• 24/8/2026
ALERTA

La Ciudad le pone un freno a la creación de nuevos trámites para empresas

Los organismos porteños deberán justificar cada nueva exigencia y calcular hasta ingresos que una compañía deje de generar mientras espera autorización
24/08/2026 - 15:45hs
Una persona frente a una computadora realizando un trámite

Puntos importantes

Checkbox Checked El Gobierno porteño impuso un filtro obligatorio para nuevas regulaciones que afecten actividades económicas, exigiendo justificar cada norma y trámite.
Checkbox Checked Cada organismo deberá aplicar el Standard Cost Model para medir el impacto financiero, incluyendo costos de oportunidad y tiempos de espera estatal.
Checkbox Checked La norma busca reducir la carga burocrática obligando a evaluar alternativas antes de crear exigencias que demanden inversión o tiempo a empresas.

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires estableció un nuevo filtro obligatorio para la creación o modificación de trámites y obligaciones que impacten sobre las actividades económicas.

A partir de ahora, antes de avanzar con una regulación, cada organismo deberá justificar por qué resulta necesaria, analizar si existe una alternativa menos costosa y calcular cuánto dinero y tiempo demandará su cumplimiento a las empresas alcanzadas.

El cambio fue establecido mediante la Resolución 59/SSIN/26 de la Subsecretaría de Inversiones,fechada el 19 de agosto y publicada este lunes 24 en el Boletín Oficial porteño.

El procedimiento alcanza a la administración centralizada y a los organismos descentralizados y establece seis etapas de evaluación previas a la aprobación de actos administrativos que creen o modifiquen obligaciones o trámites.

La principal novedad que surge de analizar la norma está en la manera en que deberá medirse el impacto económico.

El organismo que pretenda incorporar una exigencia tendrá que ponerle un costo y computar no sólo tasas y gastos administrativos, sino también documentación, honorarios profesionales, seguros, capacitaciones, eventuales reformas de instalaciones, inspecciones y el tiempo durante el cual una empresa no pueda operar porque está cumpliendo requisitos o esperando una respuesta del propio Estado.

La metodología se basa en el Standard Cost Model (SCM), utilizado para medir cargas administrativas y citado por el Gobierno porteño a partir de documentos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

La demora del Estado también tendrá un costo

Uno de los puntos centrales del nuevo mecanismo es que la Ciudad incorpora expresamente el denominado "costo de oportunidad" de una regulación.

Así se explica en el Anexo III de la norma, en donde se establece que deberá calcularse cuánto valor económico deja de generar una empresa durante el período en que no puede operar porque necesita cumplir previamente con una exigencia estatal.

"Frenar la actividad con exigencias burocráticas conlleva un costo para la economía que debe ser tenido en cuenta", sostiene el documento que, para ser determinado, el organismo deberá estimar el valor agregado anual de una empresa representativa del sector, dividirlo por 365 y multiplicar el resultado por los días de inactividad.

Pero la cantidad de días no dependerá únicamente de cuánto tarde la compañía en cumplir con los requisitos ya que también se computará el tiempo que demora la administración pública en responder.

El período podrá incluir la preparación de documentación, contratación de profesionales, certificaciones ante escribanos y contratación de servicios, pero también los días transcurridos entre la presentación del trámite y su aprobación.

El propio documento plantea como ejemplo una empresa que dispone de la infraestructura necesaria y continúa pagando el alquiler de un local y los salarios de sus empleados, pero todavía no puede comenzar a operar porque espera una autorización oficial.

Cuando no sea posible determinar directamente el valor agregado, podrán utilizarse las declaraciones de IVA de una muestra representativa de compañías.

Otra alternativa prevista es tomar el 50% de la facturación promedio de empresas del mismo rubro.

Desde un formulario hasta una reforma del local

En ese sentido, la cuenta deberá incorporar prácticamente todos los gastos adicionales originados por una nueva regulación ya que los costos directos comprenden tarifas administrativas, tasas, impuestos y timbrados, además de los costos necesarios para cumplir con la exigencia.

Para calcular cuánto representa completar documentación, por ejemplo, habrá que determinar las horas que demanda la tarea, multiplicarlas por el salario horario de la persona que la realiza y considerar la frecuencia anual con que deberá repetirse.

Como referencia salarial, la metodología establece el básico correspondiente a un Administrativo A del convenio colectivo de Empleados de Comercio, sin antigüedad, y una jornada mensual de 176 horas.

También deberán computarse los documentos adicionales exigidos y los honorarios de abogados, contadores, arquitectos, maestros mayores de obra u otros profesionales cuando la nueva regulación obligue a contratar sus servicios.

El cálculo alcanza además a las exigencias físicas que pueda imponer una norma haciendo referencia a la compra de materiales, obras y refacciones, contratación de personal, revestimientos, aislaciones acústicas, colocación de materiales incombustibles, tercerización de servicios, capacitación de empleados y seguros.

Si la regulación incorpora un régimen propio de inspecciones, también habrá que medir el tiempo que el personal de la compañía deberá destinar a atender a los inspectores y entregarles la información requerida.

Cómo deberá ser calculado el impacto de la norma

Una vez obtenido el costo para una empresa representativa, el organismo deberá calcular el "Costo Agregado", es decir, proyectar el impacto sobre la totalidad de los sujetos obligados.

Para eso deberá estimar cuántas compañías tendrán que adecuarse inmediatamente a la nueva regulación y cuántas quedarán alcanzadas cada año hasta que llegue el momento de realizar la evaluación posterior.

Cuando los requisitos no tengan el mismo impacto para todos, podrán separarse los cálculos por pequeñas, medianas y grandes empresas o por diferentes rubros.

El resultado deberá permitir conocer cuánto cuesta cumplir la regulación para una empresa y cuál será su impacto económico agregado sobre todo el universo alcanzado.

La norma también obliga a que los costos se tengan que anualizar y que sólo puedan ser atribuidos a exigencias creadas por la nueva regulación mientras que las obligaciones que ya existían deberán quedar afuera de la cuenta.

El costo económico, como parte del examen

La nueva reglamentación también explica que el área que impulse una regulación deberá presentar el proyecto de norma, un flujograma del procedimiento, identificar la legislación que modifica o complementa, estimar la cantidad de personas o empresas afectadas y precisar los sectores económicos alcanzados.

Además, la matriz de evaluación exige identificar la necesidad o el riesgo que justifica la intervención estatal, cuantificar el daño que existiría sin ella mediante datos actuales y fuentes verificables y explicar por qué las normas y mecanismos disponibles no resultan suficientes.

Del mismo modo, el organismo tendrá que comprobar que no existe una regulación local, provincial o nacional que persiga el mismo objetivo o, si existe, explicar por qué la nueva medida no supone una superposición.

Otro de los filtros establecidos en la normativa apunta directamente a evitar que las tareas administrativas sean trasladadas automáticamente al sector privado.

La matriz plantea como una cuestión "determinante" si el objetivo buscado puede conseguirse mediante una acción o verificación realizada exclusivamente por la administración sin imponer una carga al administrado.

En este sentido, se establece un criterio explícito al afirmarse que "si la única razón para cargar al solicitante es facilitar la tarea del organismo, la carga no debe existir".

Por eso, antes de crear una obligación habrá que analizar otras alternativas entre las cuales aparecen la fiscalización directa por parte del Estado, el intercambio de información entre organismos, incentivos económicos, difusión de información, acuerdos sectoriales, mecanismos de autorregulación y mejoras de gestión dentro de la propia repartición.

El criterio usado ahora profundiza una política que la Ciudad había establecido en 2025 con el Decreto 332/25, que determinó que las áreas gubernamentales no pueden pedirles a los ciudadanos información emitida por otras dependencias, salvo las excepciones previstas legalmente, y ordenó interconectar los sistemas cuando sea necesario para resolver un trámite.

Consulta previa con los sectores alcanzados

Las empresas y organizaciones afectadas deberán ser tenidas en cuenta por el organismo para documentar las consultas realizadas, identificar quiénes participaron, cuándo se efectuaron y qué mecanismo fue utilizado.

La matriz exige además informar qué propuestas de los privados fueron incorporadas y cuáles rechazadas, con una justificación para estas últimas.

Cuando la propuesta implique crear o modificar específicamente un trámite, deberá superar un examen adicional para determinar si ese procedimiento realmente necesita existir y sólo después se analizará su diseño.

Entre otros puntos, la Ciudad evaluará si puede realizarse completamente por medios digitales y si contiene instancias presenciales, deberán justificarse.

También se analizará si la información puede presentarse mediante una declaración jurada con firma electrónica.

Cuando se exija documentación respaldatoria, el organismo deberá identificar cada documento y explicar por qué no resulta suficiente la declaración del interesado.

La intervención obligatoria de profesionales matriculados también será objeto del examen y si resulta indispensable, se analizará si el registro profesional es abierto, si el interesado puede gestionar personalmente el trámite y si se exige legalización o encomienda colegial.

La matriz también contempla la resolución automática y obliga a fundamentar aquellos casos en los que sea necesaria la intervención de una autoridad.

Otro punto importante que surge de la nueva norma es que deberán fijarse plazos por etapa y que se evaluará la aplicación del silencio administrativo positivo cuando corresponda.

Un examen con 100 puntos y pisos obligatorios

La Dirección General de Simplificación Normativa, dependiente de la Subsecretaría de Inversiones del Ministerio de Desarrollo Económico, será la encargada de evaluar las regulaciones dirigidas al sector productivo.

Tendrá 10 días administrativos para realizar el análisis técnico y si inicialmente detecta documentación faltante, errores materiales o defectos formales, el expediente será devuelto y el organismo impulsor contará con cinco días administrativos para subsanarlos.

La matriz tiene una calificación máxima de 100 puntos, pero además establece pisos para cada uno de sus principales bloques.

Por caso, la motivación y necesidad deberá alcanzar al menos el 60% del puntaje disponible; el análisis de alternativas, 70%; la proporcionalidad, 60%; y el seguimiento posterior, 50%.

Pero cuando exista un trámite, la justificación de su propia existencia deberá superar un piso del 70% y sólo entonces se analizará su calidad, que deberá conseguir al menos el 60%.

La evaluación podrá terminar con cuatro resultados: aprobado, observado, rechazado o "rechazado automático" cuando no se alcance alguno de los pisos mínimos.

El nuevo mecanismo tiene, sin embargo, una limitación importante porque las recomendaciones que realice el organismo evaluador no serán vinculantes, aunque cuando una propuesta consiga un nivel alto de cumplimiento se recomendará continuar con su tramitación.

Si alcanza un resultado medio, se pedirán adecuaciones y ante un nivel bajo se recomendará una reformulación integral porque no se habrán acreditado suficientemente la necesidad, razonabilidad o proporcionalidad de la medida.

Una política que la Ciudad profundiza desde 2025

La Resolución 59/SSIN/26 no parte de cero si se recuerda que en febrero pasado, el Decreto 55/26 convirtió en obligatorias para la administración centralizada y descentralizada las "Buenas Prácticas para la Regulación, Simplificación y Mejora de las Actividades y de los Procedimientos Administrativos".

Además, encargó al Ministerio de Desarrollo Económico y a la Jefatura de Gabinete establecer las normas operativas para implementar el análisis de calidad regulatoria.

Esa norma, a su vez, tomó como antecedente el Decreto 332/25 sobre interoperabilidad y eliminación de pedidos de información que ya se encuentre en poder del Gobierno.

En el caso del sistema de control sobre las regulaciones económicas. tampoco es completamente nuevo y ya en el 2021, la Resolución 149/SSDECO/21 había aprobado un mecanismo para evaluar nuevas normas que afectaran el desarrollo de actividades económicas, sobre la base de lineamientos que se remontaban a 2018.

La diferencia es que la Resolución 59 deja sin efecto aquel régimen y establece ahora una matriz detallada de puntajes, pisos mínimos, evaluación de alternativas, digitalización, revisión posterior y una metodología específica para cuantificar el costo económico de las nuevas exigencias.

Eliminar trámites tendrá un camino más corto

El nuevo esquema establece finalmente un tratamiento diferente para las normas que reduzcan burocracia.

Cuando una propuesta tenga como único objetivo eliminar una obligación, carga administrativa o trámite, quedará exceptuada del procedimiento completo.

El organismo deberá comunicar el proyecto al área competente, pero no atravesará las seis etapas de evaluación.

Con el nuevo procedimiento, el costo de una regulación deja así de limitarse a una tasa o al precio de presentar documentación.

Antes de sumar una exigencia sobre una actividad económica, el organismo deberá estimar también las horas de trabajo utilizadas para cumplirla, los profesionales que haya que contratar, las inversiones necesarias y hasta los ingresos que una empresa puede dejar de generar mientras espera que el propio Estado termine de tramitarla.

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