POR DECRETO

El Gobierno abre la negociación de tarifas pero frena los aumentos de luz y gas

Alberto Fernández firmó un DNU para iniciar el proceso de renegociación tarifaria de electricidad y gas pero extiende por 90 días el congelamiento
NEGOCIOS - 17 de Diciembre, 2020

Luego de 18 meses de congelamiento, el Gobierno acaba de habilitar la posibilidad de incrementos en las facturas de luz y gas a partir de la publicación de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que habilita el inicio de la renegociación de la revisión tarifaria integral.

La decisión, firmada por el presidente Alberto Fernández, le transfiere la potestad de las negociaciones a los respectivos entes a cargo de controlar ambos sectores.

Es decir, al Ente Nacional Regulador de la Energía (ENRE), y al Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), a cargo de dos funcionarios más cercanos a la vicepresidenta, Cristina Kirchner que al propio Jefe de Estado, como son Federico Bernal y María Soledad Manin, respectivamente.

De esta forma, el kirchnerismo estará a cargo de analizar el futuro de las tarifas que empresas como Edenor; Edesur y Metrogas, entre otras, le cobran a sus clientes por la distribución de ambos servicios.

Puntos del decreto

El DNU deja de lado a la Secretaría de Energía de la Nación, que comanda Darío Martinez, de las negociaciones para establecer los nuevos marcos tarifarios a pesar de que el propio funcionario había adelantado que a partir de enero del año próximo se comenzará a aplicar un esquema diferenciado de aumentos en las facturas que tendrá en cuenta la situación económica y los ingresos de cada consumidor.

De hecho, el DNU abre la posibilidad a mantener congelado cualquier incremento por lo menos por otros tres meses a pesar de que el secretario de Energía de la Nación, Darío Martinez, había anticipado que serían aumentadas en diciembre próximo.

Esto surge de la lectura del artículo 11 del decreto, que prorroga el plazo de mantenimiento de las tarifas actuales desde su vencimiento y por un plazo adicional de 90 días corridos "o hasta tanto entren en vigencia los nuevos cuadros tarifarios transitorios resultantes del Régimen Tarifario de Transición para los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural y energía eléctrica que estén bajo jurisdicción federal, lo que ocurra primero, con los alcances que en cada caso corresponda".

Las tarifas están congeladas desde fines de 2019. Ahora, comenzarán a negociarse aumentos

De manera adicional, el documento oficial deja abierta la posibilidad de frenar esos incrementos si se tiene en cuenta que en su artículo 2° establece que el plazo de la renegociación se podrá extender, como máximo, en dos años desde la fecha de entrada en vigencia de la medida.

Además suspende los acuerdos correspondientes a las respectivas revisiones tarifarias integrales que las empresas habían iniciado con el anterior gobierno de Mauricio Macri "con los alcances que en cada caso determinen los entes reguladores, atento existir razones de interés público".

El proceso de renegociación culminará con la suscripción de un convenio que dará inicio a un nuevo período tarifario según los marcos regulatorios, aunque permite "adecuaciones transitorias de tarifas y/o su segmentación, según corresponda, propendiendo a la continuidad y normal prestación de los servicios públicos involucrados".

En tanto, el artículo 5° determina que los acuerdos definitivos o transitorios deberán formalizarse mediante actas con las concesionarias o licenciatarias y los titulares del Enargas y del ENRE, así como del Ministro de Economía, ad referendum del Poder Ejecutivo Nacional".

Funciones del Enargas y el ENRE

El artículo 6 enumera las funciones y facultades que se le delegan al Enargas y al ENRE:

a) Llevar a cabo el proceso de renegociación efectuando los correspondientes análisis de situación y grado de cumplimiento alcanzado por los respectivos licenciatarios y concesionarios.

b) Requerir toda la información y/o documentación que se estime necesaria y pertinente para proseguir con el proceso de renegociación a las licenciatarias y concesionarias, así como a todo organismo del Sector Público Nacional, los que deberán responder en los plazos y modo que los Entes Reguladores establezcan.

c) Requerir del concurso temporario de agentes de otros organismos centralizados y descentralizados dependientes del Poder Ejecutivo Nacional, sin que ello implique desafectación de las tareas inherentes al cargo en que dichos o dichas agentes revisten presupuestariamente.

El Enargas llevará a cabo las negociaciones para fijar los aumentos en la tarifa de gas

d) Realizar transacciones y/o conciliaciones, compensaciones, novaciones, remisiones y/o cualquier otra forma de extinción de obligaciones recíprocas o litigiosas, originadas en la ejecución de los contratos, entre el Poder Concedente y las licenciatarias o concesionarias, las cuales deberán formar parte de los acuerdos de renegociación.

e) Organizar un banco de datos del proceso de renegociación debiendo ordenar y organizar sectorialmente toda la información requerida y presentada por cada sector regulado.

f) Llevar adelante los regímenes de audiencia pública, de consulta pública y de participación ciudadana que resulten pertinentes y apropiados.

Luego, el artículo 10 explica que, de no arribarse un acuerdo con las empresas, los entes reguladores deberán dictar, "ad referéndum" del PEN, el nuevo régimen tarifario para la distribución y transporte de energía eléctrica y gas natural.

Para "empoderar" aún más a los entes reguladores, el artículo 12 prorrógase las intervenciones del Enargas y del ENRE por un año desde su vencimiento o hasta que se finalice la renegociación de la revisión tarifaria.

Justificaciones

En los considerandos, el DNU explica que han sido ambos entes los que, tras llevar a cabo varias auditorías y revisiones, han sugerido optar por la alternativa de iniciar un proceso de renegociación tarifaria integral "conforme al artículo 5° de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, y propender a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares, comercios e industrias".

También se hace referencia a las diferentes medidas tomadas por el Gobierno en el marco del combate contra la pandemia del Covid-19 como la prohibición de interrumpir el suministro por mora o falta de pago para usuarios en situación de vulnerabilidad para "mitigar los efectos de la situación que derivó en la emergencia energética, tarifaria y sanitaria".

Agrega el DNU que la renegociación de las revisiones tarifarias integrales vigentes se basa en haberse demostrado que los precios de la luz y el gas "no resultaron justas, ni razonables ni transparentes, conforme los resultados de las auditorías y revisiones llevadas adelante por el ENRE y el Enargas".

En este marco es que se hace referencia a la conveniencia de establecer un régimen de transición y de coyuntura "en beneficio de los usuarios y las usuarias, así como para las licenciatarias y concesionarias, debiendo tener como premisa la necesaria prestación de los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural y electricidad, en condiciones de seguridad y garantizando el abastecimiento respectivo, así como la continuidad y accesibilidad de dichos servicios públicos esenciales".

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