Empleados de comercio cobrará un aumento del 5,7% y estas son las nuevas escalas salariales
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) difundió las nuevas escalas salariales para empleados de comercio correspondientes a julio de 2026, en el marco del acuerdo paritario alcanzado con la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) para el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
El entendimiento establece un incremento salarial del 5,7% nominal no acumulativo, que será abonado en tres tramos mensuales del 1,9% durante julio, agosto y septiembre de 2026. El cálculo de cada incremento toma como referencia los salarios básicos vigentes a junio de 2026 junto con las sumas no remunerativas acumuladas hasta ese momento.
Además del aumento sobre los básicos, el acuerdo mantiene vigentes distintos conceptos no remunerativas y fija un cronograma para incorporar parte de esos montos al salario remunerativo durante los próximos meses.
Cómo será el aumento para empleados de comercio
El acuerdo paritario dispone que el incremento del 5,7% se distribuya de la siguiente manera:
- Julio de 2026: 1,9%
- Agosto de 2026: 1,9%
- Septiembre de 2026: 1,9%
Los porcentajes son no acumulativos y se aplican sobre los salarios básicos de junio de 2026 más las sumas no remunerativas vigentes al momento de la negociación.
Las partes también acordaron volver a reunirse en octubre de 2026 para evaluar la evolución del índice de inflación y analizar la posibilidad de realizar nuevas actualizaciones salariales.
Escalas salariales de empleados de comercio desde julio de 2026
Tras la publicación oficial de la CAC, los salarios básicos para algunas de las principales categorías quedaron establecidos de la siguiente forma, sin considerar la antigüedad.
En el caso de los administrativos, los valores iniciales son:
- Administrativo A: básico de $1.149.298 y un total inicial de $1.294.298 considerando las sumas fijas
- Administrativo B: básico de $1.154.212 y un total inicial de $1.299.212
- Administrativo C: básico de $1.159.120 y un total inicial de $1.304.120
Estas cifras corresponden a trabajadores comprendidos dentro del Convenio Colectivo 130/75 con jornada completa.
Sueldos básicos para empleados de comercio entre julio y septiembre
Las escalas salariales difundidas contemplan la evolución de los salarios básicos durante los tres meses alcanzados por el acuerdo.
Maestranza
Maestranza A:
- Julio: $1.137.023
- Agosto: $1.160.461
- Septiembre: $1.183.900
Maestranza B:
- Julio: $1.140.294
- Agosto: $1.163.793
- Septiembre: $1.187.292
Maestranza C:
- Julio: $1.151.751
- Agosto: $1.175.464
- Septiembre: $1.199.176
Administrativos
Administrativo A:
- Julio: $1.149.298
- Agosto: $1.172.965
- Septiembre: $1.196.632
Administrativo B:
- Julio: $1.154.212
- Agosto: $1.177.971
- Septiembre: $1.201.729
Administrativo C:
- Julio: $1.159.120
- Agosto: $1.182.970
- Septiembre: $1.206.821
Administrativo D:
- Julio: $1.173.854
- Agosto: $1.197.978
- Septiembre: $1.222.103
Administrativo E:
- Julio: $1.186.128
- Agosto: $1.210.482
- Septiembre: $1.234.836
Administrativo F:
- Julio: $1.204.135
- Agosto: $1.228.824
- Septiembre: $1.253.514
Cajeros
Cajeros A:
- Julio: $1.153.389
- Agosto: $1.177.132
- Septiembre: $1.200.875
Cajeros B:
- Julio: $1.159.120
- Agosto: $1.182.970
- Septiembre: $1.206.821
Cajeros C:
- Julio: $1.166.487
- Agosto: $1.190.474
- Septiembre: $1.214.462
Escalas para auxiliares, especializados y vendedores
El acuerdo también actualiza las remuneraciones correspondientes a otras categorías contempladas en el convenio.
Personal auxiliar
Auxiliar A:
- Julio: $1.153.389
- Agosto: $1.177.132
- Septiembre: $1.200.875
Auxiliar B:
- Julio: $1.161.573
- Agosto: $1.185.469
- Septiembre: $1.209.365
Auxiliar C:
- Julio: $1.188.584
- Agosto: $1.212.983
- Septiembre: $1.237.383
Auxiliares especializados
Especializado A:
- Julio: $1.163.214
- Agosto: $1.187.140
- Septiembre: $1.211.067
Especializado B:
- Julio: $1.177.944
- Agosto: $1.202.145
- Septiembre: $1.226.346
Vendedores
Vendedor A:
- Julio: $1.153.389
- Agosto: $1.177.132
- Septiembre: $1.200.875
Vendedor B:
- Julio: $1.177.947
- Agosto: $1.202.148
- Septiembre: $1.226.349
Vendedor C:
- Julio: $1.186.128
- Agosto: $1.210.482
- Septiembre: $1.234.836
Vendedor D:
- Julio: $1.204.135
- Agosto: $1.228.824
- Septiembre: $1.253.514
Qué sumas no remunerativas seguirán cobrando los empleados de comercio
Además de los nuevos salarios básicos, el acuerdo mantiene vigentes las asignaciones no remunerativas pactadas en la negociación salarial anterior.
Durante julio, agosto y septiembre los trabajadores comprendidos en el convenio continuarán percibiendo:
- Incremento no remunerativo del acuerdo de abril de 2026: $100.000 por mes
- Recomposición no remunerativa del acuerdo de abril de 2026: $20.000 por mes
A estos conceptos se suma una asignación extraordinaria por única vez correspondiente a la revisión paritaria de 2026.
Ese monto asciende a $50.000, que será abonado en dos cuotas iguales:
- Julio: $25.000
- Agosto: $25.000
- Septiembre: no corresponde pago
En los casos de trabajadores con jornada reducida o contratos a tiempo parcial, la suma extraordinaria será liquidada de manera proporcional a la carga horaria.
Cómo será la incorporación de la suma fija al salario básico
Otro de los aspectos contemplados en el acuerdo es la prórroga para incorporar al salario remunerativo la suma fija acumulada de $120.000.
Originalmente estaba previsto que ese importe pasara a integrar los básicos convencionales durante 2026. Sin embargo, las entidades firmantes resolvieron postergar ese proceso y establecer un esquema gradual.
La incorporación se realizará mediante seis cuotas mensuales consecutivas de $20.000, según el siguiente cronograma:
- Diciembre de 2026: $20.000
- Enero de 2027: $20.000
- Febrero de 2027: $20.000
- Marzo de 2027: $20.000
- Abril de 2027: $20.000
- Mayo de 2027: $20.000
De esta manera, la totalidad de la suma fija quedará incorporada al salario básico convencional con los haberes correspondientes a mayo de 2027.
Cuándo será la próxima revisión paritaria
El acuerdo salarial firmado entre la CAC, FAECYS, CAME y UDECA establece una cláusula de revisión para octubre de 2026.
En ese encuentro, las partes analizarán la evolución de las variables económicas, en particular el comportamiento del índice de inflación, con el objetivo de evaluar la necesidad de introducir nuevas modificaciones en las escalas salariales del sector.
Hasta tanto se concrete esa instancia, continuarán vigentes los incrementos del 1,9% mensual previstos para julio, agosto y septiembre, junto con las sumas no remunerativas y el cronograma de incorporación de los montos fijos al salario básico acordado para el período comprendido entre diciembre de 2026 y mayo de 2027.