El Gobierno busca cobrar millonaria deuda a las distribuidoras de electricidad
Desde el 2019, las principales distribuidoras de electricidad del país vienen acumulando una deuda del servicio que adquieren en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), en el pago de las liquidaciones a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Elérctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) que hasta el año pasado ascendía a unos u$s1.200 millones.
Ocurre que a raíz de las políticas tarifarias llevadas a cabo durante las últimas dos décadas, lo recaudado por empresas como Edenor y Edesur, para citar a las más grandes, no les alcanzaba para cancelar esa compra, dado que las tarifas no reflejaban el costo de los servicios.
Es más, los gobiernos anteriores fueron emitiendo normas de congelamiento de las tarifas o de suspensión de los ajustes correspondientes, que contribuyeron significativamente al deterioro de la cadena de pagos en dicho mercado mayorista.
Planes sin éxito
Con el paso del tiempo, la deuda se fue incrementando y comenzaron a ser suplidas por préstamos del Tesoro Nacional al "Fondo Estacional".
En el 2021, se comenzaron a negociar planes de regularización mediante acuerdos con las distribuidoras para brindarles facilidades con el objetivo de reducir la deuda acumulada y además, en noviembre de 2024, se prorrogó la emergencia del sector energético nacional declarada por el Decreto N° 55/23, hasta el 9 de julio de 2025.
El Artículo 2° de esa medida instruyó a la Secretaría de Energía a elaborar, poner en vigencia e implementar un programa de acciones para el segmento de generación, transporte y distribución.
El objetivo era establecer los mecanismos para la sanción de precios en condiciones de competencia y libre acceso, y mantener en términos reales los niveles de ingresos y cubrir las necesidades de inversión.
A esto se le sumaron medidas para restablecer la cadena de pago y preservar el abastecimiento del servicio público de electricidad mediante un plan de pagos para los agentes deudores del MEM para los importes correspondientes a las facturas por la venta de energía eléctrica, con vencimiento en los meses de febrero, marzo y abril de 2024.
Sin embargo, ese proceso no tuvo el éxito esperado, por lo cual el gobierno de Javier Milei ahora apunta a tomar un conjunto de medidas que permitan la normalización del sector pero con mecanismos que permitan reflejar los costos reales de producción para terminar con el actual escenario crítico que atraviesa el mercado.
Nueva avanzada
Las autoridades también pretenden evitar que las distribuidoras que cumplieron con sus compromisos se vean afectadas por la mora de otras empresas, asegurando así un trato equitativo y la continuidad del suministro eléctrico sin depender de la asistencia financiera estatal.
En ese contexto es que se acaba de publicar en el Boletín Oficial de la Nación la Disposición 1/2025 de la Subsecretaría de Energía que establece un Régimen Especial de Regularización de Obligaciones del MEM, que será de aplicación excepcional, como parte de la implementación de políticas de fondo.
El gobierno libertario entiende que será "una herramienta para lograr un funcionamiento autónomo, competitivo y sustentable del Sistema Argentino de Interconexión (SADI), que permita la libre contratación entre la oferta y demanda".
El programa buscará determinar las deudas, ya que la utilización de unidades de energía, tales como el MWh, es susceptible de generar distorsiones en el valor de las obligaciones pendientes debido a que el precio de la energía está sujeto a variaciones originadas en decisiones regulatorias respecto al volumen de subsidios aplicados en cada período.
Alternativa adecuada
Frente a un proceso de quita de subsidio como el implementado actualmente, el monto de las obligaciones pendientes se apartaría sustancialmente del valor de la energía que fue trasladada a los usuarios al momento en que se contrajeron esas deudas y superan lo que hubiera sido una actualización financiera a tasas vigentes del MEM.
"El régimen es la única alternativa adecuada a fin de que las distribuidoras de energía eléctrica pueden proteger su flujo corriente y garantizar un suministro confiable y eficiente, y les permita, eventualmente, invertir en infraestructura moderna y realizar análisis de costos para optimizar la operación", se sostiene en los considerandos de la medida.
También se pide a las distribuidoras que tengan interés en adherir al nuevo régimen comunicarse con CAMMESA y llenar un formulario de declaración jurada que forma parte de la disposición en el plazo máximo de 15 días hábiles contados a partir de la publicación de la norma.
"Las medidas se encuentran orientadas a encauzar la normalización en el cobro de la facturación corriente, haciendo que los agentes distribuidores no se atrasen en el pago, evitando consecuencias derivadas de la morosidad en el MEM, los que afectan a la capacidad económica del Sistema", agrega la medida.
Pero además se le requerirá a las empresas la presentación de un plan de inversión en obras para el mejoramiento del sistema con el fin de aumentar su eficiencia y confiabilidad, mejorar la infraestructura, recuperar la capacidad de transmisión de energía eléctrica, congestionadas o con capacidad insuficiente, mejorar la calidad de servicio, evitando pérdidas de energía y/o realizando las obras pendientes de ejecución.
Qué pasa con la que no adhiere
Asimismo, CAMMESA quedará facultado a iniciar las acciones legales pertinentes a perseguir las cobranzas contra los distribuidores que hayan incumplido con los pagos.
En el caso de que una distribuidora no adhiera al Régimen y mantenga una deuda con CAMMESA y/o el MEM, se le iniciarán los procesos ejecutivos correspondientes a fin de normalizar su situación.
El plan también marca condiciones como 12 meses de gracia y 72 cuotas con una tasa del 50% del MEM, tal como se estable en el Anexo I de la disposición.
Un mes antes de finalizado el período de gracia definido, se consolidará un nuevo saldo (integrado por capital más intereses), el cual formará parte del esquema de pago en 72 cuotas.
En cuanto a las deudas pendientes con el MEM acordadas en planes de pago suscriptos con anterioridad, se mantendrán los acuerdos en los términos suscriptos oportunamente.
La norma prohíbe adherirse los distribuidores que tengan acciones legales en contra de la cobranza de CAMMESA o acciones que hayan afectado el normal funcionamiento del MEM, salvo que desistan de las acciones judiciales.