definido de acuerdo a la cantidad de horas de trabajo semanales de la empleada doméstica, bajo el siguiente esquema: 

  • Hasta 12 horas: $4.000 por mes.
  • Entre 12 y 16 horas: $6.000 en septiembre.
  • Más de 16 horas o personal sin retiro: $9.500 en septiembre.

Es fundamental recordar que la suma fija (bono) otorgada en septiembre de 2025 fue un monto no remunerativo para ese mes. Esta suma fija no se mantiene en la liquidación de octubre.

4. Pago de aportes

Además del salario de bolsillo de la empleada doméstica, los empleadores deben abonar las contribuciones y aportes patronales a través del formulario F.102/RT. Estos pagos tienen como destino la cobertura de salud de la trabajadora, los aportes jubilatorios y el seguro de riesgos de trabajo (ART).

Es crucial entender que estos montos son fijos y se determinan en función de las horas trabajadas semanalmente y la condición laboral de la empleada (Activa o Jubilada). No dependen de la categoría salarial (como Supervisor o Tareas Generales).

Estos valores deben ser actualizados por el empleador al momento de la liquidación y se realiza dentro de los primeros 10 días hábiles del mes.

Los valores previamente expresados significan los sueldos mínimos legales para las empleadas domésticas registradas debidamente. Aquellas trabajadoras y trabajadores que no tengan regularizado el vínculo laboral no tienen garantizados esos mínimos, así como otros derechos laborales tales como vacaciones pagas, cobertura de salud, licencia por enfermedad o por maternidad, entre otros. 

A la vez, muchos empleadores, reconociendo la labor de sus empleadas domésticas registradas y la baja retribución que suponen estos mínimos legales, pagan por encima de esos montos y abonan además un extra en concepto de viáticos. De esta manera, a los empleados les sigue resultando conveniente la ecuación costo-beneficio de desempeñarse en el servicios doméstico. 

Finalmente, en octubre el personal auxiliar de casas particulares cobra el último tramo de su aumento salarial ya homologado. Se espera que en breve la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares establezca nuevos valores para la remuneración de las empleadas domésticas

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