Cuánto cobrará cada empleado de comercio en noviembre y qué se sabe del próximo aumento
Los empleados de comercio esperan una definición paritaria que determine si habrá un aumento salarial en noviembre y cuánto cobrará cada categoría
Los empleados de comercio esperan definiciones sobre el próximo aumento salarial, en un mes en el que está prevista una revisión de la paritaria del sector. La negociación entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las cámaras empresariales será determinante para saber si cambia el sueldo de cada categoría del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75. Mientras no se anuncie un nuevo acuerdo, los salarios de octubre son la referencia para estimar cuánto cobrarán los trabajadores mercantiles en noviembre.
Por ahora, no hay un nuevo aumento confirmado, por lo que la escala vigente de octubre sirve como referencia para conocer cuánto cobra cada categoría y qué falta definir para el próximo mes.
Cuánto cobra cada categoría de empleados de comercio en noviembre de 2026
Los salarios de referencia corresponden a la escala vigente tras el último tramo de la paritaria, que completó una suba del 5,7% para el período julio-septiembre. El incremento se distribuyó en tres tramos mensuales del 1,9%, calculados sobre los valores de junio.
Los importes siguientes corresponden a jornada completa e incluyen la suma fija no remunerativa de $120.000. No contemplan los adicionales por antigüedad y presentismo.
Sueldos de maestranza
- A: $1.303.900
- B: $1.307.292
- C: $1.319.176
Sueldos del personal administrativo
- A: $1.316.632
- B: $1.321.729
- C: $1.326.821
- D: $1.342.103
- E: $1.354.836
- F: $1.373.514
Sueldos de cajeros
- A: $1.320.875
- B: $1.326.821
- C: $1.334.462
Sueldos de auxiliares y auxiliares especializados
- A: $1.320.875
- B: $1.329.365
- C: $1.357.383
- Auxiliar especializado A: $1.331.067
- Auxiliar especializado B: $1.346.346
Sueldos de vendedores
- A: $1.320.875
- B: $1.346.349
- C: $1.354.836
- D: $1.373.514
Estos importes son valores de referencia para la liquidación de jornada completa, no una nueva escala acordada específicamente para noviembre. El monto final puede variar según la antigüedad, el presentismo, la jornada laboral y otros conceptos que correspondan en cada caso.
Qué se sabe de la próxima paritaria de empleados de comercio
El acuerdo salarial firmado en julio por FAECyS y las cámaras empresariales —la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA)— contempló una instancia de revisión durante octubre.
El objetivo es evaluar la evolución de los precios y analizar si corresponde ajustar los salarios para el último tramo del año. La reapertura de la negociación quedó prevista en el acuerdo, luego de que se completara el aumento del 5,7% correspondiente al trimestre julio-septiembre.
Sin embargo, la fecha prevista para revisar los salarios no equivale a un aumento ya acordado. Hasta que las partes comuniquen oficialmente el resultado de las conversaciones, no se puede dar por confirmado un porcentaje adicional ni establecer una nueva escala para noviembre.
Por eso, los trabajadores mercantiles deberán esperar una definición de la negociación para saber si sus ingresos tendrán otra actualización y desde cuándo se aplicaría.
Qué pasará con la suma fija de $120.000
El acuerdo vigente también mantiene una suma fija no remunerativa de $120.000. Según el cronograma establecido, su incorporación a los salarios básicos se realizará de manera gradual, en seis cuotas mensuales de $20.000, entre diciembre de 2026 y mayo de 2027.
Este esquema es independiente de la revisión paritaria de octubre. Mientras que el incremento del 5,7% correspondió al trimestre julio-septiembre, la incorporación de la suma fija se extenderá durante los meses siguientes.
La diferencia es importante para calcular los próximos recibos de sueldo: la suma no remunerativa forma parte del esquema salarial vigente, pero su incorporación progresiva al básico modificará la composición de los haberes a medida que se apliquen las cuotas previstas.
Si se acuerda un nuevo aumento en octubre, habrá que considerar también las condiciones y fechas de aplicación que establezcan las partes.
Qué adicionales pueden aumentar el sueldo de los empleados de comercio
Los importes de la escala no siempre coinciden con el dinero que recibe cada trabajador. Además de la categoría y la jornada laboral, hay adicionales previstos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 que pueden elevar el salario mensual.
Los principales son:
- Antigüedad: equivale al 1% por cada año de servicio y se calcula sobre los conceptos remunerativos y no remunerativos alcanzados por el convenio, con las excepciones correspondientes.
- Presentismo: está regulado por el artículo 40 del CCT 130/75 y su liquidación depende de las condiciones establecidas para este adicional.
- Jornada laboral: quienes trabajan a tiempo parcial perciben una remuneración acorde con la jornada y las condiciones aplicables.
También deben considerarse los descuentos legales y los demás conceptos que figuren en el recibo de sueldo. Por eso, para comprobar cuánto corresponde cobrar, es necesario revisar la categoría reconocida, los adicionales y las condiciones particulares de cada relación laboral.
En el caso de los trabajadores con jornada reducida, la referencia informada para octubre parte de $1.175.696, aunque el importe depende de las horas trabajadas y de las condiciones de contratación.
Cuándo se conocerá el próximo aumento salarial
El próximo ajuste de los salarios mercantiles dependerá de las conversaciones entre FAECyS y las entidades que representan a las empresas del sector. El acuerdo de julio incluyó una instancia de revisión en octubre, después del incremento del 5,7% previsto para el trimestre anterior. Esa cláusula habilita a las partes a evaluar los ingresos, pero no establece por sí sola una nueva suba.