Escala salarial: cuánto cobrará cada categoría en clínicas, sanatorios y hospitales en julio 2026
La Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA) oficializó el esquema salarial definitivo para el personal del sector privado de la salud. Tras atravesar un período de intensas negociaciones colectivas y un marcado estado de alerta en los centros asistenciales, la representación gremial alcanzó un consenso con las cámaras empresarias del sector.
El acuerdo pautó una serie de incrementos progresivos aplicados sobre las remuneraciones básicas junto con el desembolso de asignaciones extraordinarias no remunerativas fijas, diseñadas para sostener el poder adquisitivo de los empleados de sanidad durante los meses de junio, julio y agosto de 2026. Los sueldos devengados por las tareas de junio se liquidarán en los primeros días de julio, de modo que incorporarán el primer tramo del ajuste paritario.
Paritaria junio-agosto para Sanidad en el sector privado
El programa de recomposición sectorial estructuró los beneficios mediante dos herramientas contables complementarias. Por un lado, se fijaron incrementos porcentuales acumulativos directos al sueldo básico bajo el siguiente esquema:
- 3,7% en junio,
- 2% en julio
- 1,6% en agosto
Por otro lado, los trabajadores percibirán asignaciones mensuales de carácter no remunerativo fijadas en 90.000 pesos en junio, 90.000 pesos en julio y 80.000 pesos en agosto.
Para agosto, el acta complementaria estableció una cláusula especial que adicionará 12.000 pesos al básico de la escala inferior de cada convenio con un impacto proporcional en las demás categorías, absorbiendo en paralelo 10.000 pesos de la suma no remunerativa correspondiente a dicho período (y que por eso será de 80.000 pesos ese mes).
Las partes fijaron un compromiso de revisión para monitorear las variables económicas e inflacionarias en el corto plazo. El entendimiento beneficia a los trabajadores amparados bajo los principales Convenios Colectivos de Trabajo del sector salud, alcanzando a clínicas, sanatorios, centros de diagnóstico, servicios de emergencias y hospitales de comunidad.
CCT 122/75: Sanatorios, clínicas y centros neuropsiquiátricos
La liquidación de haberes de julio para los establecimientos con internación, geriátricos y centros neuropsiquiátricos encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo 122/75 reflejará los nuevos importes básicos correspondientes a junio 2026.
- Profesionales bioquímicos, nutricionistas, farmacéuticos y kinesiólogos, 1.422.958,53 pesos
- Obstétricas, instrumentadoras y cabos de cirugía contarán con un haber de 1.294.067,57 pesos
- Cabos de piso o pabellón cobrarán 1.271.382,01 pesos.
- Enfermeros de cirugía, personal de esterilización, auxiliares técnicos de rayos X, pedicuros y masajistas, 1.237.354,93 pesos
- Enfermeros de piso, consultorios externos y áreas especializadas como terapia intensiva, unidad coronaria, nursery, foniatría y riñón artificial, y atención de enfermos mentales y nerviosos, 1.203.321,66 pesos.
- Personal de hemoterapia, fisioterapia, anatomía patológica y laboratorios; ayudantes de radiología, fisioterapia, hemoterápia y análisis clínicos, 1.150.309,66 pesos
- Mucamas de cirugía o sin afectación a pacientes, 1.069.044,28 pesos
- Asistentes geriátricas, 1.046.409,13 pesos
- Camilleros, fotógrafos y asistentes de comedor 1.040.738,82 pesos
- Personal de lavadero y ropería 1.023.723 pesos
- Mucamas de piso o consultorios externos 1.018.054,09 pesos.
Áreas de Mantenimiento
- Oficiales, 1.170.238,26 pesos
- Medio oficiales 1.102.172,07 pesos
- Ascensoristas, porteros y serenos 1.057.750,79 pesos
- Peones generales, 1.040.738,82 pesos
- Jardineros, 1.018.054,09 pesos.
Personal de cocina
- Cocinero, 1.170.238,26 pesos
- Segundo cocinero, cocineros geriátricos y encargados de office, 1.105.958,12 pesos
- Ayudantes de cocina, 1.083.274,20 pesos
- Peones de cocina, 1.018.054,09 pesos.
Admnistrativos
- Primera, 1.139.044,11 pesos
- Segunda, 1.105.958,12 pesos
- Tercera, 1.072.875,98 pesos
- Cadetes, 956.604,46 pesos
El adicional por el Día de la Sanidad se fijó en 68.925,70 pesos. A estos salarios básicos de junio, que se pagan en julio, se le debe agregar la asignación no remunerativa de 90.000 pesos en la liquidación.
CCT 103/75: Hospitales de colectividad o comunidad
El personal amparado bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 103/75, correspondiente a los hospitales de colectividad, también percibirá sus haberes con el incremento correspondiente a las tareas de junio.
- Cabo enfermero profesional, 1.310.984,83 pesos
- Instructores de sala de operaciones y enfermeros profesionales,1.275.228,69 pesos
- Licenciados en kinesiología y obstetricia, 1.240.301,17 pesos
- Capataces, primeros cocineros y personal de laboratorio, farmacia o preparadores, 1.239.471,61 pesos
- Personal de autoclave y personal técnico, 1.219.217,65 pesos
- Ayudantes personales y administrativos auxiliares de primera categoría, 1.207.301,38 pesos
- Técnicos de maestranza, 1.195.379,28 pesos,
- Ayudantes técnicos, 1.189.414,69 pesos
- Segundos cocineros, oficiales y administrativos auxiliares de segunda categoría, 1.171.544,02 pesos
- Personal envasador y telefonistas con regímenes de 36 horas semanales, 1.159.623,44 pesos.
- Ayudantes de cocina, 1.147.708,16 pesos
- Administrativos auxiliares de tercera categoría, auxiliares de enfermería, oficiales confeccionistas, choferes, fotógrafos y medios oficiales, 1.136.976,99 pesos.
- Porteros, ordenanzas, serenos y ascensoristas, 1.120.296,55 pesos
- Personal de jardín, quintas y criaderos, 1.108.377,26 pesos
- Peones en general, camilleros y personal de atención de comedor, 1.102.423,22 pesos
- Personal de taller general, 1.090.503,93 pesos
- Personal de lavadero y ropería, 1.084.537,25 pesos
- Mucamas, ayudantes de oficina, obstétricas de 24 horas y kinesiólogos de 24 horas, 1.078.586,88 pesos.
En este caso, el beneficio del Día de la Sanidad se fijó en 71.635,17 pesos. Asimismo, a estos salarios de base se adicionará de forma directa el pago de la suma fija no remunerativa de 90.000 pesos en las liquidaciones mensuales.
CCT 459/06: Emergencias médicas, medicina domiciliaria y traslados
Los trabajadores de servicios de emergencias médicas y traslado de pacientes regulados por el Convenio Colectivo de Trabajo 459/06 cobrarán sus haberes de julio distribuidos según sus categorías operativas.
- Categoría IA contará, 1.630.936,67 pesos
- Categoría IB, 1.293.881,19 pesos
- Categoría IIA, 1.250.996,10 pesos
- Categoría IIB, 1.203.313,68 pesos.
- Categoría III, 1.181.265,71 pesos
- Categoría IV, 1.135.590,52 pesos
- Categoría V, 1.023.764,73 pesos
- Categoría VI, 962.629,35 pesos
El adicional correspondiente al Día de la Sanidad para el personal de emergencias se estableció en 68.920,58 pesos. Al igual que en los convenios anteriores, a cada una de estas categorías se le sumará de forma obligatoria la asignación fija no remunerativa de 90.000 pesos pautada para las remuneraciones de junio que se abonan en julio.
Esas sumas no remunerativas son por única vez y se extinguen al mes siguiente, y lo mismo ocurrirá con el plus de julio según la paritaria de Sanidad. A la vez, en agosto se incorporarán 12.000 pesos de la suma no remunerativa al salario básico.