Reformal Laboral: cómo es el nuevo régimen para repartidores
El debate sobre el trabajo en plataformas digitales volvió a instalarse con el tratamiento de la reforma laboral. Dentro de ese proyecto, uno de los capítulos más relevantes es el que regula la actividad de los repartidores y conductores que operan a través de aplicaciones como Rappi, Pedidos Ya o Mercado Libre.
La discusión atraviesa aspectos jurídicos, económicos y políticos, ya que define el encuadre legal de miles de trabajadores que forman parte de la llamada economía de plataformas. En este contexto, el proyecto oficial busca establecer un régimen específico que determine cuáles son sus derechos, obligaciones y el tipo de vínculo que mantienen con las empresas tecnológicas.
El régimen que se debate para repartidores de apps
El núcleo de la iniciativa de Modernización Laboral está orientado a consolidar la figura del repartidor como prestador independiente. De acuerdo con el texto impulsado por el Gobierno, quienes realizan entregas o viajes mediante aplicaciones digitales serán considerados autónomos digitales y no empleados bajo relación de dependencia.
Esto implica que no se aplicará la Ley de Contrato de Trabajo ni se configurará un vínculo laboral tradicional con la empresa titular de la plataforma. En la práctica, los repartidores deberán inscribirse por cuenta propia en los regímenes fiscales y previsionales correspondientes, como el monotributo, y asumir el pago de sus aportes.
Según el Gobierno, este esquema apunta a preservar la flexibilidad operativa y facilitar la generación de oportunidades laborales a través de herramientas tecnológicas, al reducir las cargas y obligaciones para las compañías.
Otro de los ejes del proyecto es la consagración de la libertad de conexión. La reforma establece que los repartidores podrán conectarse y desconectarse de las aplicaciones cuando lo deseen, trabajar en simultáneo para más de una plataforma y aceptar o rechazar pedidos sin penalizaciones formales.
También se reconoce la posibilidad de elegir horarios y rutas de trabajo. Estos puntos responden a la lógica de la denominada gig economy, donde la autonomía en la organización de la actividad es presentada como un rasgo central del modelo.
Es importante señalar que, si bien el régimen no reconoce derechos laborales clásicos como vacaciones pagas, aguinaldo o indemnización por despido, sí fija ciertas obligaciones mínimas para las empresas.
Entre ellas, brindar información clara sobre los criterios de asignación de pedidos, disponer de canales de atención y reclamos, ofrecer capacitaciones en seguridad vial y, en determinados casos, contratar seguros de accidentes personales.
La postura de la provincia de Buenos Aires y qué cambia en la práctica
En paralelo al proyecto nacional, la provincia de Buenos Aires impulsa una iniciativa con un enfoque distinto. La propuesta provincial busca reconocer a los repartidores como trabajadores en relación de dependencia, lo que implicaría un encuadre laboral tradicional y el acceso a derechos contemplados por la normativa vigente.
Entre las medidas planteadas se incluyen la creación de un registro provincial obligatorio para plataformas digitales, la contratación de seguros de vida y accidentes sin costo para el repartidor, la realización de inspecciones laborales en centros logísticos y "dark stores", y la habilitación de espacios de descanso con servicios básicos para quienes realizan entregas.
El objetivo de esta propuesta es establecer un piso mínimo de protección social y evitar que las cargas vinculadas a la actividad recaigan exclusivamente sobre el trabajador.
Qué implica la reforma laboral para los repartidores
Para quienes actualmente realizan entregas a través de plataformas como Rappi, Pedidos Ya o Mercado Libre, la reforma introduce modificaciones concretas que pueden sintetizarse en tres ejes principales:
- Mayor encuadre formal, pero sin vínculo laboral: los repartidores deberán registrarse ante el fisco y asumir el pago de sus aportes previsionales de manera individual, ya que no se establece relación de dependencia ni aportes patronales por parte de las empresas.
- Autonomía operativa con menos cobertura social: el esquema reconoce la libertad para organizar horarios y aceptar pedidos, aunque no contempla estabilidad, vacaciones pagas ni aguinaldo.
- Regulaciones complementarias a nivel local: mientras el Congreso debate el alcance de la norma nacional, distintas provincias y municipios avanzan con iniciativas propias, lo que podría generar superposiciones normativas.
La definición sobre el encuadre definitivo de las plataformas de reparto se resolverá en el ámbito legislativo y, eventualmente, en la Justicia. El debate trasciende a las empresas involucradas y plantea cómo debe organizarse el trabajo en el contexto de la economía digital.