Reforma Laboral: cómo afecta la nueva Ley de Modernización a las empleadas domésticas
Este viernes el presidente Javier Milei se prepara para llamar al nuevo Congreso Nacional a realizar sesiones extraordinarias. Allí se planea avanzar lo antes posible con la Ley de Presupuesto 2026, la reforma impositiva, y sobre todo, la reforma laboral. A la vez, este viernes se conoció un nuevo borrador de lo que el oficialismo da en llamar Ley de Modernización Laboral. La misma eliminó varios regímenes especiales de trabajo. ¿Qué pasó con el de empleadas domésticas?
Ley de Modernización Laboral y las empleadas domésticas
Pese a que la eliminación de los regimenes especiales de trabajo está en el eje espiritual de base de la reforma laboral que impusa el oficialismo, el borrador del proyecto de Ley de Modernización Laboral que circuló este viernes expresamente excluye del ámbito de aplicación de esta potencial normativa al Régimen Especial de Trabajo en Casas Particulares.
Con esta ley se eliminarían los estatutos particulares que rigen el trabajo de periodistas, viajantes de comercio, peluqueros, choferes particulares, entre otras profesiones. Pero al referir al ámbito de aplicación y listar len donde esta normativa no será aplicable, en el Título I, capítulo 1, el artículo 2 menciona en el inciso b lo siguiente:
"...al personal de casas particulares, con la sola excepción de aquellas normas que el régimen de la Ley N° 26.844 expresamente declare aplicables."
¿Qué quiere decir esto? Que la nueva normativa, en caso de aprobarse sin cambiar este inciso, excluye de los cambios determinados para el trabajo registrado al régimen que regula la actividad del personal auxiliar de casas particulares. En rigor, la nueva ley está pensada para "modernizar" aquellas actividades que se regulan por la Ley de Contrato de Trabajo (N° 20.744), que no aplica al servicio doméstico. Este inciso solo reforzaría ese espíritu original de la normativa.
Sin embargo, en el título X si se determinan cambios específicos para el mencionado Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares. Ese capítulo modifica los siguientes artículos de la Ley 26.844
- artículo 7, sobre período de prueba
- artículo 14, sobre derechos comunes
- artículo 20, sobre recibos de cobro
- artículo 70, sobre actualizaciones
En general, los cambios apuntan a equiparar estos aspectos del trabajo doméstico a lo que determina la Ley de Contrato de Trabajo. Por ejemplo, el período de prueba, que era de 30 días para el personal sin retiro y de 15 con retiro en el régimen de trabajo en casas particulares, pasa a ser el mismo que el de la ley laboral general: el trabajo a tiempo indeterminado tiene 6 meses de período de prueba en los que cualquiera de las partes podrá extinguir la relación laboral sin expresión de causa y sin generarse derecho a indemnización alguna.
De la misma manera, la jornada de trabajo y el período de descanso semanal de la empleada doméstica se equipara con el que establece la ley laboral:
- jornada de 8 horas diarias o 48 semanales (máximo 9 horas diarias)
- descanso semanal de treinta y cinco (35) horas corridas a partir del sábado a las trece (13) horas;
- entre el cese de una jornada y el comienzo de la otra deberá mediar una pausa no inferior a doce (12) horas.
Luego, en el artículo 96 del borrador del proyecto de ley sustituye el artículo 20 del régimen de trabajo en casas particulares, que habla de los recibos de pago y las constancias bancarias. Se determina que el recibo puede ser instrumentado de manera electrónica y emitido a través del sistema de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). "La documentación obrante en el banco o la constancia que éste entregare al empleador constituirá prueba suficiente del hecho de pago."
Reforma laboral y multas para empleadores
Vale la pena recordar que si bien los cambios descriptos en este artículo son los que figuran en un borrador del proyecto de Ley de Modernización Laboral y que no tiene fuerza de ley aún, el gobierno nacional viene desarrollando su reforma laboral desde hace 2 años. Las empleadas domésticas ya vieron su actividad impactada por sus disposiciones desde el principio de la actual gestión.
De hecho, el servicio doméstico fue uno de los más afectados por las disposiciones de la Ley de Bases y Punto de Partida para la Libertad de los Argentinos (N° 27.742) sancionada en 2024. La misma permitió que los empleadores que no tenían al personal doméstico regularizado pudieran inscribirlo con las autoridades sin pagar multas ni sanciones, incluso si la relación laboral antecedía a dicha ley. También se eliminaron las acciones penales a empleadores por vínculos laborales no registrados o mal registrados. Y se extinguió el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
Por lo tanto, si bien en su esencia el Régimen de Trabajo en Casas Particulares prevalece sobre la nueva ley que podría sancionar el Congreso para los trabajadores en Argentina, la nueva normativa haría cambios importantes al trabajo de las empleadas domésticas.