La motosierra de Milei cambia el financiamiento de las obras en barrios populares
El Gobierno nacional decidió revisar la continuidad de los proyectos pendientes y buscará que provincias y municipios asuman el costo de terminarlos
El gobierno del presidente Javier Milei cambió el esquema para definir el esquema de financiación de las obras que permanecen en ejecución dentro del régimen de integración de barrios populares.
La nueva regla establece que, antes de mantener la asistencia nacional, deberá evaluarse si las provincias, municipios u otros entes ejecutores pueden terminar los proyectos con recursos propios.
La medida fue establecida por la Secretaría de Obras Públicas mediante la Resolución 209/2026, que aprobó un Plan de Acción obligatorio para revisar los contratos financiados a través del Fondo de Integración Socio Urbana (FISU).
El alcance va desde proyectos de agua, cloacas y electricidad hasta calles, lotes con servicios y equipamiento comunitario.
Algunos de esos proyectos habían recibido más de la mitad de los recursos previstos cuando quedaron detenidos o suspendidos, según información oficial remitida al Congreso.
El nuevo procedimiento busca ahora definir el destino de cada contrato por separado.
Obra pública: las provincias pasan a primera línea
La primera distinción será entre las obras que presentan incumplimientos y aquellas cuyos contratos se encuentran en condiciones de continuar.
Cuando el ente ejecutor o contratista esté cumpliendo sus obligaciones, o haya corregido las irregularidades detectadas, Obras Públicas deberá analizar la posibilidad de que la provincia, municipio u otro organismo ejecutor se haga cargo del financiamiento necesario para terminar los trabajos sin asistencia del Estado nacional.
Si la jurisdicción acepta y dispone de recursos, podrá asumir la continuidad pero cuando rechace esa posibilidad o carezca de capacidad financiera, el Gobierno deberá determinar de manera "restrictiva y fundada" si corresponde mantener el contrato con financiamiento nacional.
En ese sentido, la resolución fija tres elementos centrales para tomar esa decisión: el grado de avance de la obra, el interés público comprometido y los costos y recursos disponibles para completarla.
Además, se aclara que el mecanismo se aplicará caso por caso ya que la norma establece primero la evaluación del financiamiento local y mantiene como segunda instancia el análisis de una eventual continuidad con recursos nacionales.
Recuperar recursos ante incumplimientos
El procedimiento será diferente para los contratos donde se hayan detectado incumplimientos del ente ejecutor o contratista.
En esos casos, las autoridades deberán verificar las medidas adoptadas para corregirlos y disponer las acciones necesarias cuando todavía permanezcan pendientes.
El Plan de Acción contempla además la recuperación de los fondos correspondientes y la posibilidad de resolver el convenio por responsabilidad del ejecutor o contratista.
Después de una eventual rescisión, Nación deberá comunicar la situación a la provincia, municipio u otro ente involucrado para evaluar si puede asumir la ejecución con financiamiento propio.
Si las irregularidades son corregidas, la obra ingresará nuevamente al circuito general: primero se analizará la posibilidad de financiamiento local y, si esa opción resulta inviable, se evaluará la continuidad con recursos nacionales bajo los criterios establecidos por la resolución.
Obras que quedaron a mitad de camino
La revisión alcanza un universo de obras en el que ya existían proyectos detenidos o suspendidos después de haber recibido una parte significativa de los fondos.
Una fotografía oficial de esa situación aparece en el Informe 143 que la Jefatura de Gabinete presentó al Senado, con datos aportados por la Subsecretaría de Integración Socio Urbana que corresponden a junio de 2025.
En San Fernando del Valle de Catamarca, una obra de infraestructura figuraba como detenida con 67,79% de avance financiero.
En el mismo municipio, otro proyecto destinado a lotes con servicios estaba también detenido y registraba 51,13% de avance financiero.
En Valle Viejo, una obra de conexiones intradomiciliarias e infraestructura permanecía suspendida después de alcanzar un 66,38% de avance financiero.
Un programa para 1.300 barrios
Estos dos ejemplos forman parte de una serie de contratos pendientes vinculados a una política pública que alcanzó una escala considerable antes de que comenzara su revisión.
Los registros oficiales acumulados contabilizan 1.386 proyectos de integración en 1.329 barrios populares, con 1.383.108 personas alcanzadas.
Las intervenciones incluyeron 74.299 accesos a agua, 37.196 a cloacas, 56.756 a electricidad y 8.535 a gas.
También se registraron 4.916.755 metros cuadrados de calles, 777.715 metros de redes de agua, 541.844 metros de redes cloacales, 492.935 metros de redes eléctricas, además de 24.742 lotes con servicios y 1.498 viviendas destinadas a relocalizaciones.
Un balance oficial de la gestión 2022-2023 había registrado 466 obras iniciadas y 184 finalizadas, además de 383 proyectos conveniados en 433 barrios.
La ejecución de estas obras estaba descentralizada, teniendo en cuenta que provincias, municipios, cooperativas de servicios y organizaciones sociales podían actuar como unidades ejecutoras de los proyectos financiados por el FISU que fue creado en 2019 para financiar las acciones previstas por la Ley 27.453 destinadas a la integración socio urbana de los barrios incluidos en el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP).
Entre 2021 y 2023 registró una ejecución presupuestaria nominal acumulada de $271.184 millones: $17.828 millones en 2021, $74.074 millones en 2022 y $179.282 millones en 2023.
Uno de los cambios relevantes comenzó en febrero de 2024 con los recursos provenientes del impuesto PAIS.
La legislación destinaba específicamente el equivalente al 30% de la recaudación del impuesto a determinados fines, que era equivalente al 9% de la recaudación total del tributo.
El Decreto 193/2024 modificó esa distribución interna y la participación del FISU dentro de aquella asignación específica pasó del 30% al 1%, mientras la destinada a obras de infraestructura económica aumentó del 65% al 94% y turismo conservó el 5%.
El impuesto PAIS expiró posteriormente, con lo que esa fuente dejó de integrar el esquema.
Los contratos quedaron bajo auditoría
La siguiente etapa llegó con la revisión integral de los fideicomisos públicos a partir de un trabajo que realizó la Sindicatura General de la Nación cuyo resultado quedó incorporado en los fundamentos de la propia Resolución 209/2026.
Entre sus observaciones señaló una "generalizada falta de cumplimiento" de los plazos previstos para ejecutar las obras y problemas en la planificación de los tiempos que habían generado costos adicionales y administrativos.
También detectó atrasos en rendiciones de cuentas, incumplimientos contractuales y falta de comunicación al fiduciario de proyectos de pliegos y actos administrativos vinculados con contrataciones.
La auditoría avanzó además sobre las condiciones de algunos terrenos utilizados para los proyectos en donde aparecen adquisiciones de inmuebles cercanos a basurales, con efectos contaminantes sobre agua, aire y suelo, y proyectos aprobados sin la debida tasación de las propiedades.
La SIGEN también observó adjudicaciones de determinadas obras a cooperativas que no habían acreditado fehacientemente antecedentes de especialidad e idoneidad exigidos por las instrucciones operativas.
De la disolución al freno judicial
Después de esa revisión, el Poder Ejecutivo dispuso el 7 de mayo de 2025 la disolución del FISU mediante el Decreto 312/2025 y estableció el procedimiento para su liquidación.
El proceso quedó atravesado pocas semanas después por una decisión judicial y el 23 de mayo de 2025, el Juzgado Federal de Pehuajó dictó una medida cautelar interina que suspendió los efectos de los artículos 1°, 4°, 5° y 8° del decreto.
El 9 de junio hizo lugar a una medida cautelar y mantuvo suspendidos esos artículos y la liquidación de la totalidad del patrimonio del FISU.
La intervención judicial estaba relacionada con una decisión anterior, del 15 de noviembre de 2024, que había ordenado al Estado elaborar un plan de acción destinado a procurar la continuidad de la política pública de integración socio urbana de los barrios registrados en el RENABAP.
Mientras avanzaba esa causa, el Ministerio de Economía informó al Congreso en junio de 2025 que los proyectos estaban bajo análisis para determinar su priorización, suspensión, continuidad, cancelación o traspaso a provincias y municipios.
Ese proceso de revisión es el antecedente inmediato del mecanismo que Obras Públicas formalizó ahora mediante la Resolución 209/2026.
Un inventario para decidir obra por obra
Antes de aprobar el nuevo Plan de Acción, la Dirección Nacional de Desarrollo Urbano realizó un relevamiento de todas las obras que permanecían en curso de ejecución.
El resultado quedó incorporado a la Nota NO-2026-75059407-APN-SSISU#MEC, mencionada expresamente en los fundamentos de la Resolución 209/2026.
Para cada contrato, ese documento identifica el objeto de la obra y los fondos afectados, el ente ejecutor, el estado de avance, los eventuales incumplimientos y las medidas adoptadas o previstas para corregirlos.
La Resolución 209/2026 también derogó la norma que regulaba la integración del Comité Ejecutivo del FISU, debido a que sus funciones fueron asumidas por la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía dentro de la reorganización de los fideicomisos públicos.
La Subsecretaría de Obras y Servicios quedó facultada para dictar las normas complementarias necesarias para aplicar el nuevo Plan de Acción.