Caso YPF: las instancias que se abren para el Gobierno y el fondo Burford Capital luego del fallo histórico
Más allá del fallo histórico que se conoció ayer a favor de la Argentina en el juicio iniciado en el 2015 por el fondo Burford Capital por la expropiación de YPF en el Gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, por el cual la Argentina debía pagar un total de u$s18.000 millones, hay que analizar de ahora en adelante cómo seguirá la causa que por ahora no finalizó, porque todavía de acuerdo a los especialistas consultados por iProfesional, falta la sentencia firme.
De acuerdo al análisis del especialista Sebastián Maril, existen dos ejes determinantes que volcaron la balanza jurídica a favor de la Argentina. El primero de ellos establece que el Estatuto de YPF debe ser considerado como un contrato bilateral y no plurilateral, una distinción técnica que altera las obligaciones legales de las partes involucradas.
El segundo punto fundamental que destaca Maril es la jerarquía normativa aplicada al caso. La resolución judicial determinó que la Ley de Expropiación de YPF posee una preeminencia legal por sobre los estatutos de la propia empresa.
"Esta interpretación jurídica resultó vital para invalidar los reclamos de los fondos demandantes, ya que sitúa el accionar del Estado nacional bajo el paraguas de su propia legislación soberana por encima de reglamentos corporativos privados" manifestó Maril.
¿Problemas con la interpretación de la ley?
Un aspecto crítico que señala Maril es que la Cámara de Apelaciones consideró que la jueza Loretta Preska interpretó erróneamente la ley argentina durante el proceso inicial. Este diagnóstico sobre el desempeño de la magistrada neoyorquina fue lo que permitió la Gobierno argentino desarticular la demanda millonaria. Al detectar fallas en la aplicación del derecho local por parte de un tribunal extranjero, la Cámara de Apelaciones sentó un precedente de corrección técnica sobre el expediente.
Pero, pese a este triunfo rotundo para el Gobierno nacional, el proceso judicial no se encuentra totalmente finalizado en los tribunales norteamericanos porque todavía no hay una sentencia firme.
Al respecto Maril aclaró que: "la Corte de Nueva York sigue siendo considerada como el foro apropiado para tratar el litigio". Esto significa que la jurisdicción estadounidense mantiene su competencia sobre la demanda, rechazando cualquier intento previo de trasladar la discusión legal exclusivamente a los tribunales de la Ciudad de Buenos Aires (CABA).
Bajo este marco, el caso ahora vuelve a las manos de la jueza Loretta Preska, pero con una salvedad fundamental: la magistrada recibe instrucciones precisas de las instancias superiores para revisarlo. Tras la anulación de la condena original, la jueza de primera instancia deberá ajustar sus criterios de evaluación a las nuevas directivas emanadas de la Cámara, lo que obliga a una relectura completa de las pruebas y los argumentos presentados por ambas partes.
Cambio de paradigma en el juicio
Este escenario representa un cambio de paradigma en uno de los juicios más costosos de la historia financiera del país. En ese aspecto hay que señalar que se le pagaron unos 5.000 millones de dólares al Grupo Repsol y se gastaron unos 1.000 millones de dólares en estudios de abogados para litigar desde que se conoció la sentencia a favor de Burtford Capital.
Según la visión de Maril expresada a través de sus redes sociales, la corrección sobre cómo se entiende el estatuto social de la petrolera y la primacía de la ley nacional fueron las piezas de este rompecabezas jurídico. La Argentina logra así ganar tiempo y espacio legal en un conflicto que parecía sentenciado de forma irreversible.
A través de un mensaje en cadena ofcial, el presidente Javier Milei destacó que "hoy la decisión de la Justicia de los Estados Unidos de anular la condena contra la República Argentina en el marco del juicio por la expropiación de YPF, lo que implica evitar un pago estimado en 18.000 millones de dólares".
Por su parte. el fondo litigante Burford Capital en un comunicado emitido ayer en Nueva York explicó que: "el fallo por YPF es muy decepcionante" y aclaró que analiza llevar el caso a la Corte Suprema de EEUU y al Centro Internacional de Arreglo de Diferencia de Inversiones (CIADI) que depende del Banco Mundial.
"La decisión del Segundo Circuito es, sin duda, muy decepcionante y representa un notable abandono de los derechos de los accionistas minoritarios de la Bolsa de Nueva York" manifestó aire el CEO de la empresa Christopher Bogart.
El comunicado del fondo inglés explicita que va a pedir una revisión al pleno de Cámara de Apelaciones, lo que técnicamente se conoce como "en Banco", aunque aclaró que "rara vez concede tales solicitudes".
El agrega que: "tras la decisión del Segundo Circuito sobre la petición en pleno, suponiendo que los demandantes busquen tal recurso, considerarán pasos adicionales, incluyendo si solicitar una revisión adicional ante la Corte Suprema de los Estados Unidos.
Impacto financiero del juicio
Con respecto al impacto financiero, la acción cayó ayer un 40 % en Wall Street desde Butford Capital dicen que lo analizarán al detalle y que dará más datos en su informe del primer trimestre.
"La política de valoración de Burford exige una amortización parcial de activos tras una pérdida intermedia en apelación, y esperaríamos que tal amortización no monetaria ocurra aquí, aunque aún no hemos determinado su magnitud e incluiremos esos detalles como parte de nuestro informe del primer bimestre.
Hay que destacar que Burford Capital compró en 2015 la deuda de dos empresas del Grupo Petersen de la familia Ezqunazy a la que el Gobierno de Cristina Fernández de Kirchner le permitió en el 2008 quedarse con el 25 % de las acciones de YPF sin invertir un solo dólar ya que obligó a la española Respsol a darle esa porción de acciones al Grupo Petersen con la amenaza de expropiar la empresa algo que finalmente se concretó en abril del 2012 por una idea del entonces viceministro de Economía Axel Kicillof quien a su vez era vice director de la empresa y del ministro de Planificación Federal Julio De Vido.
En tanto que la empresa YPF en un comunicado emitido ayer destaca que: "en relación con los procedimientos iniciados por Petersen Energía Inversora S.A.U., Petersen Energía S.A.U., Eton Park Capital Management, L.P., Eton Park Master Fund, LTD. y Eton Park Fund, L.P. los demandantes contra la República Argentina e YPF S.A el 27 de marzo de 2026 el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Segundo Circuito confirmó la sentencia del 15 de septiembre de 2023 del Tribunal del Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York a favor de YPF y la desestimación de todos los reclamos de los Demandantes contra YPF.
El comunicado describe además que: el Tribunal de Apelaciones revocó la sentencia del Tribunal de Distrito contra la República sobre la base de que el reclamo contractual de los Demandantes no es admisible conforme al derecho argentino, y dejó sin efecto la orden del Tribunal de Distrito relativa a la transferencia de las acciones de YPF en poder de la República. Los Demandantes podrían intentar impugnar esta decisión de conformidad con las reglas procesales aplicables.
Al final el comunicado describe que: "en caso ese caso, YPF continuará defendiéndose de acuerdo con los procedimientos legales aplicables y las defensas disponibles".
Para entender el fallo histórico que logró el Gobierno de Javier Milei en relación al juicio con sentencia favorable al fondo Butford Capital que obligaba al Gobierno a pagar a valores de hoy unos 18.000 millones de dólares hay remitirse al fallo de la Cámara de Apelaciones de Nueva York (NY) del 18 de marzo pasado que concedió el pedido de la defensa argentina y suspendió el discovery hasta que resuelviera la apelación argentina contra la sentencia de fondo de la jueza Preska.
La suspensión alcanzaba también:
- A la moción de desacato impulsada por Burford
- Dejaba sin efecto la audiencia convocada por Preska para tratar los supuestos incumplimientos de Argentina en materia de discovery y sus posibles sanciones.
Más sobre el fallo
Con este fallo el Gobierno logró poner fin, a los interminables y desproporcionados pedidos de información del fondo Burford Capital, cuyo objetivo, a esta altura, parecía ser el hostigamiento de a nuestro país, más que la búsqueda de activos embargables (spoiler alert: no los hay porque virtualmente todos están amparados por nomas de inmunidad soberana, incluyendo el propio Foreign Sovereign Immunities Act de EEUU).
Algo que es fácil de comprobar cuando se advierte que la Argentina entregó miles de documentos en los dos años transcurridos desde la sentencia y Burford no ha intentado ningún embargo, ni planteado formalmente que algún organismo o empresa estas es un alter ego del Estado nacional.
Hay que recordar que luego de conocerse el fallo de Cámara de Apelaciones de Nueva York, que benefició a Argentina al suspender todas las demandas hasta que se defina la cuestión de fondo en la demanda por la expropiación de YPF, el Gobierno celebró la media y aseguró que se trata de un "hito histórico que no tiene precedentes".
El comunicado expresaba que: "por primera vez desde que se inició el juicio por YPF, la estrategia jurídica tiene rigor técnico y responsabilidad institucional en todas las instancias que demanda este proceso".
El comunicado además destacaba que: "la decisión representa un hito histórico en la defensa de la República Argentina en un litigio que, durante más de doce años, ha significado un enorme costo económico, jurídico Ñ reputacional para el país y la resolución refleja también el reconocimiento por parte de la justicia de los Estados Unidos de los sólidos fundamentos que sustentan la posición argentina".
El mismo detalla "el trabajo mancomunado de María Ibarzabal (la Secretaria Legal y Técnica), Sebastián Amerio (Procurador del Tesoro), Juan Stampalija (Subprocurador) y del Canciller, Pablo Quirno.
En el final expresa que: "el país retomará con firmeza el pleno ejercicio de su derecho a la defensa, desplegando todas las herramientas jurídicas disponibles para proteger sus derechos soberanos y los intereses de sus ciudadanos"
Al respecto hay que destacar que se trata de 5 apelaciones simultáneas. Cuatro de ellas, hace dos semanas las consolidaron bajo el mismo panel de jueces. La apelación primaria, sigue con otro panel y está fue la primer señal de que la Corte de Apelaciones buscaba simplificar el proceso judicial.
Apelaciones
Además todas las apelaciones excepto la primaria, son periféricas o secundarias y todas dependen de la primaria y el panel de jueces de las apelaciones secundarias, las suspendió (no canceló) a la espera que la primaria salga. Es decir, no hay necesidad que las apelaciones secundarias salgan antes que la primaria".
En ese momento según el especialista Sebastián Maril lo que podía decidir la Cámara tenía tres grandes ejes: que digan que Preska se equivocó por completo en la forma de juzgar el caso (gana Argentina), que hizo todo bien (pierde Argentina) y que hay cuestiones que reconsiderar, como por ejemplo dónde se hace el fallo o que hay que recalcular el monto. En ese caso Argentina también celebrará, más allá de que la causa seguirá adelante.
Antes de lo ocurrido el 18 de marzo en la primera acción que encaró como nuevo Procurador del Tesoro, el ex secretario de Justicia Sebastián Amerio, solicitó a través de una presentacion ante la Cámara de Apelaciones de Nueva York la paralización de la etapa de exhibición y producción de documentos conocida como discovery, del requerimiento de aplicación de sanciones y de la audiencia probatoria fijada para los días 21 al 23 de abril de 2026 y recordando que el pasado 26 de febrero, el Departamento de Justicia de EEUU ya había presentado un escrito en respaldo de la posición argentina.
Esa presentación del Gobierno argentino es lo que lo que generó que el 18 de marzo pasado el Departamento de Justicia de los Estados Unidos presentara un Memorándum ante la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York en respaldo de la moción de emergencia interpuesta por Argentina para suspender el proceso de discovery post sentencia en el caso YPF.
Para entender de qué se trataba y porque favoreció a nuestro país hay que señalar que en en su presentación, el Departamento de Justicia sostuvo que: el discovery en curso resultaba excesivamente intrusivo y contrario a los principios de cortesía internacional y reciprocidad.