El Gobierno busca cobrar una millonaria deuda de las operadoras de telecomunicaciones
El sector de las telecomunicaciones en Argentina atraviesa una fase de fuerte tensión regulatoria, teniendo en cuenta que en los últimos meses del año pasado, el organismo de control intensificó la fiscalización sobre las operadoras, detectando una acumulación de deudas que abarca desde tasas operativas hasta fondos destinados a la conectividad social.
La investigación fue llevada a cabo por las autoridades del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), que se basó en las obligaciones no abonadas por las empresas de telefonía, internet y cable.
El organismo que dirige Martín Ozores dividó esas deudas en tres conceptos críticos:
1)Tasa de Control, Fiscalización y Verificación (TCFV) que equivale al 0,50% de los ingresos totales devengados por la prestación de servicios.
Se trata de una tasa mensual que muchas operadoras, especialmente pequeñas y medianas, han dejado de abonar o han liquidado con errores.
2) Fondo del Servicio Universal (FSU), que representa el 1% de los ingresos totales como parte de un fondo considerado vital, ya que se utiliza para financiar el despliegue de infraestructura en zonas rurales o vulnerables.
El incumplimiento en este aporte es considerado una "falta grave".
3) Derechos de Uso del Espectro Radioeléctrico que es aplicable principalmente a las operadoras de telefonía móvil y servicios inalámbricos
El canon por el uso de "frecuencias" es una de las deudas más onerosas debido a su actualización constante.
Acumulación de sanciones
A estos aspectos puntuales se le suma un dato reciente y alarmante que es la ola de multas aplicadas por la falta de presentación de Declaraciones Juradas (DDJJ).
Según la normativa vigente (Res. 642/2025 y concordantes), la falta de presentación de una DDJJ, incluso si la empresa no tuvo movimientos, acarrea una multa automática de 4.000 pulsos telefónicos por cada período omitido.
Esto ha generado que muchas empresas adeuden sumas millonarias no por falta de pago del impuesto en sí, sino por la acumulación de sanciones administrativas derivadas de la negligencia en la carga de datos al sistema.
Ante el riesgo de caducidad de licencias, ya que la falta de pago reiterada faculta al Estado a retirar el permiso para operar, se han habilitado planes de moratoria.
En este sentido, algunos regímenes recientes permiten la reducción de hasta el 50% de los intereses resarcitorios, aunque se ha establecido un umbral de mora que reglamenta que las deudas por capital superiores a los $2.000.000 entran en un proceso de cobro ejecutivo más agresivo, incluyendo el embargo de cuentas bancarias.
Para una operadora TIC, mantener una deuda con el ente regulador no solo implica un costo financiero sino que acarrea otras consecuencias directas como imposibilidad de participar en licitaciones como las de bandas de frecuencia para 5G o ampliaciones de red; no poder acceder a los programas de financiamiento (ANR) para PyMEs TIC y hasta el riesgo de caducidad de la licencia como en el caso del incumplimiento del aporte al Servicio Universal.
El Gobierno ha mostrado una postura dual ya que por un lado, busca simplificar la carga administrativa para fomentar la inversión, pero por otro, ha digitalizado los sistemas de control para que la detección de morosos sea inmediata.
Millonaria deuda
Las operadoras se encuentran hoy ante la encrucijada de regularizar sus pasivos mediante los nuevos planes de facilidades o enfrentar litigios judiciales que podrían paralizar su operación comercial.
En este sentido y de acuerdo con las auditorías e informes oficiales presentados entre 2024 y 2025 por el Gobierno Nacional y la Auditoría General de la Nación (AGN), la deuda de las operadoras de telecomunicaciones con el ENACOM se divide principalmente en dos conceptos como son los aportes omitidos al Fondo Fiduciario del Servicio Universal y multas por incumplimientos administrativos.
En el primero de los casos, acumula la cifra más significativa y corresponde al 1% de los ingresos devengados que las empresas deben aportar por ley para financiar la conectividad en zonas vulnerables.
El monto total denunciado por el Gobierno por parte de las principales operadoras (principalmente Telecom y Telefónica) supera los $3.000 millones.
Además, un informe de la AGN estimó que existen otros $1.470 millones (más intereses) que el organismo omitió intimar a diversas empresas del sector en periodos anteriores.
Decenas de empresas y cooperativas han sido notificadas recientemente con multas que, en conjunto, se consideran "millonarias", aunque el monto exacto varía según la actualización del valor del pulso y los intereses resarcitorios aplicados.
Nuevo plan de pagos
En este contexto, la intervención del ENACOM (prorrogada mediante el Decreto 938/2025 hasta enero de 2027) tiene como uno de sus objetivos principales regularizar estas deudas y auditar todos los contratos vigentes para asegurar el cumplimiento de los pagos.
Un paso hacia ese objetivo es la publicación de de la Resolución 3/2026 del organismo en el Boletín Oficial de este lunes 19 de enero, en la cual se detalla un nuevo plan de pago de deudas para el sector.
En los considerandos, la norma asegura que "se ha verificado la existencia de obligaciones vencidas, cuya regularización resulta necesaria a fin de permitir a los obligados cancelar sus deudas mediante planes de pago adecuados a la situación emergente".
Hace mención también a que la instrumentación de regímenes de facilidades de pago "constituye una herramienta adecuada para promover la regularización de obligaciones vencidas, incentivar el cumplimiento voluntario por parte de los sujetos obligados, reducir la litigiosidad administrativa y judicial contribuyendo a un ordenado cumplimiento de las obligaciones emergentes del marco normativo".
De hecho, admite la norma que este tipo de regímenes o planes de regularización son preferibles a tener que resolver las deudas por vía judicial "en tanto evita tratamientos desiguales, discrecionalidad excesiva y judicialización innecesaria".
Desarrollo del sector
Es más, las autoridades del ENACOM reconocen que "resulta notoriamente más eficiente y razonable percibir los créditos en cuotas ciertas, previsibles y exigibles, que sostener procesos de cobro prolongados, onerosos y de resultado incierto, cuya tramitación, en algunos casos, se ha extendido en el tiempo sin que pueda garantizarse la recuperación efectiva de los montos".
En el organismo también entienden que transformar esos saldos de difícil o nula cobrabilidad en ingresos efectivos contribuye al desarrollo eficiente del sector de las telecomunicaciones "por el que debe velar la Administración, en tanto que dicho propósito se encuentra expresamente establecido por la normativa vigente".
De hecho, el ENACOM responsabiliza a las anteriores gestiones por la acumulación de un gran número de actuaciones pendientes de finalización, excediendo ampliamente los plazos razonables para resolver trámites y recursos administrativos.
Esta decisión del ENACOM marca un cambio de estrategia en la relación con los prestadores de servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), en un contexto de reordenamiento del sector y prórroga de la intervención del organismo.
La medida busca más que nada aliviar la carga financiera de las empresas (especialmente PyMEs y cooperativas) para que puedan regularizar su situación sin asfixiar su capacidad operativa.
El organismo ha dejado claro que esta medida no implica una quita de deuda, sino una facilidad de pago con el propósito de permitir que el Estado recupere fondos que se encontraban en mora y, a la vez evitar la caducidad de licencias de pequeños y medianos operadores que, debido a la crisis económica o desajustes administrativos, no han podido cumplir con sus obligaciones.
Créditos subsidiados
El plan de facilidades está orientado a los conceptos más críticos de la recaudación del ente como son la Tasa de Control, Fiscalización y Verificación (pago equivalente al 0,50% de los ingresos devengados netos); derechos Radioeléctricos (canon que pagan quienes utilizan el espectro como radios, servicios de VHF, telefonía móvil, etc.), y multas por morosidad derivadas de la falta de presentación de declaraciones juradas.
Según los lineamientos vigentes y las recientes actualizaciones para este 2026, el esquema de cuotas se complementa con el programa de "Créditos a tasa subsidiada" lanzado recientemente junto al Banco Nación.
Mientras que el plan de cuotas sirve para limpiar el pasado (deudas), los nuevos créditos (con tasas bonificadas de hasta el 15%) están destinados al futuro para la expansión de redes de última milla y la modernización de infraestructura.
Para muchas PyMEs TIC, regularizar su deuda mediante este plan de cuotas es el paso obligatorio previo, ya que uno de los requisitos para acceder a los nuevos subsidios y créditos del Fondo del Servicio Universal es no poseer deudas exigibles con el ENACOM.
Oxígeno para las deudas
Para los analistas del sector, esta decisión es una "oxigenación" necesaria en un un mercado donde los precios han comenzado a desregularse (con aumentos autorizados de hasta el 4,5% a principios de 2026).
Es decir, permitir que las operadoras paguen sus deudas en cuotas evita la concentración del mercado e impide que si las pequeñas empresas caen por deudas impositivas, los grandes jugadores terminen absorbiendo sus zonas de influencia, reduciendo la competencia
El Artículo 1° del plan explica el alcance de la medida y asegura que el régimen comprenderá los conceptos adeudados hasta el 31 de diciembre del año pasado.
El Artículo 4° aclara que quedan excluidas del régimen las deudas con proceso de ejecución judicial en trámite, así como las cuotas de planes de pagos vigentes.
Se explican además las modalidades de pago y condiciones que pueden ir desde pago al contado, con una reducción del 60 % sobre los intereses y reducción total de las multas diarias.
Plantea además la modalidad de pago en 12 cuotas, aplicable a obligaciones sin límite de monto, con un desembolso inicial equivalente al 10% de la deuda consolidada y el saldo financiado en 11 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
En este caso, los beneficios son la reducción del 35% sobre los intereses; la quita total de las multas diarias.
En el caso de optarse por el pago en cuotas, las condiciones se aplican para deudas cuyo monto total consolidado no supere los $20 millones; con un pago inicial equivalente al 10% de la deuda consolidada y el saldo financiado en 23 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
Las ventajas de esa opción son la reducción del 35% sobre los intereses y la eliminación de multas diarias.
El interesado deberá manifestar su intención de adherirse al plan de facilidades de pago, exclusivamente por medio del trámite "Solicitud de Planes de Pago".
Una vez que el interesado haya manifestado su intención de adhesión, el ENACOM procederá a notificarle, los conceptos y montos de deuda específicos alcanzados por el régimen.
A efectos de conformar los conceptos y montos de deuda susceptibles de ser incluidos en el régimen, luego el organismo notificará al interesado los documentos necesarios para verificar la deuda, que deberá presentar dentro de los 15 días corridos desde la notificación.
Una vez recibida la documentación, el ENACOM procederá a cursar la notificación definitiva de los conceptos y montos de deuda, iniciándose el plazo para la confirmación de adhesión establecido y el interesado deberá confirmar la adhesión definitiva al plan y optar por una modalidad de pago, en un plazo de cinco días hábiles desde la recepción de la notificación definitiva de los conceptos y montos de deuda.
Recibida la confirmación de adhesión, el ENACOM emitirá el comprobante de pago al contado o inicial conforme la modalidad de pago seleccionada, el cual deberá ser cancelado dentro de los dos días hábiles subsiguientes contados desde su emisión.
Las cuotas vencerán el día 10 de cada mes a partir del mes inmediato siguiente a aquel en el que se cancele el pago inicial, y se abonarán exclusivamente a través del sistema eRecauda, el Banco de la Nación Argentina, la Tesorería de este ENACOM o los medios de pago que esta Autoridad en el futuro disponga.
La caducidad del plan de facilidades de pago operará de pleno derecho y sin necesidad de que medie intervención alguna del ENACOM, si existe falta de pago de dos cuotas, consecutivas o alternadas.
También si se evidencia falta de pago de una cuota, cuando hubiere ocurrido la fecha de vencimiento de la última cuota del plan y si existe una declaración de la apertura de concurso preventivo de la empresa o de quiebra; liquidación de la sociedad obligada.