A ocho años de la quiebra, la Justicia prepara el pago a los acreedores de Gimo’s
Puntos importantes
A ocho años de haber decretado la quiebra de Gimo’s S.A., la histórica empresa argentina de indumentaria infantil, la Justicia inició el procedimiento que permitirá pagar a los acreedores reconocidos en el expediente.
Por lo menos así surge de analizar un fallo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N.º 4 que informó que el 4 de septiembre pasado fue presentado el proyecto de distribución de los fondos obtenidos durante la liquidación.
El documento constituye el paso previo al reparto del dinero porque todavía debe identificar los recursos disponibles, descontar los gastos del proceso y calcular cuánto le corresponde a cada acreedor según el monto y la categoría de su crédito.
La medida llega después de un recorrido iniciado en febrero de 2014 cuando Gimo’s se presentó en concurso preventivo de acreedores, consiguió un acuerdo para reorganizar sus obligaciones y terminó en quiebra cuatro años más tarde por incumplir aquel compromiso.
Desde entonces, la causa atravesó una continuidad transitoria de la explotación, la venta de activos y la resolución de reclamos.
La presentación del proceso abre ahora la instancia de control previa a los pagos.
El origen de Gimo"s en la indumentaria infantil argentina
Gimo’s comenzó a operar en 1994 como unacompañía de capitales nacionales dedicada al diseño, la confección y la comercialización de indumentaria para bebés y niños de hasta 12 años.
La sociedad había sido constituida formalmente el 25 de noviembre de 1993 y quedó identificada con el CUIT 30-66171788-9, con su actividad principal registrada para la confección de prendas de vestir.
Gimo’s ofrecía ropa, accesorios y calzado infantil y su estructura reunía las áreas de diseño, moldería, producción, administración y comercialización, además de que combinaba locales exclusivos, franquicias y comercios multimarca.
En sus momentos de esplendor llegó a tener presencia en más de 200 puntos de venta y la exportación de diseños y prendas hacia otros mercados latinoamericanos.
Los registros societarios históricos identifican a Eduardo Rafael Tarrab y Gabriel Tomás Giménez como integrantes de su conducción.
Entre sus principales competidores se encontraban Mimo & Co y Cheeky, dos marcas también argentinas orientadas al mismo público de bebés y chicos.
En el caso de Mimo & Co y Cheeky, habían alcanzado una escala mayor mediante redes de locales y franquicias dentro y fuera de la Argentina, mientras que Gimo’s sostenía su lugar en ese segmento mediante colecciones propias y una oferta que abarcaba desde el nacimiento hasta los 12 años.
Si bien la empresa se encuentra en quiebra, el nombre comercial permanece actualmente en uso y el sitio de venta de Gimos presenta su propuesta como "Gimos by Rockerito" y comercializa prendas infantiles desde una oficina ubicada en el barrio porteño de Floresta.
Cómo fue el concurso preventivo de Gimo"s en 2014
Las dificultades financieras llevaron a Gimo’s a solicitar el concurso preventivo el 11 de febrero de 2014.
El procedimiento concentró los reclamos ante un mismo tribunal y abrió una negociación colectiva con los acreedores.
El entonces titular del Juzgado Comercial N.º 4, Héctor Hugo Vitale, dispuso la apertura del concurso el 11 de marzo de 2014 y la sindicatura quedó a cargo del estudio Bermúdez, Dell’Alí y Molina.
La resolución fijó el 3 de junio de ese año como fecha límite para que los acreedores con obligaciones anteriores a la presentación solicitaran la verificación de sus créditos.
Ese procedimiento debía determinar quiénes podían participar del concurso, qué importes correspondía reconocer y qué prioridad tenía cada acreencia.
La compañía consiguió alcanzar un acuerdo preventivo con sus acreedores, entendimiento que reemplazó las condiciones originales de las obligaciones comprendidas en el concurso por un programa de pagos y evitó inicialmente la liquidación.
La quiebra de Gimo"s y las causas de su cierre definitivo
Sin embargo ese proceso de reorganización fracasó cuando Gimo’s incumplió el acuerdo preventivo.
Esa fue la causa judicial que determinó el paso desde la negociación de las deudas hacia la liquidación de los activos.
El artículo 63 de la Ley 24.522 dispone que el juez debe declarar la quiebra cuando el deudor incumple el acuerdo alcanzado con sus acreedores.
En aplicación de ese régimen, el Juzgado Comercial N.º 4 decretó la quiebra de Gimo’s el 22 de febrero de 2018, cuatro años después del comienzo del concurso.
El edicto mantuvo como sindicatura al estudio Bermúdez, Dell’Alí y Molina, le ordenó a la empresa entregar sus bienes y dispuso que los terceros que tuvieran activos pertenecientes a Gimo’s los pusieran a disposición del funcionario concursal.
A partir de la quiebra, la sindicatura pasó a identificar y conservar los bienes, administrar los recursos y preparar su venta para atender los créditos admitidos.
Explotación bajo control
Sin embargo, la declaración de quiebra no produjo una interrupción inmediata de toda la operación y dentro de la causa se abrió un incidente denominado "autorización para continuar la explotación".
Ese procedimiento permitió sostener transitoriamente parte de la actividad bajo control judicial mientras se organizaba la liquidación.
La finalidad de esta decisión judicial fue preservar el valor de los bienes y evitar que una paralización inmediata afectara el patrimonio destinado a responder frente a los acreedores.
Paralelamente, continuaron las actuaciones necesarias para definir el pasivo y, en febrero de 2022, la Cámara Comercial intervino en un incidente de verificación de crédito promovido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
La resolución de esos reclamos debía determinar quiénes participarían de la futura distribución, los importes reconocidos y el orden de prioridad aplicable.
Activos convertidos en fondos
Una parte de la liquidación quedó documentada en abril de 2019, cuando el Juzgado Comercial N.º 4 ordenó subastar cuatro vehículos de Gimo’s.
Las cuatro ventas sumaban $495.000 de 2019 y el dinero obtenido quedó bajo administración judicial mientras avanzaban las verificaciones, la determinación de los gastos y las demás actuaciones necesarias para elaborar la distribución.
Ahora, la sindicatura presentó el proyecto de distribución y, según el edicto difundido el pasado 14 de septiembre, los interesados disponen de 10 días desde la última publicación para formular oposiciones.
Los cuestionamientos pueden alcanzar los importes calculados, los créditos incluidos, los privilegios reconocidos, las reservas constituidas o los gastos descontados.
Antes del reparto se deducen los gastos de conservación y justicia, incluidos los honorarios regulados por el tribunal y los fondos restantes se asignan a los acreedores de acuerdo con las prioridades establecidas por la legislación concursal.
Una vez aprobado el proyecto, el artículo 221 habilita el pago del dividendo correspondiente a cada acreedor, importe que dependerá del valor reconocido a su crédito, la categoría asignada y los fondos disponibles después de descontar los gastos del proceso.