REVENTA ILEGAL

Ahora habrá que demostrar el origen de celulares usados en la Ciudad y el Gobierno podrá clausurar locales

Se reglamentó el nuevo régimen porteño que alcanza a locales y services y dispone controles sobre cada teléfono, cruces de datos y zonas bajo vigilancia
Por Andrés Sanguinetti
NEGOCIOS - 18 de Agosto, 2026

Un comercio de la Ciudad de Buenos Aires puede recibir un celular usado para venderlo o repararlo, pero antes de incorporarlo al stock o incluso aceptarlo en el service deberá identificar el equipo, registrar su IMEI y contar con documentación que permita demostrar de dónde salió.

Ahora la Ciudad exigirá demostrar el origen de los celulares usados

Si aparece denunciado, bloqueado o relacionado con un delito, tendrá que frenar la operación y si no puede justificar su procedencia, el aparato podrá ser secuestrado.

Con esa lógica, el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires acaba de lanzar un nuevo cerco sobre el negocio que existe detrás de los celulares robados.

Se trata de un delito que no termina cuando un teléfono desaparece de un bolsillo sino que continúa cuando alguien consigue revenderlo, repararlo, utilizar sus componentes o devolverlo de alguna manera al mercado.

El Decreto 295/26, firmado por Jorge Macri y publicado este martes 18 de agosto en el Boletín Oficial de la Ciudad, reglamentó la Ley 6.009 y transforma el control de teléfonos usados en un sistema permanente de trazabilidad.

La medida alcanza a personas y empresas que comercialicen, intermedien o reparen celulares usados, sus partes y repuestos, además de quedar comprendidos quienes lo hagan como negocio secundario, complementario o accesorio.

La norma tampoco se limita al típico local de telefonía ya que incluye sucursales, talleres, depósitos, oficinas, puntos operativos y cualquier establecimiento utilizado para recibir, guardar, exhibir, reparar o entregar estos bienes.

A partir de ahora, la inscripción en el nuevo registro será indispensable para trabajar legalmente.

Cada establecimiento deberá anotarse por separado, pero la habilitación comercial no alcanzará por sí sola y los datos tendrán que revalidarse anualmente.

El Gobierno busca evitar la reventa ilegal y prepara una transformación profunda

El decreto también contempla que cada aparato deberá tener una historia que pueda reconstruirse por lo cual obliga a registrar "de manera individual, completa y oportuna cada aparato" y fija como uno de sus objetivos "prevenir la comercialización y reparación de bienes de origen ilícito".

Las consecuencias de esta legislación se relacionan con un delito que se mantiene en el ámbito porteño al punto que solamente durante el 2025 se registraron 99.710 robos y hurtos, contra 131.163 durante 2024.

Si bien la caída fue del 24%, todavía equivale a un promedio de 8.309 hechos por mes.

Dentro de ese universo, el gobierno que lidera Jorge Macri identifica especialmente a los teléfonos celulares por su "elevado valor de reventa" y por la existencia de "circuitos informales de comercialización" capaces de absorberlos.

La estrategia apunta precisamente a esa segunda etapa teniendo en cuenta que un teléfono bloqueado no necesariamente pierde todo su valor económico.

Aunque su IMEI quede inhabilitado para funcionar normalmente sobre las redes móviles, componentes como pantalla, cámara y otras piezas pueden conservar utilidad para reparaciones.

Por eso la reglamentación incorpora expresamente partes y repuestos al sistema de trazabilidad con la intención de evitar que cerrar la posibilidad de vender un celular completo simplemente traslade el negocio hacia su desarme.

El IMEI, una de las llaves del sistema

Cada aparato que ingrese al circuito deberá quedar individualizado y la información podrá incluir IMEI, número de serie, marca, modelo, características, estado, signos particulares, origen, modalidad y fecha de adquisición o recepción.

También podrán exigirse los datos de las personas que participaron de la operación, documentación que respalde la legítima tenencia y la procedencia de las piezas utilizadas.

Para los services existe una exigencia especialmente importante ya que el registro deberá hacerse antes de recibir el teléfono para repararlo, mientras que en los comercios deberá realizarse antes de incorporarlo al stock.

Una vez vendido, reparado, devuelto, transferido o dado de baja, el movimiento tendrá que asentarse inmediatamente.

Además, la Agencia Gubernamental de Control (AGC), deberá establecer mecanismos que permitan conocer con precisión la fecha y hora de cada registro, modificación y consulta.

La consecuencia práctica es que ante una inspección ya no debería alcanzar con tener decenas de celulares detrás del mostrador: deberá existir información que explique cómo llegó cada uno hasta allí.

Si el celular aparece denunciado, la operación deberá detenerse

El sistema no dependerá únicamente de la documentación presentada por el comerciante teniendo en cuenta que la AGC podrá instrumentar mecanismos de cooperación, consulta e interoperabilidad con ENACOM, las compañías de telefonía móvil y otros organismos públicos o privados.

Si al realizar una consulta aparece que el aparato está "denunciado, bloqueado o vinculado con un hecho ilícito", el establecimiento deberá abstenerse de continuar la operación.

También tendrá que preservar el equipo y la información disponible y comunicar la situación a las autoridades.

La misma obligación existirá cuando se detecten identificadores adulterados o eliminados o inconsistencias graves sobre la procedencia.

Así, el control se desplaza hacia el momento anterior a que el celular vuelva al mercado.

Una ley que ya existía y que ahora recibe controles más duros

El intento del gobierno porteño de seguir la ruta de los celulares usados se remonta a la sanción de la Ley 6.009 en 2018 que ya establecía la obligación de registrar equipos, partes, repuestos y operaciones, además de conservar documentación que permitiera acreditar su origen.

La Ciudad incluso realizó secuestros y clausuras bajo aquel régimen por lo cual la novedad del Decreto 295/26 no consiste simplemente en crear otro registro.

Ocho años después, el gobierno integra aquel sistema con habilitaciones comerciales, información policial, antecedentes infraccionales, análisis territorial del delito, cruces de bases de datos, renovación anual y controles diferenciados según la ubicación del establecimiento.

El endurecimiento deja además en evidencia la existencia de una obligación de registración desde 2018 que no alcanzó por sí misma para eliminar los circuitos ilegales.

De hecho, los últimos operativos permiten observar cómo puede funcionar esa cadena si, por ejemplo, se recuerda que en mayo pasado, una investigación iniciada por el robo de un celular durante un recital en el Movistar Arena condujo a la Policía de la Ciudad hasta una galería comercial de Villa Celina, en La Matanza.

Fueron allanados ocho locales vinculados con venta y reparación y se recuperaron 49 celulares robados en territorio porteño.

Hubo seis detenidos y también fueron secuestradas herramientas y máquinas utilizadas para trabajar sobre los aparatos y en ese operativo, el ENACOM intervino en la verificación de dispositivos.

Un recorrido que resulta significativo

Un teléfono puede desaparecer dentro de la Capital Federal y terminar fuera de sus límites incorporado a un circuito dedicado precisamente a comercializar o reparar equipos.

De hecho, en otros procedimientos realizados durante este 2026 también fueron clausurados comercios relacionados con telefonía y aparecieron dispositivos presuntamente robados en varias zonas de la provincia de Buenos Aires.

El objetivo ahora es que el control deje de depender solamente de operativos puntuales y pase a formar parte de la actividad cotidiana de los establecimientos.

Por otra parte, el nuevo Registro de Actividades de Comercialización y Reparación de Aparatos Electrónicos Usados de Telefonía Celular se convertirá en una condición para iniciar y mantener el negocio.

La autorización económica y la inscripción serán requisitos diferentes y simultáneos ya que el decreto establece expresamente que "la ausencia de cualquiera de ellos impide el ejercicio lícito de la actividad alcanzada".

Cada local declarar también domicilio, responsables operativos, datos de contacto y actividad y la AGC contrastará esa información con registros oficiales y podrá observar una solicitud cuando encuentre inconsistencias que impidan verificar al titular, la dirección o la habilitación.

Por otra parte, el decreto obliga a una empresa con varias sucursales a individualizar cada una ya que no podrá utilizar una única inscripción para operar desde domicilios diferentes.

El registro deberá renovarse anualmente y si vence sin que el comercio complete la revalidación, la actividad no podrá continuar hasta regularizarse al punto que después de 30 días sin renovación, la AGC podrá dar de baja la inscripción.

También podrá suspenderla ante inconsistencias sustanciales, clausuras, inhabilitaciones u órdenes administrativas o judiciales incompatibles con la continuidad del establecimiento.

La baja podrá producirse además por falsedad documental, pérdida de la autorización comercial o incumplimientos que no hayan sido corregidos.

Durante una suspensión o después de la baja, el negocio no podrá recibir, adquirir, ofrecer, vender ni reparar nuevos celulares, partes o repuestos.

Sólo podrá realizar las operaciones indispensables para conservar y devolver los bienes que ya tenía en su poder.

El mapa del delito definirá dónde la presión será mayor

La reglamentación de la norma también incorpora una herramienta que permitirá aplicar diferentes niveles de control según el territorio.

El Ministerio de Seguridad deberá suministrar información a la AGC para detectar áreas donde exista mayor incidencia de hechos vinculados con la comercialización o reparación ilegal de celulares.

Podrán utilizarse mapas de calor, estadísticas delictivas, análisis georreferenciados, denuncias, investigaciones, secuestros, recuperos de equipos y resultados de operativos.

A partir de esos datos podrán crearse las denominadas Zonas de Intervención Prioritaria que no necesariamente abarquen barrios enteros sino que podrán ser polígonos, corredores comerciales, centros de trasbordo o áreas donde exista concentración de establecimientos.

En este sentido, el decreto no menciona Once, Flores, Liniers, Constitución ni ninguna otra zona específica, por lo que no puede afirmarse todavía cuáles serán los primeros objetivos.

Cada perímetro deberá establecerse mediante un acto administrativo que informe sus límites, los indicadores considerados, las razones de la intervención y su duración.

Límites de stock y horario en zonas sensibles

Dentro de esas áreas la Ciudad podrá avanzar mucho más y los establecimientos podrán quedar sujetos a procedimientos reforzados de inscripción, documentación e identificación de aparatos.

También podrán exigirse datos adicionales sobre las personas relacionadas con la administración, dirección, representación, gestión, control o funcionamiento del comercio.

Habrá verificaciones especiales sobre los establecimientos, las operaciones y los teléfonos existentes.

Del mismo modo, la AGC podrá establecer condiciones sobre los horarios de funcionamiento y también limitar "las cantidades recibidas, almacenadas o destinadas a comercialización".

En otras palabras, un comercio situado dentro de una zona considerada problemática podría tener restricciones sobre cuánto stock puede recibir o almacenar y bajo qué horarios puede funcionar.

Otro establecimiento del mismo rubro ubicado fuera de ese perímetro podría no estar sometido a esas exigencias adicionales.

El decreto aclara que las restricciones no empiezan a aplicarse ahora sino que tendrán que ser establecidas posteriormente, justificadas por indicadores objetivos y ser temporales y proporcionales.

Los negocios preexistentes también deberán recibir un plazo razonable para adaptarse.

Un QR para controlar al comercio desde la vereda

El nuevo esquema incorpora además al consumidor teniendo en cuenta que la AGC podrá crear un código QR único para cada establecimiento registrado y exigir que sea colocado en un lugar visible desde el exterior.

Cualquier persona podrá escanearlo y consultar online y en tiempo real si la inscripción del negocio se encuentra vigente, aunque el QR no garantizará que todos los celulares ofrecidos dentro del local sean legítimos ni tampoco reemplazará la habilitación comercial.

Su función será permitir saber rápidamente si el establecimiento está incorporado al sistema oficial.

La plataforma creada por el decreto oficial tendrá además un módulo separado para particulares que podrán incorporar voluntariamente sus datos y los identificadores de su celular para facilitar su individualización si posteriormente el aparato aparece secuestrado o recuperado.

La carga no reemplazará una denuncia policial ni demostrará automáticamente que quien ingresó los datos es propietario sino que funcionará como una herramienta complementaria para facilitar una eventual restitución.

Otra de los atributos que el decreto le permite a la AGC es el de poder retirar equipos, partes o repuestos cuando no estén registrados, no pueda demostrarse su legítima adquisición o tenencia o se haya incorporado información falsa.

Los bienes deberán ser identificados, inventariados y quedar bajo custodia y luego se publicará información para intentar encontrar a sus propietarios.

El período de resguardo será de al menos 60 días corridos desde su publicación en el Boletín Oficial y durante ese plazo, quien demuestre la titularidad o legítima tenencia podrá solicitar la devolución.

Si nadie acredita derechos sobre el aparato, la Ciudad podrá disponer su descontaminación y compactación, donarlo a una entidad de bien público o asignarlo a otro destino público.

Las sanciones pueden terminar con el comercio clausurado

La Ley 6.009 ya había incorporado castigos específicos al Régimen de Faltas pero ahora tener aparatos o componentes sin registrar o realizar operaciones por fuera del sistema puede derivar en multas de 1.000 a 4.000 unidades fijas, decomiso y clausura.

Cuando no se pueda demostrar la legítima adquisición o tenencia, la escala asciende a 1.500 a 4.500 UF, también con decomiso y clausura.

El supuesto más grave es incorporar información falsa: 2.000 a 5.000 UF, además del decomiso, clausura y posibilidad de inhabilitación.

El decreto agrega otra consecuencia cuando la irregularidad supera el terreno administrativo ya que si durante una inspección aparecen hechos que puedan constituir un delito, la autoridad deberá preservar las pruebas y comunicar inmediatamente la situación al Ministerio Público Fiscal o a la Justicia.

La Policía podrá verificar que un local clausurado siga cerrado

El régimen también intenta evitar que las sanciones queden encerradas dentro de un expediente.

En este sentido, la AGC, Seguridad y la Dirección General Administración de Infracciones deberán compartir información sobre sanciones firmes, reincidencias, clausuras, inhabilitaciones y levantamientos de medidas.

Cuando exista una clausura preventiva, una clausura temporal o una inhabilitación del titular, Administración de Infracciones deberá informar inmediatamente a Seguridad.

La Policía de la Ciudad podrá entonces verificar que la medida efectivamente se cumpla y ese intercambio también alimentará la planificación de futuras inspecciones.

El desafío de separar al negocio ilegal del mercado formal

El endurecimiento de las normas contra el robo de celulares llega a un mercado donde no todo equipo usado tiene procedencia dudosa.

Conviven pequeños services, comercios especializados, empresas que reciben teléfonos mediante planes canje, vendedores de reacondicionados, plataformas digitales y negocios que compran aparatos legítimos para volver a comercializarlos.

Por eso, la trazabilidad puede favorecer a quienes ya trabajan con documentación, factura y procedimientos formales porque eleva el costo de competir con dispositivos cuyo origen nadie puede explicar.

Pero también agrega obligaciones porque los pequeños services deberán registrar previamente cada aparato, conservar documentación y mantener actualizada su inscripción.

Y aquellos que queden dentro de futuras zonas prioritarias podrán enfrentar inspecciones y exigencias adicionales.

En el caso del plazo de adecuación al nuevo escenario, la AGC deberá dictar primero las normas complementarias y operativas que definan procedimientos de inscripción, documentación, mecanismos de validación y funcionamiento práctico del sistema.

Recién cuando esas disposiciones entren en vigencia comenzarán a correr los 30 días corridos otorgados a quienes actualmente comercializan o reparan celulares usados para inscribirse o revalidar sus datos.

Esa reglamentación pendiente terminará de definir cómo funcionará en la práctica el nuevo sistema.

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