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Se conoció cuánto se paga por 8 horas de trabajo a una empleada doméstica en agosto 2026

Las empleadas domésticas mantienen en agosto los mismos salarios que en julio. Cuánto cobra cada categoría y cuándo volverán a negociar aumentos
Por NB
MANAGEMENT - 31 de Julio, 2026

El sueldo de una empleada doméstica es una de las principales consultas de quienes buscan contratar personal para el trabajo en casas particulares o conocer cuál es el salario vigente del sector. En agosto de 2026, no hubo nuevos aumentos, por lo que continúan en vigencia las escalas que determinan cuánto cobra por una jornada de ocho horas cada categoría del régimen de empleo doméstico.7

El monto que corresponde pagar por una jornada de ocho horas depende de la categoría laboral y de si la trabajadora presta servicios con retiro o sin retiro. Los valores surgen de las escalas salariales vigentes fijadas por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP).

¿Cuánto cobra una empleada doméstica por una jornada de 8 horas en agosto?

Tomando como base los valores mínimos por hora vigentes en agosto, una jornada de ocho horas se paga de la siguiente manera:

Supervisores

  • Con retiro: $35.510,16 por jornada.
  • Sin retiro: $33.786,00 por jornada.

Personal para tareas específicas

  • Con retiro: $33.786,00 por jornada.
  • Sin retiro: $36.777,44 por jornada.

Caseros

  • $31.971,60 por jornada.

Asistencia y cuidado de personas

  • Con retiro: $31.971,60 por jornada.
  • Sin retiro: $35.486,88 por jornada.

Personal para tareas generales

  • Con retiro: $29.869,76 por jornada.
  • Sin retiro: $31.971,60 por jornada.

¿Cómo se calcula el pago por un día de trabajo?

El cálculo surge de multiplicar el valor mínimo por hora de cada categoría por ocho horas de trabajo. Esta modalidad suele utilizarse como referencia para quienes contratan personal por día o por jornadas ocasionales.

En los casos de trabajadoras que cumplen menos de 24 horas semanales para un mismo empleador, la remuneración se liquida sobre la base del valor por hora fijado para cada categoría.

¿Cuánto cobra por hora una empleada doméstica?

Las tarifas mínimas vigentes en agosto son las siguientes:

  • Supervisores: entre $4.223,25 y $4.438,77 por hora.
  • Personal para tareas específicas: entre $4.223,25 y $4.597,18 por hora.
  • Caseros: $3.996,45 por hora.
  • Asistencia y cuidado de personas: entre $3.996,45 y $4.435,86 por hora.
  • Personal para tareas generales: entre $3.733,72 y $3.996,45 por hora.

Qué adicionales puede cobrar una empleada doméstica

El salario básico fijado para cada categoría no siempre representa el ingreso final de una empleada doméstica. La normativa del régimen de casas particulares establece una serie de adicionales que deben abonarse cuando se cumplen determinadas condiciones laborales.

Uno de ellos es el adicional por antigüedad, que equivale al 1% del salario básico por cada año de servicio prestado para el mismo empleador. Este porcentaje se incorpora al sueldo y aumenta a medida que se acumulan años de trabajo.

También existe un plus por zona desfavorable, que incrementa en 31% los salarios mínimos del personal que desarrolla tareas en La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, además del partido bonaerense de Patagones.

Por otra parte, cuando la empleada doméstica realiza horas extras, el empleador debe aplicar los recargos previstos por la ley. Las horas trabajadas por encima de la jornada legal —48 horas semanales o nueve horas diarias— se pagan con un 50% de recargo si se realizan en días hábiles.

En cambio, cuando el trabajo se presta los sábados después de las 13, los domingos o durante feriados nacionales, el adicional asciende al 100% sobre el valor habitual de la hora trabajada.

Qué otros costos implica contratar 

El monto que percibe una empleada doméstica no es el único costo que debe afrontar quien la contrata. Además del salario acordado, el empleador tiene la obligación de ingresar los aportes y contribuciones previstos por el régimen de casas particulares, independientemente de que el sueldo abonado sea superior al mínimo establecido por la escala salarial.

El importe de esas obligaciones varía según la cantidad de horas semanales trabajadas, pero su pago es obligatorio para mantener registrada la relación laboral y garantizar la cobertura de la trabajadora.

Entre los conceptos que deben abonarse a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) se encuentran:

  • Aportes jubilatorios (SIPA): permiten que la trabajadora acumule años de servicio para acceder a una jubilación.
  • Obra social: garantiza la cobertura de salud de la empleada y, en los casos previstos por la normativa, de su grupo familiar.
  • Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART): brinda cobertura ante accidentes laborales o enfermedades profesionales.

De esta manera, el costo de contratar a una empleada doméstica no se limita al pago por hora o por jornada. Según cada caso, el empleador también deberá abonar los adicionales que correspondan —como antigüedad, zona desfavorable u horas extras— y cumplir con los aportes obligatorios. Todos estos conceptos deben figurar detallados en el recibo de sueldo que se entrega a la trabajadora.

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