Milei adopta una norma del kirchnerismo para llevar a juicio a los dueños de Edesur
El 20 de septiembre de 2021, el expresidente Alberto Fernández dictó una resolución para dejar sin efecto el traspaso del control sobre las concesiones de Edesur y Edenor a jurisdicción nacional que había sido acordado por ambas empresas y el anterior gobierno de Cambiemos.
El convenio, que había sido firmado en mayo del 2019, establecía un acuerdo de la Nación con ambas empresas por las deudas acumuladas por el Estado, mayoritariamente entre los años 2006 y 2015, y el traspaso de su jurisdicción a la Ciudad y la provincia de Buenos Aires.
El acta sostenía que las autoridades porteñas y de la Provincia asumían desde ese momento los derechos y obligaciones de los contratos de concesión, como parte de un esquema para compensar las deudas, junto con las referidas al tope de la tarifa social y el acuerdo marco para el suministro en asentamientos informales, con las multas que adeudan las empresas y los adelantos otorgados hasta el 2015 mediante la sociedad CAMMESA, en concepto de incrementos tarifarios a cuenta.
Además, las compañías se comprometían a realizar inversiones en obras de infraestructura para la mejora de la seguridad y confiabilidad del servicio por $3.000 millones en el caso de Edenor y $4.000 millones en el caso de Edesur que eran adicionales a las acordadas en la Reforma Tarifaria Integral (RTI) y que debían que realizarse en un plazo de cinco años.
¿Edesur cambia de jurisdicción?: la orden que había dado Martín Guzmán
Adicionalmente, la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires acordaron la creación de un nuevo organismo de control que será denominado Ente Metropolitano Regulador del Servicio Eléctrico (EMSE) que debía asumir las funciones de control del transporte de energía eléctrica y de agentes del mercado.
Sin embargo, nada de eso finalmente ocurrió y las autoridades nombradas por el kirchnerismo en los organismos públicos encargados del control del sector energético desarmaron el convenio.
Lo hicieron a partir de la Resolución 590/2021 del entonces Ministerio de Economía que estaba bajo el mando de Martín Guzmán en contra del llamado "Acuerdo de Transferencia de Jurisdicción del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica a la Provincia de Buenos Aires y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".
Ahora, la gestión libertaria del presidente Javier Milei parece haber adoptado el mismo criterio y avanza con una causa judicial en contra, por lo menos, de Edesur, para llevar a sus autoridades ante Ja justicia por entender que las decisiones adoptadas por el kirchnerismo serían acertadas en este sentido.
Así surge de una nota enviada por la distribuidora propiedad del grupo italiano ENEL a la Comisión Nacional de Valores (CNV), para, precisamente informar que, "en el marco de la Resolución 590/2021, el Ministerio de Economía de la Nación promovió en sede judicial acción de lesividad contra la sociedad por ante el fuero contencioso-administrativo federal; habiendo sido Edesur notificada de dicha demanda en el día de ayer (19/08/2025)".
La decisión que lleva la firma del ministro de Economía, Luis Caputo, se basa en la resolución del gobierno kirchnerista sobre las irregularidades que se habrían cometido en el acuerdo de traspaso de la jurisdicción de las concesiones del servicio de distribución de electricidad del ámbito nacional a los de la Ciudad y de la provincia de Buenos Aires.
Pasivos subestimados
En aquel momento, la norma que firmó el exministro Guzmán, hacía mención a investigaciones técnicas llevadas a cabo por el Ente Nacional de Regulación de la Electricidad (ENRE) en las cuales se detectaron "distintos vicios que acarrean su nulidad absoluta", del convenio, en especial en lo referido a las deudas establecidas por la gestión del expresidente Mauricio Macri.
Se hablaba de "pasivos regulatorios que fueron subestimados, destacándose que las sanciones aplicables a las concesionarias fueron recalculadas especialmente en el marco del Acuerdo de Regularización, utilizándose premisas específicas de valorización y actualización dictadas por la ex Secretaría de Gobierno de Energía, resultando en valores sustancialmente menores a los determinados por el ENRE con base en las premisas de cálculo oficiales establecidas para aquellos".
También se mencionaban "irregularidades en los cálculos realizados para obtener los activos y pasivos objeto del Acuerdo de Regularización, al no haberse realizado según las normas aplicables ni utilizarse una metodología adecuada, lo cual constituyen un vicio grave en la causa, que redunda en la nulidad absoluta e insanable del mismo en los términos del Artículo 14 inciso b de la Ley N° 19.549".
Del mismo modo, se estableció que el Acuerdo de Regularización "se apartó de los antecedentes de derecho aplicables en tanto que en su cláusula segunda se estableció un cambio de destino de los montos de las sanciones impuestas por incumplimiento de Calidad de Producto Técnico, Servicio Técnico y Servicio Comercial resultantes de cada medición, aplicándoselas a la ejecución de inversiones adicionales, sin que se hubieran cumplido las condiciones que el marco normativo aplicable exige para que ello sea posible".
Acuerdo viciado
La resolución advertía también que "dicho cambio de destino de los fondos de penalidades por el compromiso de inversiones futuras, sin el cumplimiento de la condición que habilitaba tal cambio, afecta de nulidad la causa del Acuerdo de regularización de obligaciones por vulnerar los derechos de los consumidores y usuarios amparados en el artículo 42 de nuestra Constitución Nacional".
A partir de estos postulados y de la falta de convocatoria a una audiencia pública para obtener la opinión de los clientes de Edesur y Edenor, el gobierno kirchnerista consideró que "el vicio en el procedimiento que torna nulo el Acuerdo se encuentra en la falta de publicidad y de Audiencia Pública previa a la firma de ese instrumento, siendo que sus estipulaciones afectaron directamente a los usuarios y usuarias, por cuanto aquí se está sustituyendo el monto que se descontaría directamente de las facturas que debían pagar los usuarios y usuarias, por un compromiso de inversiones a futuro sin haberse cumplido la condición a la que estaba sujeto ese cambio de destino".
Ante todos estos hechos, la norma firmada por el ministro Kulfas hizo mención a una "gravedad de las irregularidades acreditadas en el Acuerdo de Regularización" que obligaban a revocar el convenio por razones de ilegitimidad y a declararlo "lesivo al interés general".
Del mismo modo, se instruía a la Dirección de Asuntos Contenciosos de Energía a que inicie una acción judicial de lesividad contra Edenor y Edesur "a fin de obtener la declaración judicial de nulidad del Convenio".