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Reforma laboral 2026: cuáles son las flexibilizaciones en debate y a quiénes impactan

La reforma laboral incluye una serie de "nuevas reglas" en el mercado laboral argentino. Te contamos los cambios que se discuten
Por IM
10/01/2026 - 19:07hs
Reforma laboral 2026: cuáles son las flexibilizaciones en debate y a quiénes impactan

El proyecto de reforma laboral que el Gobierno envió al Senado abre un nuevo capítulo en la discusión sobre las reglas que ordenan el mercado de trabajo en la Argentina. El texto fue elaborado en el marco del Consejo de Mayo, cuyas deliberaciones finalizaron a mediados de diciembre con la publicación de un informe que sistematiza los consensos alcanzados entre los distintos actores que participaron del proceso.

La iniciativa apunta a actualizar normas vigentes desde hace décadas y a introducir herramientas que contemplen nuevas formas de empleo. En ese marco, se habilitan cambios que impactan de manera directa en los contratos de trabajo, los esquemas de jornada, las vacaciones y las licencias.

También se incorporan disposiciones vinculadas al pago de salarios en dólares, el uso de billeteras virtuales, mecanismos alternativos de indemnización y la creación de un banco de horas.

Cambios en la Ley de Contrato de Trabajo y reglas para los vínculos laborales

Uno de los focos centrales del proyecto está puesto en la actualización de la Ley de Contrato de Trabajo, con el objetivo de introducir mayor previsibilidad en la relación entre empleadores y trabajadores.

Entre las modificaciones propuestas se establece un plazo de 30 días para impugnar sanciones, vencido el cual se considerarán aceptadas, lo que busca ordenar los tiempos de los reclamos administrativos.

El texto también amplía el alcance de los beneficios sociales contemplados en el artículo 103 bis. A partir de la reforma, se incorporan prestaciones como gimnasio, cuotas de clubes, telefonía celular y acceso a internet para empleados y sus familias, sin que estas generen cargas sociales adicionales. En paralelo, se refuerzan los criterios de transparencia salarial, al exigir que los recibos de haberes incluyan información mínima obligatoria.

Otro punto relevante es la posibilidad de homologar modificaciones contractuales ante la autoridad administrativa, lo que permitiría validar cambios en las condiciones laborales y reducir futuros reclamos por imposiciones unilaterales. Además, se establece la obligación de conservar los comprobantes salariales durante todo el período de prescripción de los créditos laborales.

En materia de deudas, la reforma fija que los créditos laborales devengarán intereses equivalentes al IPC más un 3%, alineando este criterio con el utilizado en otros ámbitos. Para las micro, pequeñas y medianas empresas, se prevé un esquema específico que les permitirá abonar sentencias laborales en hasta 12 cuotas, ajustadas según la tasa de interés legal.

Banco de horas, vacaciones y licencias: más flexibilidad en la organización del trabajo

La propuesta incorpora el banco de horas como una herramienta para reorganizar la jornada laboral. Este sistema permite acumular las horas trabajadas por encima de la jornada habitual y compensarlas posteriormente con días libres o jornadas reducidas, sin afectar la remuneración. La reforma aclara que este mecanismo no elimina el derecho a cobrar horas extras, sino que ofrece una alternativa para su compensación.

Para su implementación, el banco de horas deberá estar respaldado por el convenio colectivo aplicable, un acuerdo individual o lo previsto en la Ley de Contrato de Trabajo. El proyecto fija límites máximos de acumulación, tanto semanales como anuales, y garantiza descansos mínimos de 12 horas entre jornadas. Asimismo, impone al empleador la obligación de llevar un registro detallado y confiable de las horas acumuladas y compensadas.

En cuanto a las vacaciones, la reforma habilita su fraccionamiento, siempre que cada período tenga al menos siete días corridos. También extiende el plazo para su goce hasta el 30 de abril del año siguiente y establece que la notificación deberá realizarse con un mínimo de 21 días de anticipación. En los casos en que ambos cónyuges trabajen en la misma empresa, se garantiza la posibilidad de que tomen sus vacaciones en forma simultánea.

El proyecto también introduce ajustes en el régimen de licencias, incluyendo la maternidad. Se mantienen los 90 días totales, pero se permite reducir el período previo al parto a un mínimo de 30 días y sumar el resto al período posterior.

En los nacimientos pretérmino, los días no utilizados antes del parto se trasladan al período posterior. A su vez, se refuerza la exigencia de notificar el embarazo mediante certificado médico para acceder a la estabilidad laboral.

Por último, la iniciativa contempla la creación de un fondo de cese laboral, elimina la presunción automática de relación laboral en contratos de servicios profesionales y establece criterios claros para el cálculo de haberes durante licencias médicas, asegurando promedios en el caso de remuneraciones variables.

En conjunto, la reforma plantea una reconfiguración integral de las reglas laborales, con cambios que atraviesan contratos, jornada, vacaciones y licencias, y que ahora deberán ser debatidos en el Congreso.

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