• 20/2/2026
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Licencias por enfermedad: cómo se pagará el sueldo luego de los cambios en la reforma laboral

Diputados eliminó el artículo sobre licencias médicas en la reforma laboral. Se mantiene el pago del 100% del salario por enfermedad
Por L.C.
20/02/2026 - 07:16hs
Licencias por enfermedad: cómo se pagará el sueldo luego de los cambios en la reforma laboral

La Cámara de Diputados aprobó la reforma laboral tras una sesión atravesada por cruces entre oficialismo y oposición. El proyecto, que ya había obtenido media sanción en el Senado la semana anterior, sufrió modificaciones durante su tratamiento en la Cámara baja, por lo que deberá regresar al Senado para su revisión definitiva en los próximos días.

La principal modificación introducida fue la eliminación del artículo que proponía cambios en el régimen de licencias por enfermedad. Ese punto, identificado originalmente como el artículo 44 del proyecto, había generado cuestionamientos en distintos bloques parlamentarios y en sectores empresariales y sindicales. Ante la falta de consenso, el Poder Ejecutivo resolvió retirarlo para garantizar la aprobación del resto del paquete de reformas.

Con la supresión de ese capítulo, se mantiene sin alteraciones el esquema vigente previsto en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). De esta manera, los trabajadores que se ausenten de sus tareas por enfermedad inculpable continuarán percibiendo el 100% de su salario durante el período establecido por la normativa actual, sin cambios en los plazos ni en la modalidad de pago.

Reforma laboral: qué cambios se eliminaron en Diputados

El artículo retirado proponía una modificación integral del sistema de licencias médicas. Entre los puntos centrales, contemplaba la posibilidad de segmentar el pago del salario según el origen de la enfermedad y determinadas conductas atribuidas al trabajador. El texto establecía porcentajes diferenciados de remuneración durante la licencia, así como límites temporales adicionales.

Según el proyecto original, en los casos en los que se acreditara una conducta voluntaria y riesgosa por parte del empleado, el salario durante la licencia podía reducirse al 50% del haber habitual. Para el resto de las situaciones, el pago se fijaba en el 75%. Además, se incorporaban restricciones para enfermedades crónicas y episodios reiterados, con plazos más estrictos para la percepción de la remuneración.

El esquema planteaba también la posibilidad de revisar la continuidad del pago completo en supuestos específicos, así como redefinir el carácter remunerativo de determinados conceptos durante el período de licencia. Estas modificaciones implicaban una transformación del sistema vigente, que actualmente no distingue el origen de la enfermedad ni introduce variaciones en el porcentaje de salario a percibir dentro de los plazos legales.

Al eliminarse el artículo, el texto aprobado por Diputados excluye cualquier cambio en esta materia. El proyecto que volverá al Senado mantiene intacto el régimen actual de licencias por enfermedad.

Cómo queda el régimen de licencias por enfermedad

La normativa vigente establece que el empleador debe abonar el salario completo durante un período que varía según la antigüedad del trabajador. Para quienes tienen hasta cinco años de antigüedad, el plazo es de tres meses; para quienes superan ese período, se extiende a seis meses. En caso de trabajadores con cargas de familia, esos plazos pueden ampliarse hasta doce meses.

Durante el tiempo de licencia por enfermedad inculpable, la remuneración mantiene su carácter salarial. Esto implica que continúan realizándose los aportes y contribuciones correspondientes a la seguridad social, así como las retenciones habituales. El trabajador conserva su derecho a percibir la totalidad de los haberes y a mantener su vínculo laboral en las condiciones establecidas por la LCT.

El régimen actual no establece diferencias según el origen de la enfermedad ni contempla reducciones porcentuales vinculadas a conductas del trabajador. Tampoco introduce distinciones por reiteración de episodios médicos, más allá de los límites temporales ya previstos en la ley.

Con la decisión adoptada en Diputados, estos parámetros se mantienen sin modificaciones. Los criterios de control sobre la veracidad de los certificados médicos y los procedimientos de reincorporación tampoco sufren cambios en el texto aprobado.

Debate político y postura empresarial

La eliminación del artículo sobre licencias médicas respondió a la falta de respaldo suficiente en el Congreso. Diversos bloques que habían acompañado otros puntos de la reforma advirtieron que no apoyarían una reducción en el nivel de cobertura salarial durante la enfermedad. Ante ese escenario, el oficialismo optó por retirar el capítulo para evitar que el proyecto en su conjunto quedara sin aprobación.

El debate sobre el financiamiento de las licencias médicas no es reciente. Desde el sector empresario se planteó en distintas oportunidades la necesidad de revisar el esquema actual. La Unión Industrial Argentina (UIA) fue uno de los actores que impulsó modificaciones en el régimen.

Entre los argumentos expuestos por la entidad se mencionó que, en comparación con sistemas de países vecinos, el costo de la licencia por enfermedad recae en mayor medida sobre el empleador privado en Argentina. En otras jurisdicciones, parte de ese costo es asumido por fondos estatales o seguros específicos luego de un período inicial cubierto por la empresa.

Durante el tratamiento legislativo se analizaron alternativas intermedias. Entre ellas, la posibilidad de que el salario durante la licencia se abonara como "neto de bolsillo", sin aportes ni contribuciones; que la seguridad social asumiera parte del pago después de los primeros meses; o que, en casos de enfermedades graves, la remuneración se pagara en su totalidad pero sin carácter remunerativo. Ninguna de estas propuestas alcanzó el consenso necesario para integrar el texto final debatido en Diputados.

Representantes empresariales señalaron que el régimen vigente tiene impacto en los costos laborales, en particular para pequeñas y medianas empresas. También plantearon la necesidad de mecanismos que permitan distribuir el riesgo financiero asociado a licencias prolongadas. Sin embargo, tras la decisión política de retirar el artículo, el sector priorizó la aprobación de otros puntos de la reforma laboral vinculados a modalidades de contratación y reducción de litigiosidad.

Próximos pasos en el Senado

Al haber sido modificado en Diputados, el proyecto deberá regresar al Senado para su tratamiento definitivo. La Cámara alta podrá ratificar los cambios introducidos o insistir con la redacción original. Hasta que ese trámite concluya, la reforma no quedará sancionada en forma definitiva.

En lo referido a licencias por enfermedad, el escenario actual indica que el régimen continuará regido por la Ley de Contrato de Trabajo. Para los trabajadores, esto implica que no habrá alteraciones en el nivel de ingresos durante las ausencias por enfermedad inculpable, dentro de los plazos legales vigentes. Para los empleadores, se mantiene la obligación de abonar el salario completo con las cargas sociales correspondientes.

El tratamiento en el Senado definirá el alcance final de la reforma laboral. En caso de que la Cámara alta convalide las modificaciones aprobadas en Diputados, el texto quedará listo para su promulgación. Hasta entonces, el debate sobre el financiamiento de las licencias médicas y su impacto en el sistema laboral argentino continuará formando parte de la agenda parlamentaria y sectorial.

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