Empleadas domésticas: cómo jubilarse y qué aportes se necesitan
Las dos condiciones que deben cumplir las empleadas domésticas para acceder al beneficio de la jubilación de Anses. Los aportes de empleadores.
Las empleadas domésticas en la Argentina tienen los mismos derechos que cualquier otro trabajador registrado, así se desempeñen por horas o de manera estable y asalariada. No obstante, el trabajo en casas particulares tiene su propio régimen laboral. ¿Cómo afecta a las trabajadoras a la hora de jubilarse?
El acceso a la jubilación para las trabajadoras de casas particulares en la Argentina está regulado por la Ley 26.844 y el Sistema Integrado Previsional Argentino. El régimen previsional les exige, al igual que a todos los trabajadores registrados, reunir una edad mínima de 60 años y acreditar 30 años de servicios con aportes computables ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Sin embargo, debido a la modalidad de contratación por horas característica de la actividad, existen requisitos específicos sobre las cargas patronales y la integración de aportes voluntarios para que cada período sea efectivamente validado.
Requisitos de edad y aportes
Para iniciar el trámite jubilatorio ordinario, las trabajadoras deben contar con 60 años de edad cumplidos. En el caso de los varones que desempeñen tareas en el sector, la edad legal de retiro se ubica en los 65 años.
Y en ambas situaciones, la legislación previsional vigente demanda contar con un mínimo de 30 años de aportes registrados dentro del sistema de seguridad social.
El cómputo de cada mes de trabajo depende de la carga horaria semanal declarada por el empleador. Para que un mes sea reconocido íntegramente por la ANSES a los fines jubilatorios, la trabajadora debe cumplir al menos 16 horas semanales de labor para un mismo empleador o integrar la cuota previsional mínima obligatoria establecida por los organismos recaudadores.
Esquema de aportes según las horas de trabajo semanales
El régimen especial de seguridad social para el personal de casas particulares segmenta las contribuciones en tres escalas de acuerdo con el tiempo trabajado semanalmente:
- Menos de 12 horas semanales: el empleador abona una tarifa reducida que no cubre la totalidad de la cuota jubilatoria ni de la obra social.
- De 12 a 16 horas semanales: contempla un importe intermedio de aportes patronales que tampoco alcanza el piso previsional pleno por sí solo.
- De 16 o más horas semanales: la cotización patronal cubre de forma completa el aporte al régimen de jubilaciones y pensiones, computando el mes de manera automática.
Cuando la empleada trabaja menos de 16 horas semanales con un único empleador, tiene la posibilidad de sumar las horas trabajadas en distintas casas para alcanzar el mínimo mensual requerido. Si la suma total no llega al monto previsional fijado por ley, la propia trabajadora puede ingresar la diferencia monetaria mediante el pago voluntario del diferencial de aportes utilizando los formularios de pago específicos del régimen para que ese tiempo compute para su haber futuro.
Cómo completar los 30 años de aportes
Generalmente, quienes alcanzan la edad jubilatoria pero no completan los 30 años de servicios exigidos pueden recurrir a distintas herramientas previsionales vigentes para regularizar su situación. Sin embargo, la actual Administración Nacional se encargó de eliminar casi todas las moratorias vigentes para que los trabajadores y trabajadoras pudieran acceder a una jubilación, una vez que alcanzan la edad mínima jubilatoria y aunque no tengan cumplimentados los 30 años de aportes.
Algo a lo que si pueden acceder muchas trabajadoras domésticas para contribuir a los 30 años cumplimentados es el reconocimiento de aportes por tareas de cuidado. Este programa previsional computa un año de servicio por cada hijo nacido con vida o dos años en caso de adopción. Si el hijo tiene alguna discapacidad acreditada se suma un año adicional, y se agregan dos años más a quienes hayan percibido la Asignación Universal por Hijo durante al menos 12 meses.
La última opción es algo distinto de una jubilación, para quienes no cumplen los requisitos: la Pensión Universal para el Adulto Mayor. Para aquellas personas de 65 años que no logran reunir los requisitos contributivos ni acceder a un plan de deuda, el Estado nacional garantiza la PUAM, una prestación equivalente al 80% de la jubilación mínima que se abona en pesos de forma vitalicia.
Documentación necesaria y gestión del trámite
El primer paso para iniciar el expediente consiste en revisar la historia laboral ingresando al portal web oficial de Mi ANSES con Clave de la Seguridad Social. En dicha plataforma se debe constatar que todos los períodos trabajados figuren debidamente acreditados en el sistema informático.
En caso de registrar períodos faltantes o irregularidades en las cotizaciones, la trabajadora debe presentar los comprobantes de pago de los aportes mensuales correspondientes al Formulario 102/RT, las certificaciones de servicios firmadas por los empleadores y las libretas de trabajo históricas en caso de haber prestado servicios con anterioridad a la vigencia del régimen unificado. Una vez reunida la documentación respaldatoria, se solicita un turno presencial en la oficina de la ANSES más cercana al domicilio para formalizar el inicio del beneficio.