Nuevos sueldos en McDonald's, Burger King y Starbucks: cuánto cobran en octubre 2026
Los empleados de las principales cadenas de comidas rápidas reciben en octubre el último tramo del aumento salarial acordado para la rama de Servicios Rápidos del Convenio Colectivo de Trabajo 329/00.
La asignación no remunerativa acumulada prevista por el acuerdo llega en octubre al 7,40% para todas las categorías. El porcentaje se calcula sobre los salarios básicos de julio de 2026. El acuerdo alcanza a empleados de empresas como McDonald's, Burger King, Starbucks y Mostaza, entre otras.
La escala establece distintos valores según las tareas que desempeña cada trabajador dentro de los establecimientos. Por eso, el ingreso varía entre quienes ocupan puestos de mayor responsabilidad y quienes se encuentran en categorías iniciales.
Cuánto cobran en octubre los empleados de McDonald's, Burger King y Starbucks
La escala salarial contempla diferentes categorías dentro de los locales de comidas rápidas. Entre ellas aparecen puestos como Maestro, Encargado, Cajero y Dependiente, con remuneraciones diferenciadas según las funciones.
Los salarios básicos de convenio para octubre se ubican en los siguientes valores:
- Maestro: $1.863.345
- Encargado: $1.661.538
- Dependiente de salón: $1.589.043
- Cajero: $1.294.387
- Dependiente de mostrador: $1.246.146
- Empleado B: $1.223.928
- Ayudante pastelero, dependiente de helados, cafetero y auxiliar administrativo: $1.195.522
- Empleado A: $1.175.318
- Sereno, lavacopas y peón de limpieza, carga y descarga: $1.163.517
- Empleado principiante: $1.108.417
- Aprendiz menor de 18 años: $997.033
Estos valores corresponden a los salarios básicos establecidos por la escala del convenio y no representan necesariamente el monto final que recibe cada empleado en su cuenta bancaria.
La liquidación puede incorporar otros conceptos según la categoría, la jornada laboral y las condiciones particulares de cada trabajador.
Qué suma no remunerativa reciben en octubre
Además del salario básico, el acuerdo contempla una asignación no remunerativa acumulada del 7,40%, calculada sobre los salarios básicos correspondientes a julio de 2026.
El esquema fue aplicado de manera progresiva durante el período: la asignación acumulada representó:
- 2% en julio
- 3,94% en agosto
- 5,70% en septiembre
- 7,40% en octubre
De esta manera, el porcentaje de octubre no debe interpretarse como un 7,40% adicional al salario que ya percibía el trabajador, sino como el porcentaje acumulado de la asignación no remunerativa previsto para el período.
Cómo impacta en el sueldo de cada categoría
La actualización no implica que todos los empleados de las cadenas cobren el mismo monto. El convenio establece una escala que diferencia los salarios de acuerdo con las tareas y responsabilidades.
Por ejemplo, la categoría de Maestro tiene un básico de $1.863.345, mientras que un Encargado tiene un básico de $1.661.538. En categorías como Cajero y Dependiente de mostrador, los valores se ubican en $1.294.387 y $1.246.146, respectivamente.
En el extremo inferior de la escala aparecen los trabajadores incluidos como Aprendiz menor de 18 años, con un básico de $997.033, y Empleado principiante, con $1.108.417.
Por lo tanto, para conocer cuánto cobra efectivamente un trabajador no alcanza con tomar un único valor de referencia: primero hay que identificar la categoría correspondiente y luego considerar los conceptos adicionales de la liquidación.
Qué cambia desde noviembre
A partir de noviembre, el esquema salarial cambia. El acuerdo establece la consolidación de un nuevo salario básico para las categorías alcanzadas por el convenio, luego del período en el que los incrementos fueron instrumentados mediante asignaciones no remunerativas.
Esto modifica la composición de la remuneración de los trabajadores alcanzados por el CCT 329/00, ya que parte de los conceptos que durante el período julio-octubre tuvieron carácter no remunerativo pasan a formar parte del salario básico.
Las asignaciones previstas por el acuerdo también tienen incidencia sobre determinados conceptos laborales y convencionales, de acuerdo con las condiciones establecidas para la actividad.
A quiénes alcanza el acuerdo
El esquema corresponde a la rama de Servicios Rápidos, incluida dentro del CCT 329/00, y comprende a los trabajadores de establecimientos alcanzados por ese convenio.
La aplicación concreta de la escala depende de que el establecimiento y el trabajador estén efectivamente comprendidos dentro del convenio. En los casos de trabajadores con jornadas parciales, los valores de la escala deben considerarse de manera proporcional a la jornada correspondiente.
Así, el acuerdo establece una referencia salarial común para la actividad, mientras que la liquidación de cada trabajador se determina de acuerdo con las condiciones previstas en el convenio y su situación laboral.