¿Cuándo y cómo te paga la ART? Todo lo que tenés que saber
Conocer en qué situaciones interviene la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) es fundamental para cualquier trabajador en relación de dependencia. Este sistema, el cual es obligatorio, no solo cubre accidentes dentro del lugar de trabajo, sino que también contempla otras circunstancias que muchas veces generan dudas, como los traslados o determinadas enfermedades vinculadas a la actividad laboral.
Sin embargo, no siempre está claro cuándo corresponde que la ART pague una prestación o se haga cargo de los gastos.
En qué casos te paga la ART
La ART debe intervenir cada vez que un trabajador sufre un accidente de trabajo o sufre una enfermedad profesional. Esto incluye no solo los hechos ocurridos dentro del ámbito laboral, sino también aquellos que se producen en ocasión del trabajo, es decir, mientras se realizan tareas vinculadas a la actividad.
Uno de los casos más frecuentes son los accidentes que se dan dentro del lugar de trabajo, como una caída, un golpe o cualquier otro evento que genere una lesión. En estas situaciones, la ART se encuentra obligada a cubrir la atención médica inmediata, los tratamientos necesarios y los costos asociados hasta la recuperación del trabajador.
También están contemplados los accidentes "in itinere", es decir, aquellos que ocurren durante el trayecto habitual entre el domicilio y el lugar de trabajo. Este punto es clave, ya que muchas personas desconocen que la cobertura también aplica en estos casos, siempre que se trate del recorrido habitual y no haya desvíos injustificados.
Otro escenario en el que la ART debe abonar es cuando se trata de enfermedades profesionales. Estas son patologías que se generan como consecuencia directa de la actividad laboral, ya sea por exposición a ciertos agentes, esfuerzos repetitivos o condiciones específicas del entorno de trabajo.
En todos estos casos, la ART no solo cubre la atención médica, sino que también debe abonar una prestación dineraria mientras el trabajador se encuentra imposibilitado de realizar sus tareas. Además, si como consecuencia del accidente o enfermedad queda algún grado de incapacidad, corresponde el pago de una indemnización.
Qué situaciones no cubre la ART y qué hacer ante problemas
Si bien el sistema de riesgos del trabajo tiene un alcance amplio, existen ciertas situaciones en las que la ART no está obligada a intervenir. Por ejemplo, quedan fuera de la cobertura los accidentes o enfermedades provocados de manera intencional por el trabajador, así como aquellos originados por causas totalmente ajenas al trabajo, lo que se conoce como fuerza mayor extraña.
Tampoco están contempladas las incapacidades preexistentes al inicio de la relación laboral, siempre que hayan sido detectadas en el examen preocupacional correspondiente. En estos casos, la ART puede rechazar la cobertura al considerar que no se trata de un daño generado por la actividad laboral.
Ahora bien, si al momento de necesitar la cobertura el trabajador desconoce cuál es su ART, se puede consultar esta información a través de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).
Desde su página web, en la sección "Cuál es mi ART", se debe ingresar el CUIL/CUIT y obtener el dato de manera inmediata. También se puede verificar desde la app Mi Argentina, en el apartado de credencial laboral.
En caso de que no figure ninguna ART o los datos no coincidan, lo primero que el trabajador debe hacer es consultar con el empleador para confirmar que la relación laboral esté correctamente registrada. La contratación de una ART es obligatoria, por lo que su ausencia representa una irregularidad.
Si el problema no se resuelve, el trabajador puede realizar un reclamo ante la SRT, que tiene la facultad de intervenir y exigir la regularización. Incluso en situaciones donde no haya ART asignada, la normativa prevé mecanismos para garantizar la atención médica y la protección del trabajador.