• 20/2/2026
ALERTA

¿Chau horas extras? Cómo funcionará el banco de horas tras la aprobación de la reforma laboral en Diputados

La reforma laboral incorpora el banco de horas como alternativa al pago de horas extra y fija límites y condiciones de aplicación
Por L.C.
20/02/2026 - 08:34hs
reforma laboral

La reforma laboral aprobada en la Cámara de Diputados y que deberá regresar al Senado para completar el trámite legislativo incorpora cambios en la organización del tiempo de trabajo en Argentina. Entre las modificaciones centrales se encuentra la creación del denominado banco de horas, un sistema que habilita la compensación de horas adicionales mediante tiempo libre en lugar del pago tradicional con recargo.

El proyecto establece que el nuevo esquema no elimina la posibilidad de abonar horas extra con los adicionales previstos en la normativa vigente, sino que introduce una alternativa que podrá aplicarse bajo determinadas condiciones. La implementación quedará sujeta a acuerdos específicos y a la reglamentación que surja tanto de la ley como de los convenios colectivos de trabajo.

Banco de horas: definición y alcance del nuevo sistema

El banco de horas se configura como un mecanismo de acumulación y compensación de tiempo. Cuando un trabajador supere su jornada habitual en períodos de mayor demanda, podrá optar —si existe acuerdo válido— por acumular esas horas como crédito para utilizarlas posteriormente como descanso compensatorio.

En el régimen actualmente vigente, las horas suplementarias deben abonarse con un recargo del 50% en días hábiles y del 100% en días sábados después de las 13, domingos y feriados. Con la reforma, el pago en dinero podrá ser reemplazado por la asignación de tiempo libre equivalente, según lo establecido en cada acuerdo.

El texto aprobado fija límites expresos. La jornada diaria total no podrá exceder las 12 horas, aun bajo el esquema de banco de horas. Además, deberá respetarse un descanso mínimo de 12 horas entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente. También se mantiene la obligación de garantizar 35 horas corridas de descanso semanal.

Requisitos para su implementación en empresas

La reforma determina que el banco de horas no podrá imponerse de manera unilateral por parte del empleador. Su aplicación requerirá un acuerdo escrito entre empresa y trabajador o su incorporación mediante convenios colectivos de trabajo por empresa o por rama de actividad.

Este requisito apunta a formalizar el mecanismo y evitar su adopción automática. Los convenios colectivos tendrán un rol central en la regulación operativa del sistema, ya que podrán establecer criterios específicos para cada sector productivo.

El proyecto también prevé que las partes definan reglas claras sobre la forma de registro, la compensación y los plazos de utilización del tiempo acumulado. De esta manera, la modalidad quedará integrada al marco convencional de cada actividad.

Impacto del banco de horas en salarios y organización laboral

La introducción del banco de horas modifica la lógica de compensación del trabajo adicional. En lugar de percibir un incremento salarial inmediato por horas extra, el trabajador podrá convertir ese excedente en días o franjas horarias de descanso.

En sectores con variaciones estacionales o picos de producción, la herramienta permite concentrar más horas en períodos de alta demanda y reducirlas en etapas de menor actividad. En términos operativos, esto implica una reorganización de la jornada sin modificar el límite máximo diario establecido por la ley.

Desde el punto de vista salarial, el efecto dependerá de la modalidad adoptada en cada empresa o convenio. Aquellos trabajadores que habitualmente complementan sus ingresos con horas extra podrán optar por continuar bajo el esquema tradicional de pago, si así lo acuerdan. El texto aprobado no elimina la posibilidad de liquidar horas suplementarias con recargo.

Regulación por convenios colectivos y plazos de uso

Uno de los aspectos centrales del proyecto es la delegación en los convenios colectivos de la reglamentación detallada del banco de horas. Entre los puntos que deberán definirse se encuentran:

  • Plazos de caducidad: el período máximo durante el cual las horas acumuladas podrán utilizarse antes de perder vigencia o ser abonadas obligatoriamente.
  • Avisos previos: los tiempos mínimos con los que empleador y trabajador deberán comunicar la utilización o compensación de horas.
  • Topes de acumulación: límites mensuales, trimestrales o anuales para evitar acumulaciones que excedan parámetros razonables de carga laboral.
  • Modalidad de registro: sistemas de control que permitan documentar con precisión los créditos y débitos de tiempo.

Estos elementos serán determinantes para la aplicación práctica del régimen y para la resolución de eventuales controversias.

Esquemas de productividad y cálculo del salario

La reforma laboral también contempla la posibilidad de establecer esquemas de remuneración vinculados al rendimiento o a la productividad. Esta modalidad puede articularse con el banco de horas, ya que permite organizar el trabajo en función de objetivos y no exclusivamente de la permanencia en un horario fijo.

En este contexto, el tiempo trabajado por encima de la jornada habitual podría integrarse a sistemas de metas o resultados, siempre dentro de los límites legales. La reglamentación deberá precisar cómo se compatibilizan estos mecanismos con la garantía de derechos laborales básicos.

Fiscalización y control del nuevo régimen

La implementación del banco de horas implicará ajustes en los mecanismos de control. Dado que las horas adicionales podrían no reflejarse en el recibo de sueldo como pago con recargo, la autoridad de aplicación deberá establecer pautas de fiscalización específicas.

La ley aprobada en Diputados indica que el régimen deberá asegurar la protección, el beneficio y el interés del trabajador. En consecuencia, se requerirán sistemas transparentes de registro que permitan verificar la correcta contabilización del tiempo acumulado y su posterior compensación.

Los sindicatos también tendrán intervención en la supervisión a través de la negociación colectiva y del seguimiento del cumplimiento de los convenios. El control será un componente clave para garantizar que el esquema no derive en incumplimientos de los límites de jornada o de descanso.

Trámite legislativo y próximos pasos

Tras su aprobación en la Cámara de Diputados, la reforma laboral deberá regresar al Senado para su tratamiento definitivo. Si la Cámara alta introduce modificaciones, el texto podría volver a Diputados para su revisión final.

En caso de sanción definitiva, el Poder Ejecutivo deberá reglamentar los aspectos operativos que la ley deje abiertos. A partir de esa reglamentación, empresas y sindicatos podrán negociar la incorporación del banco de horas en sus respectivos ámbitos.

Con este cambio, el régimen laboral argentino incorpora una herramienta de compensación de tiempo que altera la dinámica tradicional de las horas extra. El eje de la discusión normativa pasa a centrarse en la administración del tiempo de trabajo, su registro y su compensación, dentro de los límites establecidos por la legislación vigente.