Reforma Laboral: cuánto se paga de indemnización por despido en Argentina en febrero de 2026
La indemnización por despido sin justa causa en Argentina continúa siendo uno de los temas más sensibles para trabajadores, empleadores y analistas del mercado laboral. A febrero de 2026 sigue vigente el régimen general de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), que establece cómo debe calcularse la indemnización cuando un trabajador es despedido sin causa, aunque existen debates y proyectos de reforma laboral en curso que podrían modificar este esquema en los próximos meses.
Esta iniciativa busca modificar la forma de cálculo de las indemnizaciones. Un ejemplo es el llamado Fondo de Cese Laboral, un sistema optativo que permitiría reemplazar el esquema tradicional por un fondo acumulativo financiado por aportes patronales, siempre que así lo acuerden empleadores y sindicatos.
También hay propuestas que pretenden limitar conceptos incluidos en la base de cálculo, eliminar topes automáticos, o incluso establecer límites máximos de indemnización según antigüedad —aunque ninguno de estos cambios está vigente por ley al momento de redactar esta nota—.
¿Qué base legal se aplica hoy?
En su artículo 245, la LCT dispone que, si un empleador decide despedir a un trabajador sin justa causa, este debe abonar una indemnización equivalente a un (1) mes de sueldo por cada año de servicio, o la fracción mayor de tres meses. Esto significa que alguien con, por ejemplo, 5 años y 4 meses de antigüedad se toma como si tuviera 6 años de servicio para el cálculo.
La base de ese cálculo se obtiene a partir de la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada por el trabajador en el último año de servicio —es decir, el salario bruto más alto mensual dentro de ese período— o durante toda la prestación si fue menor de un año.
Por regla general, el cálculo no incluye conceptos no mensuales, como el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo), vacaciones no gozadas o pagos semestrales o anuales, salvo que así lo disponga específicamente el convenio colectivo aplicable y sea más favorable al trabajador.
Cómo se calcula la indemnización por despido
Supongamos un trabajador con:
- 5 años y 6 meses de antigüedad,
- Mejor salario mensual habitual de $800.000,
- Despedido sin justa causa en febrero de 2026.
Para este caso hipotético:
- La indemnización por antigüedad sería equivalente a 6 sueldos (5 años + fracción mayor de 3 meses) → 6 × $800.000 = $4.800.000.
Además de esta indemnización por antigüedad, el empleador deberá pagar otros conceptos habituales en un despido, como:
- Preaviso no otorgado, equivalente a 15 días, 1 mes o 2 meses de sueldo según la antigüedad.
- Integración del mes de despido si no se trabajó hasta fin de mes.
- Vacaciones proporcionales por el tiempo trabajado en el año.
- Aguinaldo proporcional (SAC proporcional).
Estos pagos adicionales pueden incrementar la liquidación final en varios meses de sueldo más, dependiendo del caso específico. Actualmente, la LCT no establece un tope legal estricto de indemnización por antigüedad (como un máximo de sueldos a pagar), salvo que el convenio colectivo aplicable fije límites más bajos para sectores específicos.
Indemnización por despido: qué modifica el proyecto de reforma laboral
La iniciativa propone modificar el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo y redefine la forma en que se determina la indemnización ante un despido sin causa. Si bien se mantiene el principio de pagar un mes de salario por cada año de antigüedad, el esquema incorpora cambios de fondo.
En este sentido, la base para el cálculo será la mejor remuneración mensual, normal y habitual, percibida durante el último año, pero quedará sujeta a los topes que establezca el convenio colectivo correspondiente.
Asimismo, se fija un tope máximo para la indemnización, que no podrá superar el equivalente a tres veces el salario promedio del convenio aplicable, garantizando al mismo tiempo un piso mínimo de un sueldo mensual completo.
Por otro lado, el proyecto permite a los empleadores crear fondos de cese laboral con el objetivo de financiar estas compensaciones y ratifica que la indemnización por despido será la única reparación económica prevista, dejando fuera la posibilidad de iniciar reclamos civiles adicionales.