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El Gobierno ordenó requisitos y montos de facturación para clasificar a las Pyme

Así lo dispuso mediante la Resolución 340-E/2017 de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa            
15/08/2017 - 13:47hs

La Secretaría de Emprendedores de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente del Ministerio de Producción, mediante la Resolución 340-E/2017 actualizó los parámetros para la definición de micro, pequeña y mediana empresa. 

La modificación se enmarca en las facultades que otorga la Ley 27.624, "que en su Artículo 32,establece que la Autoridad de Aplicación revisará anualmente la definición de micro, pequeña y mediana empresa, a fin de actualizar los parámetros y especificidades contempladas en la definición adoptada.

Los nuevos valores son los que figuran en el cuadro: 

La resolución, que lleva la firma de Mariano Mayer (Secretario de Emprendedores y Pymes) comenzará a regir a partir de mañana. 

Registro MiPyMESMediante la resolución 38-E/2017 se creó el Registro de Empresas MiPyMES  que a partir del 1 de marzo pasado comenzó su aplicación.

El registro está destinado a empresas que deseen o necesiten acreditar la condición de Micro, Pequeña o Mediana Empresa; y emitir el certificado de acreditación correspondiente (Certificado MiPyME).

Las empresas que tramiten la inscripción, deberán descargar el Certificado MiPyME a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) o a través de la página web de la AFIP ingresando con clave fiscal y adhiriendo al servicio interactivo "Trámites a Distancia" ubicado dentro de Ministerio de Modernización.

También se deberá descargar el Certificado MiPyME a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) o a través de la página web de la AFIP ingresando al servicio interactivo "Trámites a Distancia".

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